El Espectador conoció el fallo de 215 páginas con el que la Procuraduría acaba de sancionar, en primera instancia, a 16 funcionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por haber abusado de su poder en dos inspecciones hechas en marzo de 2024 a las instalaciones de la Registraduría y de la Cancillería. Según se lee en el documento, dentro de las faltas cometidas por los funcionarios, está que realizaron, sin permiso ni órdenes que se los permitieran, copias “espejo” de información sensible de las entidades.
Según se lee en el documento conocido por este diario, estos 16 funcionarios habrían accedido y extraído arbitrariamente información sensible de equipos institucionales, así como de dispositivos móviles personales de algunos funcionarios de las dos entidades. Por eso, el ente de control revisaba si en las inspecciones hubo irregularidades, “incluida la posible falta de competencia para adelantar actuación administrativa y visita a la Registraduría Nacional del Estado Civil y vulneración al debido proceso, intimidad, reserva judicial, como también una extralimitación de funciones, abuso de poder y coacción a los funcionarios”.
Estas inspecciones se hicieron en el marco de la investigación de la SIC por presuntas prácticas restrictivas de la competencia a favor de la firma Thomas Greg & Sons, que era la encargada de la fabricación de pasaportes colombianos. Sin embargo, se lee en el fallo de primera instancia, en las visitas realizadas entre el 12 y el 21 de marzo de 2024 los funcionarios de la SIC extrajeron información como “el Censo Electoral de los colombianos, historiales clínicos y situación judicial de nacionales colombianos en el exterior, datos sensible y de carácter personal, así como data privada de aquellos, a lo cual se dijo que se afectaron derechos fundamentales”.
Asimismo, se resalta uno a uno el nombre de los funcionarios y las acciones que llevaron a cabo y por las cuales se les sanciona. Por ejemplo, está Francisco Melo Rodríguez, superintendente delegado para la Protección de la Competencia. Él dirigió las visitas de inspección administrativa a la Registraduría y al Ministerio de Relaciones Exteriores y el ente de control estableció que “la conducta desarrollada en las visitas ha comprometido el respeto y protección de los derechos fundamentales de los servidores públicos, así como se ha podido poner en peligro la confidencialidad y guarda del Censo Electoral, y de información institucional que nada tenía que ver con el objeto de la actuación administrativa en virtud de la cual se dirigieron las mencionadas visitas. Asimismo, su conducta involucro la intervención de tercero a través de la comisión desplegada”.
Por otra parte, está Mario Alejandro Franco Vanegas, coordinador del Grupo de Trabajo Élite contra Colusiones de la SIC, quien supervisó, orientó y coordinó las actividades del personal comisionado en las visitas, permitiendo que se solicitara y extrajera información ajena a la investigación". También están Martha Liliana Fandiño Vergara y Yolanda Hernández Alonso, quienes participaron de las visitas y de la extracción de la información de los dispositivos móviles de cada funcionario de las entidades. Sobre todos ellos se determinó que incurrieron en faltas gravísimas a título de dolo, es decir, con conocimiento de las irregularidades de sus acciones.
Lo miso ocurrió con los contratistas que estuvieron en los equipos que hicieron las inspecciones, estas personas son: Mercy Lorena Agamez Rodríguez, Daniela Alvarado Guzmán, Rober Alexis Núñez Barrios, Jessica Juliana Ortega Velandia, Daniel Leonardo Muñoz Manrique, José Miguel Moreno Reina, María José Montejo Pino, Diana Carolina Gómez Ortiz, Juan Pablo Martínez Cortés, Douglas Fernando Moreno Mape, Nohemí Rodríguez Pombo y Karen Vanessa Angulo Sogamoso.
Dentro de esta sanción de primera instancia, el Ministerio Público consideró que los funcionarios que fueron encontrados responsables de estos hechos deben ser suspendidos del cargo e inhabilitados para ocupar cargos públicos. Sin embargo, ninguno se mantiene en el cargo que ostentaba en ese entonces, por lo cual el ente de control convirtió las sanciones en multas. A Melo Rodríguez, por ejemplo, lo sancionó por 12 meses, pero convirtió la sanción en una multa de COP 131 millones.
A Franco Vanegas, lo sancionó con nueve meses y pasó a cobrarle una multa de COP 37 millones. A Fandiño Vergara y a Hernández Alonso las suspendió e inhabilitó también por nueve meses y les impuso multas de COP 38 millones y COP 62 millones, respectivamente.
Finalmente, para los 12 contratistas la sanción fue una multa de 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes al año 2024, que son COP 19 millones y, simultáneamente, fueron inhabilitados para contratar con el Estado por cinco años.
Aun así, el Ministerio Público señaló que contra "la presente procede el recurso de apelación ante la Sala Ordinaria Disciplinaria de Juzgamiento de la Procuraduría General de la Nación, que deberá interponerse y sustentarse dentro de los 10 días siguientes a la notificación de esta decisión".
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