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Santiago Uribe pide cumplir su condena por “Los 12 Apóstoles” en batallón en Antioquia

La defensa del hermano del expresidente Álvaro Uribe le solicitó al Tribunal Superior de Antioquia que no lo envíe a una prisión, sino al Batallón Juan del Corral, en Rionegro. Esto se sabe.

Redacción Judicial

10 de junio de 2026 - 10:50 a. m.
La defensa del hermano del expresidente Álvaro Uribe le solicitó al Tribunal Superior de Antioquia que no lo envíe a una prisión, sino al Batallón Juan del Corral, en Rionegro.
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El expresidente Álvaro Uribe Vélez aseguró que su hermano menor, el ganadero Santiago Uribe Vélez, se entregó en la tarde del pasado 9 de junio a una comisaría de policía para cumplir con su condena de 28 años y tres meses de prisión por haber formado parte y haber liderado el grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles”. Ese mismo día, la defensa del condenado ganadero presentó al Tribunal Superior de Antioquia una solicitud para que el hermano del exjefe de Estado no cumpla la pena en una cárcel, sino en un batallón en Antioquia.

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Aunque el Inpec no ha confirmado que Santiago Uribe esté bajo su custodia aún, el expresidente Uribe ha dicho en dos trinos que su hermano se entregó. Además, en un documento enviado al Tribunal, con fecha del pasado 9 de junio, se lee que su abogado, el penalista Jaime Granados, solicitó “que el cumplimiento de la condena se materialice en el Batallón Juan del Corral o en un lugar especial del departamento de Antioquia para garantizar su situación de seguridad y arraigo familiar”.

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Sin embargo, el Tribunal le respondió al abogado y señaló que es el Inpec el competente para determinar el sitio de reclusión que tendrá el ganadero, condenado por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. En el documento, esa instancia también recordó que a Santiago Uribe se le “negó la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria".

Así lo confirmó el pasado 3 de junio la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que revisó la decisión adoptada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá. El alto tribunal concluyó que no hubo errores al valorar las pruebas, incluidos los testimonios que se recopilaron a lo largo del expediente que señalaban al hermano del expresidente como el líder del grupo paramilitar. De hecho, encontraron que fue acertada la determinación: que Santiago Uribe Vélez estuvo detrás de “Los 12 Apóstoles”, estructura que operó en el norte de Antioquia en la década de los años 90.

n la sentencia de 605 páginas se lee que los hechos endilgados a Santiago Uribe eran “ultrajes especialmente lesivos de la dignidad humana que degradan de forma grave los más caros intereses del ser humano” y que formaban parte de “eventos sistemáticos y generalizados”. Asimismo, la Corte dijo que los hechos “se enmarcaron en el ataque sistemático y generalizado contra la población civil del norte del departamento de Antioquia”.

Por otra parte, el alto tribunal rechazó la teoría de que cada testimonio debió analizarse por separado y no en conjunto, como lo hizo en segunda instancia el Tribunal. De hecho la Sala Penal de la Corte dijo que el Tribunal Superior de Antioquia corrigió un error en el que había caído el juzgado de primera instancia que hizo un análisis “parcial y fragmentado” para “magnificar supuestas contradicciones internas y detalles accesorios”. La Corte sostuvo que la verdad en contextos de macrocriminalidad se halla evaluando todo en conjunto y no de manera aislada.

“El Tribunal acertó cuando entendió que aislar a los testigos para restarles mérito uno a uno, es un error, pues la valoración conjunta permitió que adquieran una mayor fuerza decisiva”, dijo la Corte. También, que “exigir exactitud milimétrica entre testimonios es irrazonable”. Por la misma línea, encontró que en segunda instancia quedó probado que Santiago Uribe no solo era miembro, sino líder y financiador de “Los 12 Apóstoles”.

Después de confirmarse la condena, la defensa del ganadero presentó el pasado 5 de junio un recurso extraordinario de casación para que se revisara una vez más la decisión, pero el alto tribunal lo rechazó por declararlo improcedente. En solo un par de horas, el alto tribunal revisó ese recurso y lo negó por medio de una decisión de 16 páginas en la que explicó que las sentencias emitidas por esa corporación, “a excepción de aquellas que contengan una primera decisión condenatoria, no son susceptibles de ningún recurso, ordinario o extraordinario”.

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También señaló que el fallo de esta semana fue emitido por la Corte al ejercer su función como tribunal de cierre y garantizando el derecho a la doble conformidad de Santiago Uribe, “dando así por concluida toda discusión procesal que, en el marco de esa actuación jurisdiccional, se hubiera podido presentar”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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