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                                                                                                                              Tres claves para entender por qué es importante lo que se decidirá sobre la Ruta del Sol 2

                                                                                                                              Este martes se conocerá el laudo arbitral que dará la pauta para liquidar el contrato que el Estado firmó con Odebrecht, Episol (de Corficolombiana) y CSS Constructores. Se trata de una decisión crucial para la jurisprudencia y el futuro de la infraestructura en el país.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              El martes 6 de agosto, el país conocerá una decisión que marcará un precedente judicial en Colombia y definirá el futuro de la infraestructura y la inversión financiera en otros proyectos nacionales. Se trata del laudo que, se espera, leerán tres árbitros de la Cámara de Comercio de Bogotá que fueron elegidos para encabezar el tribunal de arbitramento entre el Estado colombiano y la Concesionaria Ruta del Sol hace ya más de dos años. El contenido de ese documento se convertirá en la hoja de ruta para que las autoridades y el consorcio resuelvan, por fin, cómo se debe liquidar el contrato que se firmó en 2010 para la construcción de la Ruta del Sol 2.

                                                                                                                              Se trata de una determinación que afectará a uno de los proyectos viales más importantes del país: la Ruta del Sol, con la que se pretende recortar la ruta del centro del país a la región Caribe; pero también ocurre en el marco de uno de los escándalos de corrupción más graves que haya vivido el país: el de Odebrecht (socio mayoritario de la concesionaria) y el pago de sobornos a funcionarios públicos para quedarse con millonarios contratos. Ambas circunstancias convierten esta decisión judicial en la piedra angular para el futuro de todos los procesos penales, disciplinarios, administrativos y fiscales relacionados con este controversial tema.

                                                                                                                              ::Cuenta regresiva para saber quién pagará las deudas de la Ruta del Sol 2::

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En el ámbito jurídico

                                                                                                                              La decisión de los árbitros Catalina Hoyos, Carlos Mauricio González y Jorge Enrique Ibáñez es, para muchos abogados, un hito en la jurisprudencia colombiana. Los tres escucharon durante el proceso a todo tipo de peritos, informes periciales, testigos y diferentes posiciones frente a cuál es el monto real que el Estado debe pagarles a los constructores por las obras realizadas por la Concesionaria Ruta del Sol, compuesta por Odebrecht y Episol (de Corficolombiana y perteneciente al Grupo Aval), y CSS Consultores. Para una de las partes, quienes construyeron el 52 % de las obras que fueron entregadas a la nación deben recibir el monto que invirtieron en ese tramo de carreteras.

                                                                                                                              De acuerdo con otros expertos, al monto de las obras construidas se debe agregar la cifra de las deudas que adquirió la concesionaria para construir la vía. Sin embargo, el problema es más complicado. El lío en este caso es que, como ya lo demostraron la Fiscalía y varios funcionarios condenados por este caso, Odebrecht pagó sobornos para quedarse con este contrato y esto, a la luz del Código Civil, sería la causal perfecta para que el Estado no tenga que pagar ni un peso por las obras hechas, ni por las deudas, ni por nada. La razón: como se cometieron delitos para quedarse con el contrato, la ley dice que éste nunca existió. Es decir, no hay nada que pagar.

                                                                                                                              El tribunal tiene otras dos opciones. Una es aplicar la Ley 80, según la cual el Estado tiene que pagar a los contratistas por las obras realizadas y entregadas, pero no por sobrecostos ni por otras deudas. Y la segunda es recurrir a la Ley 1882 de 2018, bajo la cual se paga por las construcciones hechas y se les da especial protección a los terceros de buena fe, pues si la concesionaria no tiene el dinero suficiente para responder por las deudas, el Estado tendría la obligación de hacerlo. Los tres caminos fueron estudiados por los árbitros y la decisión que tomen definirá un criterio de interpretación al que nunca antes en el país se había recurrido.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Los terceros de buena fe

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Desde que arrancaron este pleito y el escándalo de corrupción, mucho se ha hablado de los terceros de buena fe. No solo de los constructores que firmaron contratos para prestar servicios de alimentación, transporte, venta de material y otros, sino también de los bancos que prestaron el dinero para las obras. La Procuraduría calcula que la deuda con las entidades financieras se aproxima a los $1,2 billones y, según su criterio, bajo ninguna circunstancia el Estado puede responder por ese pago, pues el riesgo de la inversión es únicamente de los bancos. En este caso son siete: Itaú, Bancolombia, Davivienda, Banco de Occidente, Banco de Bogotá, Banco Popular y Banco AV Villas.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Más allá de la responsabilidad del Estado de asumir esta carga, este caso tiene un ingrediente adicional: cuatro de los siete bancos que prestaron el dinero pertenecen al Grupo Aval, el mismo al que pertenece Corficolombiana, y su expresidente, José Elías Melo, fue condenado este año pues conocía del pago de coimas de Odebrecht, dijo la justicia. Abogados que han seguido de cerca el caso aseguran que, hasta ahora, ninguna instancia judicial ha dicho sin rodeos que las entidades financieras son terceros de buena fe. Delegados del Grupo Aval han insistido en que nunca supieron de los hechos de corrupción y que cuando sospecharon de actuaciones ilegales, lo resolvieron directamente con Odebrecht.

                                                                                                                              ::“Corficolombiana no ha recibido un solo peso por la Ruta del Sol 2”::

                                                                                                                              Futuro de la infraestructura

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Desde hace varios años, la financiación de los grandes proyectos de infraestructura en el país se ha hecho a través de concesiones y los bancos han jugado un papel fundamental, pues son ellos los que han puesto el dinero para las obras. La decisión del tribunal es crucial para el futuro de estas inversiones: determinaría quién debe responder por las deudas que se adquirieron al apoyar económicamente al proyecto, si el Estado o la concesionaria. En buena medida, lo que diga este laudo será la base para que el sistema financiero siga prestando dinero para obras del Estado o si, por el contrario, considera que no existe la suficiente seguridad jurídica para hacerlo y solo invertiría en lo seguro.

                                                                                                                              Tal situación pondría en aprietos a la nación, pues hasta hoy no existe una alternativa diferente a la financiación de los proyectos a través de los préstamos bancarios. Con el laudo listo para su lectura, las partes y el país están preparados para conocerlo y entender las repercusiones de esta esperada decisión.

                                                                                                                              El martes 6 de agosto, el país conocerá una decisión que marcará un precedente judicial en Colombia y definirá el futuro de la infraestructura y la inversión financiera en otros proyectos nacionales. Se trata del laudo que, se espera, leerán tres árbitros de la Cámara de Comercio de Bogotá que fueron elegidos para encabezar el tribunal de arbitramento entre el Estado colombiano y la Concesionaria Ruta del Sol hace ya más de dos años. El contenido de ese documento se convertirá en la hoja de ruta para que las autoridades y el consorcio resuelvan, por fin, cómo se debe liquidar el contrato que se firmó en 2010 para la construcción de la Ruta del Sol 2.

                                                                                                                              Se trata de una determinación que afectará a uno de los proyectos viales más importantes del país: la Ruta del Sol, con la que se pretende recortar la ruta del centro del país a la región Caribe; pero también ocurre en el marco de uno de los escándalos de corrupción más graves que haya vivido el país: el de Odebrecht (socio mayoritario de la concesionaria) y el pago de sobornos a funcionarios públicos para quedarse con millonarios contratos. Ambas circunstancias convierten esta decisión judicial en la piedra angular para el futuro de todos los procesos penales, disciplinarios, administrativos y fiscales relacionados con este controversial tema.

                                                                                                                              ::Cuenta regresiva para saber quién pagará las deudas de la Ruta del Sol 2::

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En el ámbito jurídico

                                                                                                                              La decisión de los árbitros Catalina Hoyos, Carlos Mauricio González y Jorge Enrique Ibáñez es, para muchos abogados, un hito en la jurisprudencia colombiana. Los tres escucharon durante el proceso a todo tipo de peritos, informes periciales, testigos y diferentes posiciones frente a cuál es el monto real que el Estado debe pagarles a los constructores por las obras realizadas por la Concesionaria Ruta del Sol, compuesta por Odebrecht y Episol (de Corficolombiana y perteneciente al Grupo Aval), y CSS Consultores. Para una de las partes, quienes construyeron el 52 % de las obras que fueron entregadas a la nación deben recibir el monto que invirtieron en ese tramo de carreteras.

                                                                                                                              De acuerdo con otros expertos, al monto de las obras construidas se debe agregar la cifra de las deudas que adquirió la concesionaria para construir la vía. Sin embargo, el problema es más complicado. El lío en este caso es que, como ya lo demostraron la Fiscalía y varios funcionarios condenados por este caso, Odebrecht pagó sobornos para quedarse con este contrato y esto, a la luz del Código Civil, sería la causal perfecta para que el Estado no tenga que pagar ni un peso por las obras hechas, ni por las deudas, ni por nada. La razón: como se cometieron delitos para quedarse con el contrato, la ley dice que éste nunca existió. Es decir, no hay nada que pagar.

                                                                                                                              El tribunal tiene otras dos opciones. Una es aplicar la Ley 80, según la cual el Estado tiene que pagar a los contratistas por las obras realizadas y entregadas, pero no por sobrecostos ni por otras deudas. Y la segunda es recurrir a la Ley 1882 de 2018, bajo la cual se paga por las construcciones hechas y se les da especial protección a los terceros de buena fe, pues si la concesionaria no tiene el dinero suficiente para responder por las deudas, el Estado tendría la obligación de hacerlo. Los tres caminos fueron estudiados por los árbitros y la decisión que tomen definirá un criterio de interpretación al que nunca antes en el país se había recurrido.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Los terceros de buena fe

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Desde que arrancaron este pleito y el escándalo de corrupción, mucho se ha hablado de los terceros de buena fe. No solo de los constructores que firmaron contratos para prestar servicios de alimentación, transporte, venta de material y otros, sino también de los bancos que prestaron el dinero para las obras. La Procuraduría calcula que la deuda con las entidades financieras se aproxima a los $1,2 billones y, según su criterio, bajo ninguna circunstancia el Estado puede responder por ese pago, pues el riesgo de la inversión es únicamente de los bancos. En este caso son siete: Itaú, Bancolombia, Davivienda, Banco de Occidente, Banco de Bogotá, Banco Popular y Banco AV Villas.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Más allá de la responsabilidad del Estado de asumir esta carga, este caso tiene un ingrediente adicional: cuatro de los siete bancos que prestaron el dinero pertenecen al Grupo Aval, el mismo al que pertenece Corficolombiana, y su expresidente, José Elías Melo, fue condenado este año pues conocía del pago de coimas de Odebrecht, dijo la justicia. Abogados que han seguido de cerca el caso aseguran que, hasta ahora, ninguna instancia judicial ha dicho sin rodeos que las entidades financieras son terceros de buena fe. Delegados del Grupo Aval han insistido en que nunca supieron de los hechos de corrupción y que cuando sospecharon de actuaciones ilegales, lo resolvieron directamente con Odebrecht.

                                                                                                                              ::“Corficolombiana no ha recibido un solo peso por la Ruta del Sol 2”::

                                                                                                                              Futuro de la infraestructura

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Desde hace varios años, la financiación de los grandes proyectos de infraestructura en el país se ha hecho a través de concesiones y los bancos han jugado un papel fundamental, pues son ellos los que han puesto el dinero para las obras. La decisión del tribunal es crucial para el futuro de estas inversiones: determinaría quién debe responder por las deudas que se adquirieron al apoyar económicamente al proyecto, si el Estado o la concesionaria. En buena medida, lo que diga este laudo será la base para que el sistema financiero siga prestando dinero para obras del Estado o si, por el contrario, considera que no existe la suficiente seguridad jurídica para hacerlo y solo invertiría en lo seguro.

                                                                                                                              Tal situación pondría en aprietos a la nación, pues hasta hoy no existe una alternativa diferente a la financiación de los proyectos a través de los préstamos bancarios. Con el laudo listo para su lectura, las partes y el país están preparados para conocerlo y entender las repercusiones de esta esperada decisión.

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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