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La justicia volvió a negar la decisión de la Fiscalía que pedía cerrar la investigación por el homicidio de Jorge Enrique Pizano, excontroller de la Ruta del Sol 2. Esta vez, la decisión la tomó el Tribunal Superior de Cundinamarca, luego de estudiar una solicitud de la familia del ingeniero que pidió no cerrar el caso por falta de investigación, entre otras cosas.
Pizano se desempeñó como una especie de controlador de todos los contratos que pasaron por la concesionaria de la construcción para la Ruta del Sol 2, la vía que buscó conectar la costa Caribe con el centro del país. En ese rol conoció de primera mano los primeros hechos de corrupción que luego se conocerían como el escándalo de Odebrecht.
El Tribunal sostuvo que la hipótesis de la Fiscalía, que apunta a que Pizano murió de un problema cardíaco antes de suicidarse con cianuro y de manera previa preparó la botella que terminó matando accidentalmente a su hijo Alejandro, no tiene el respaldo probatorio suficiente para cerrar definitivamente el caso.
En la decisión conocida por este diario, el magistrado Moreno Acero recordó que la preclusión solo procede cuando existe ausencia de mérito para acusar. Es decir, cuando los hechos materia de investigación no son suficientes para seguir adelante las pesquisas penales. En este expediente, por el contrario, concluyó que persisten dudas relevantes y múltiples aspectos sin esclarecer que obligan a continuar investigando.
Uno de los argumentos más importantes del fallo es que la autopsia únicamente acreditó que Pizano sufría una enfermedad cardíaca preexistente. Sin embargo, el propio médico patólogo del caso explicó que la conclusión sobre la muerte natural fue una inferencia, construida descartando otras posibilidades, y reconoció que también podían existir explicaciones metabólicas, glicémicas o relacionadas con medicamentos que nunca pudieron confirmarse ni descartarse.
Para el Tribunal, eso significa que la patología cardíaca no prueba de manera concluyente cuál fue la causa eficiente de la muerte. Además, como en su muerte también se habló de la presencia de cianuro en su cuerpo, ese hallazgo obliga a la Fiscalía a explorar otras hipótesis.
Aunque la decisión aclara que no existe evidencia toxicológica de que Jorge Enrique Pizano hubiera ingerido cianuro, el Tribunal consideró que no puede ignorarse que esa sustancia apareció en la misma vivienda donde ocurrió su fallecimiento y que tres días después mató a su hijo Alejandro.
Según el documento del Tribunal, ese contexto hacía indispensable investigar otras posibles causas del deceso y no asumir, sin suficiente demostración, que se trató de una muerte natural. Por otra parte, el magistrado Moreno cuestionó otra premisa de la Fiscalía: que únicamente Pizano pudo manipular la botella con cianuro.
El fallo del Tribunal demuestró que varias personas tenían acceso a la finca El Ático: familiares, trabajadores, personal de servicio e incluso contratistas que realizaban labores en el lugar. Además, existía un antecedente de intento de hurto y una de las empleadas declaró haber encontrado una puerta abierta el día de los hechos. Para el Tribunal, esas circunstancias impiden descartar de entrada la eventual intervención de terceros, como así lo ha hecho la Fiscalía.
Por otra parte, el Tribunal señaló que las declaraciones de las personas presentes en la finca durante los hechos contienen inconsistencias relevantes y que la Fiscalía no investigó con suficiente cuidado. Por ejemplo, ningún testigo observó directamente que Jorge Enrique Pizano hubiera ingerido alguna sustancia ni se pudo establecer la causa específica de su muerte.
Además, una empleada habló desde el primer momento de un posible suicidio sin aportar hechos concretos que sustentaran esa afirmación, mientras otra relató movimientos de objetos y solicitudes para guardar u ocultar un documento hallado en la habitación. Para el Tribunal, esos testimonios no respaldan la hipótesis de la Fiscalía y, por el contrario, exigen profundizar la investigación.
Otro de los elementos claves de la decisión que se conoció este 14 de julio es que el Tribunal otorgó especial importancia al análisis del teléfono celular de Jorge Enrique Pizano. Según ese estudio, hasta el mismo 8 de noviembre mantenía conversaciones laborales, organizaba reuniones, buscaba oportunidades de trabajo, coordinaba pagos y desarrollaba proyectos personales y familiares. Para el magistrado, ese comportamiento resulta difícil de conciliar con la hipótesis de que hubiera decidido quitarse la vida.
El informe pericial sobre el celular reveló otro elemento que llamó la atención del Tribunal. Los expertos establecieron que parte de las conversaciones de WhatsApp no pudieron recuperarse y plantearon dos posibilidades: que hubieran sido eliminadas por el propio usuario o por un tercero, por lo que debe investigarse.
En ese sentido, el Tribunal también tuvo una consideración crucial en este contexto: que el caso Odebrecht no ha sido lo suficientemente esclarecido por la justicia. El magistrado Moreno destacó que Jorge Enrique Pizano había denunciado hechos de corrupción, mantenía contacto permanente con periodistas y autoridades y expresaba preocupación por su seguridad.
En ese contexto, el Tribunal reprochó que la Fiscalía prácticamente ignorara ese contexto al construir su hipótesis y sostuvo que también debe investigarse si ambas muertes guardan relación con el escándalo de corrupción de Odebrecht y con sus posibles beneficiarios. Y, aunque el Tribunal no concluyó que Jorge Enrique Pizano haya sido asesinado, sí afirma expresamente que la Fiscalía se autolimitó al concentrarse únicamente en la hipótesis de muerte natural o suicidio.
Según el fallo, el ente investigador debía desarrollar otras hipótesis plausibles, “como la elemental de que pudo también haber sido sujeto pasivo de homicidio”, especialmente por el contexto en el que ocurrieron los hechos. Con base en todas esas consideraciones, el Tribunal confirmó la decisión del Juzgado Tercero Penal del Circuito de Funza y ordenó que la Fiscalía continúe investigando para esclarecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron las muertes de Jorge Enrique Pizano y su hijo Alejandro, al concluir que ninguna de las hipótesis (muerte natural, suicidio, accidente u homicidio) ha sido demostrada con el estándar probatorio necesario para cerrar el proceso.
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