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Tribunal debe estudiar demanda en contra de la Nación por crimen de la UP: Consejo de Estado

Así lo determinó el alto tribunal al estudiar la demanda de la familia de Dámaso Antonio Díaz Tapias, un concejal de Mutatá (Antioquia), asesinado en 1990. El Tribunal Administrativo de Antioquia había rechazado la petición de las víctimas que buscaban una reparación.

Redacción Judicial

08 de octubre de 2017 - 11:11 a. m.
Se estima que entre los años 80 y 90 fueron asesinados por lo menos 3.000 miembros de la Unión Patriótica. / Archivo
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Al concejal Dámaso Antonio Díaz Tapias lo asesinaron el 22 de febrero de 1990, en una calle Mutatá (Antioquia). El motivo del crimen se conoció al poco tiempo de que se escucharon los disparos. A Dámaso Díaz lo mataron por ser miembro de la Unión Patriótica. Su crimen, como los de los miles de integrantes del extinto partido político, sigue en total impunidad. Su familia decidió en diciembre de 2016 demandar al Estado por la muerte de Díaz Tapias. Pero el Tribunal Administrativo de Antioquia rechazó su recurso.

(En contexto: El exterminio de la UP)

El Consejo de Estado, en una decisión de la Sección Tercera, le ordenó al Tribunal de Antioquia que estudie la demanda de la familia Díaz Tapias. Para el alto tribunal, es claro que la jurisprudencia colombiana ha dicho en reiteradas ocasiones que las muertes de los integrantes de la Unió Patriótica fueron crímenes de lesa humanidad y, por esa razón, no existe un tiempo determinado en el que los afectados por el exterminio deben presentar acciones legales.

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El Tribunal de Antioquia rechazó la demanda que habían presentado los Díaz Tapias porque, precisamente, el recurso se interpuso 26 años después del crimen, y no dos como lo dice la ley. Sin embargo, para el Consejo de Estado ese argumento no se podía tener en cuenta porque, por un lado, el Tribunal olvidó que en los casos de muertes de la Unión Patriótica no hay límite de tiempo para presentar acciones, y porque la familia seguía siendo víctima de persecución en contra de este grupo político. (“Una lección y una herida abierta”)

De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía y de diferentes organizaciones de derechos humanos, el caso del exterminio de los integrantes de la UP todavía no ha arrojado cifras concretas del número de víctimas. Sin embargo, las autoridades estiman que fueron asesinados por lo menos 3.500 de sus militantes, dos candidatos presidenciales, los abogados Jaime Pardo Leal y Bernardo Jaramillo Ossa, ocho congresistas, 13 diputados, 70 concejales y 11 alcaldes entre los años 80 y 90.

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El alto tribunal hizo referencia al desplazamiento del que fueron víctimas los familiares de Dámaso Díaz Tapias después de su asesinato. “La condición de víctimas de desplazamiento forzado permitía que hasta tanto no se restablecieran los derechos, estaría suspendida la contabilización de la caducidad para el reclamo de los perjuicios causados”, enfatizó el Consejo de Estado, quien tuvo como magistrado ponente de este caso al consejero Danilo Rojas Betancourth.

Por Redacción Judicial

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