Al resolver un recurso de apelación, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó a 145 meses y 16 días de prisión a los exfuncionarios del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Luz Marina Rodríguez Cárdenas y Bernardo Murillo Cajamarca en el marco del proceso penal que se les adelantó por las denominadas ‘chuzadas’.
En el fallo de segunda instancia se consideró que existían pruebas suficientes para inferir la responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado y abuso de función pública, hecho por el cual se mofificó el fallo emitido por el juzgado 14 penal del circuito con función de conocimiento de Bogotá que los había absuelto por esos cargos en el fallo emitido el 8 de junio de 2012.
Según la investigación, Murillo y Rodríguez participaron y tenían conocimientos sobre las acciones ilegales que se adelantaron en contra de los denominados ‘blancos políticos’ entre los años 2005 y 2009, entre los cuales estaban magistrados de las altas cortes, periodistas, políticos de oposición del Gobierno de Álvaro Uribe Vélez y defensores de derechos humanos.
En este sentido se consideró que tuvieron acceso de manera indebida e ilegal a las dependencias de la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) adscrita al Ministerio de Hacienda “encaminadas a determinar la supuesta vinculación de ciertos magistrados con personas al margen de la ley y del narcotráfico”.
Con la recolección de esta información privilegiada se buscaba relacionar a los togados con una invitación hecha por el polémico empresario Ascensio Reyes en la ciudad de Neiva. Para lo cual se buscaron fotografías, testimonios y certificados que los vincularan con esa actividad realizada entre el 9 y 10 de junio de 2006.
En estas operaciones, denominadas ‘Paseo I,II y III’, se recaudó información financiera y personal en la que participaron agentes de la Dirección General Operativa del Departamento Administrativo de Seguridad y la Subdirección de Fuentes Humanas destinadas, principalmente, a verificar la información sobre el entonces presidente de la Corte Suprema, Yesid Reyes Ramírez.
“Así como el desarrollo de sus actividades funcionales, entre las que se destacan las sesiones o reuniones privadas de aquellos, datos personales de los mismos y obtención de copias de actuaciones jurídicas que gozaban de reserva legal, es decir, se infiltró ilícitamente a la Corte Suprema de Justicia”, precisa.
En el fallo el Tribunal aumentó la pena de seis a 12 años de prisión, modificando así la decisión emitida de junio de 2012 por el juzgado 14 penal del circuito de conocimiento en contra de la exdirectora general operativa y el excoordinador del grupo anticorrupción del organismo de seguridad.
En la decisión de segunda instancia igualmente se les revocó el beneficio de detención domiciliaria y se ordenó su recliusión en centro de reclusión “apropiado de acuerdo a sus condiciones de exservidores públicos a efectos de asegurar el cumplimiento de pena impuesta”.