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Tutela del pastor Jamocó contra “Las Igualadas”, declarada improcedente

El Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente un recurso de José Francisco Jamocó, líder del Centro Cristiano de Alabanza El Shaddai, contra El Espectador. Un grupo de mujeres llevan años denunciándolo en la Fiscalía por casos de violencia sexual, sin que nada pase.

Redacción Judicial

03 de febrero de 2021 - 07:00 a. m.
Pastor José Francisco Jamocó, líder del Centro Cristiano de Alabanza El Shaddai en Bogotá.
Foto: Cortesía
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José Francisco Jamocó, líder del Centro Cristiano de Alabanza El Shaddai en Bogotá, tiene múltiples denuncias de violencia sexual en su contra radicadas en la Fiscalía, pero acumulando polvo, pues el organismo no ha tomado ninguna decisión con base en esos testimonios. De ello, básicamente, se habló en la video columna de opinión Las Igualadas, de El Espectador, que fue publicada el 28 de octubre del año pasado y que se tituló “El pastor cristiano que pedía besos y sexo citando la biblia”. A esa le siguió una segunda video columna en noviembre, y ambas terminaron bajo escrutinio en los estrados judiciales.

Por eso, el Tribunal Superior de Bogotá acaba de tomar una decisión relacionada con ese material periodístico de opinión: declarar improcedente la tutela que el pastor Jamocó radicó contra El Espectador por una razón simple, y es que él solo pidió rectificación a este medio de comunicación por la video columna de octubre, mas no hizo lo mismo con la video columna de noviembre, requisito indispensable para que un juez de la República pase a dirimir un asunto de esta naturaleza. De hecho, su tutela se radicó solo por la primera video columna, pero el juez de primera instancia decidió resolver sobre los dos videos de una vez.

(Piden a Colombia investigar a pastor Francisco Jamocó por denuncias de violencia sexual)

El 20 de noviembre del año pasado, el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá falló sobre el tema y divulgó su propio análisis de las dos video columnas en cuestión. En la primera, la original -la más extensa-, concluyó que se podía establecer que “la información difundida en este primer video es: cierta, completa (…) si bien se hacen señalamientos basados en las fuentes periodísticas consultadas, con las cuales se organizó el material y se presentan las conclusiones del análisis que se hace con fundamento en ellas, nunca se dice que el pastor Jamocó ha sido condenado por delitos”.

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No obstante, a pesar de haber encontrado que en la video columna inicial no se presentaban “conclusiones definitivas sobre la conducta del pastor Jamocó”, al llegar a la siguiente video columna, el Juzgado señaló: “En este segundo video, se pueden observar expresiones que sí vulneran la presunción de inocencia en concordancia con el buen nombre y honra del accionante. Esta afirmación deviene de las expresiones ‘presunto culpable de violencia sexual’ y ‘presunto victimario’, pues la ley procesal penal trata al procesado bajo la presunción de inocencia, hasta tanto no haya un fallo definitivo.

Tras hacer ese examen de contenido, el juez Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá ordenó al programa Las Igualadas de El Espectador hacer un nuevo video, dejando claro que el pastor José Francisco Jamocó no está condenado aún y que “se presume inocente de los hechos que sus fuentes le endilgan” con respecto a las múltiples denuncias de violencia sexual que hay contra el líder religioso, de las cuales él se ha declarado inocente.

El programa original de Las Igualadas contaba con las denuncias de cinco mujeres que le han contado a la Fiscalía sobre supuestos actos sexuales violentos que habría cometido Jamocó a lo largo de los últimos 20 años. De hecho, en abril de 2020, El Espectador ya había publicado desde sus páginas informativas sobre las varias denuncias contra Jamocó, pues varias de las mujeres que se consideran víctimas de Jamocó recurrieron a la Organización de Estados Americanos para conseguir un pronunciamiento en su favor del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, lo cual ocurrió.

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Al ver la paquidermia de la Fiscalía con sus relatos, no menos de 10 mujeres acudieron a la Corte Constitucional el año pasado para pedirle que seleccionara una tutela en la cual hablan de “demoras en la gestión” por parte del ente investigativo. La Corte declaró la nulidad de la tutela porque no habían vinculado a Jamocó al proceso y el caso volvió a primera instancia. Ahora, la tutela que el pastor Jamocó había presentado contra este diario -batalla que acaba de perder- podría también terminar en manos de la Corte Constitucional, si es que este alto tribunal decide seleccionarla para su eventual revisión.

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