Luego de 44 días de cese de actividades, Asonal Judicial levantó la huelga que, según el ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, dejó sin fallar 130 mil procesos, represó 40 mil tutelas y afectó a más de 300 mil personas. La decisión fue asumida luego del ultimátum del Gobierno Nacional, en el que éste indicó que se sancionaría a quienes siguieran impidiendo el normal funcionamiento de la justicia. Sometida a votación, la mayoría de los funcionarios judiciales aceptaron la propuesta de $150 mil millones designados para el reajuste salarial y la posibilidad de que en mayo del próximo año se estudie un nuevo incremento de sus sueldos.
Según Fernando Otálvaro, representante de los trabajadores judiciales ante la comisión nacional interinstitucional de la rama, el levantamiento del paro se hizo porque se llegó a un preacuerdo con el presidente de la CUT, el Ministro del Interior y la jefa del Presupuesto Nacional, Carolina Soto. El trato era realizar consultas internas para determinar si el paro continuaba o no (como efectivamente se hizo), establecer un monto para el ajuste salarial y revisar nuevamente el asunto del incremento salarial en 2009, que es la parte que le corresponde al Ejecutivo.
Aunque la decisión final fue disolver la protesta, las votaciones entre los funcionarios judiciales fueron parejas. La consulta se hizo a nivel nacional en 12 departamentos y en varios de ellos se votó de manera desfavorable al levantamiento de la medida. “Las votaciones fueron distintas en las regiones; por ejemplo, Antioquia votó a favor del levantamiento, decisión a la que se llegó por unanimidad; pero en departamentos como Tolima, Atlántico y Magdalena las mayorías querían continuar con el cese de actividades”, indicó Otálvaro.
El vocero explicó que Asonal Judicial se acogió a la determinación de las mayorías. Sin embargo, en departamentos como Santander, Valle, Nariño, Cauca, Antioquia, Risaralda, Caldas, Quindío y Cundinamarca la resolución fue establecer un compás de espera para suspender el paro y concertar con el Gobierno los demás puntos de sus peticiones.
Ahora los funcionarios de la Rama Judicial volverán a sus actividades, pero se encontrarán que en este mes y medio de parálisis más de 3.000 personas capturadas en flagrancia fueron dejadas en libertad y se dejaron de hacer más de 25 mil audiencias. Para agilizar el represamiento de los procesos y la congestión que ahora sufre la justicia, se deberá contratar personal extra. Según el ministro Valencia Cossio, en pro de resolver estos problemas, el Gobierno mantendrá en pie la medida de conmoción interior, que fue ejecutada para solucionar los estragos de esa enorme huelga.
¿Obstrucción a la justicia?
La Procuraduría General de la Nación abrió investigación preliminar contra el actual secretario general de la Presidencia de la República, Bernardo Moreno Villegas, y el ex viceministro del Interior, Luis Hernando Angarita, por presuntas faltas disciplinarias asociadas a intentos de obstaculización de las investigaciones disciplinarias, judiciales y administrativas derivadas del escándalo de la yidispolítica.
En primer lugar, el Ministerio Público pretende establecer si con posterioridad al trámite de la reelección presidencial en el Congreso, los altos funcionarios actuaron indebidamente al tratar de “callar, presionar o amenazar” a la ex parlamentaria Yidis Medina y a otros testigos para que no contaran, no denunciaran o no publicaran los supuestos actos de corrupción, concusión o cohecho por la compra de votos.
Como se recordará, a raíz de las investigaciones de la yidispolítica se pudo establecer que funcionarios públicos intentaron obstaculizar las denuncias de la ex congresista Yidis Medina, quien se acogió al beneficio de sentencia anticipada tras confesar las acciones de cohecho en que incurrió al recibir dádivas oficiales a cambio de apoyar el trámite de la reforma para la reelección presidencial en el Congreso de la República.
No a pago de multas
La Corte Constitucional les ordenó a las empresas de servicios públicos domiciliarios abstenerse de imponer sanciones económicas a sus usuarios. El Alto Tribunal consideró que algunas empresas de energía eléctrica estaban imponiendo multas a los ciudadanos en una obligación que no les corresponde.
Según la providencia, es la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios el organismo que debe aportar las instrucciones necesarias para que se hagan efectivos los cobros a aquellos consumidores que hacen mal uso del servicio o adulteran los contadores para defraudar a las compañías.