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Una Carta remendada

El eterno dilema de reformar la Constitución para adaptarla a los debates de la política.

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El Espectador
27 de febrero de 2010 - 10:00 p. m.
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Después del Frente Nacional, entre otros aspectos aprobado a través de un plebiscito ciudadano en 1957, la Carta Política sigue siendo aspecto de discusión cotidiana en un país de abogados. En 1968 fue objeto de una profunda reforma, especialmente en aspectos económicos.

A partir de entonces, son innumerables las reformas tanto a la Constitución de 1886 como a la de 1991. La más importante, aquella que abrió paso a la elección popular de alcaldes en 1986. Sin embargo, no han faltado la controversia y los intentos fallidos. Esta es una muestra de caídas y aciertos en el camino constitucional.

La miniconstituyente de López en 1977

En el gobierno de Alfonso López Michelsen, entre 1974 y 1978, se promovió en el Congreso un acto legislativo que buscaba modernizar la justicia y actualizar el régimen municipal y departamental, convocando a una Asamblea Nacional Constituyente. Esta idea del Ejecutivo cobró forma en el Acto Legislativo N° 02 de 1977.

El 5 de mayo de 1978, con ponencia del magistrado José María Velasco y diferencia de 14 votos contra 10, la Corte Suprema de Justicia lo tumbó por errores de forma. Según el alto tribunal, durante el trámite de la reforma, ésta fue aprobada sin el número de votos requeridos, como lo ordenaba el artículo 218 de la Carta.

La denominada miniconstituyente de López era uno de los puntales de su gobierno, por eso lo sucedido en la Corte fue calificado como una derrota para el Primer Mandatario. Sin embargo, los partidarios del jefe de Estado argumentaron que se había frustrado una gran opción para el Estado y para la evolución social de Colombia.

La reforma constitucional de Turbay

Durante el gobierno de Julio César Turbay, entre 1978 y 1982, a imagen y semejanza de la miniconstituyente de López, se tramitó en el Congreso un acto legislativo para promover reformas a la justicia y otras modificaciones a la Carta Política. El lunes 2 de noviembre de 1981, con ponencia del magistrado Fernando Restrepo Uribe, la Corte Suprema de Justicia lo declaró inexequible.

En esencia, la Corte concluyó que el Congreso violó el derecho de las minorías, al marginarlas de importantes decisiones en las cuales tenía opción  legal a participar. Además, existió una indebida acumulación de proyectos sin acatar el reglamento interno del Poder Legislativo. De paso, la Corte se apartó de un intento del Gobierno para cambiar las reglas de juego del Tribunal.

Como se esperaba, la decisión de la Corte causó un remezón político. Los opositores declararon su conformidad con el fallo, pero el Gobierno, a regañadientes, resaltó su voluntad de acatarlo sin compartirlo. Y no desaprovechó el momento para recordarle a la Corte que otra vez se había atravesado a una reforma de la Carta, como en la historia había sucedido con otras ideas bloqueadas.

El camino a la Constitución de 1991

En 1988, en medio de la ofensiva narcoterrorista, el gobierno de Virgilio Barco, en respuesta a varias propuestas públicas, empezó a ambientar una reforma a la Constitución Política. La idea terminó cobrando forma a través de un acto legislativo en el Congreso que a finales de 1989 estuvo a punto de ser reforma.

Pero un grupo de congresistas intentó agregarle un referendo contra la extradición y el Ejecutivo renunció a la reforma. Entonces, los universitarios, de cara a las elecciones parlamentarias de marzo de 1990, se inventaron la “Séptima Papeleta” para presionar la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente.

La idea triunfó y el gobierno expidió un decreto de Estado de Sitio para que en las elecciones presidenciales se diera un conteo formal por la reforma. La Corte Suprema lo aprobó. Después, el gobierno Gaviria expidió otro decreto convocando a elecciones para la Constituyente. La Corte también lo aprobó. En 1991 fue renovada la Carta.

La reelección de Uribe en 2006

La Constitución de 1991 había prohibido la reelección presidencial. No obstante, en 2004 fue aprobado un Acto Legislativo para permitirla de manera inmediata. El Acto Legislativo 02 fue objetado por la Procuraduría que, al rendir concepto ante la Corte, consideró que durante el trámite legislativo se desconoció su reglamento y se incurrió en protuberantes vicios de forma.

En contraste, la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Manuel José Cepeda y una decisión apretada de seis a tres, respaldó la constitucionalidad del Acto Legislativo, aunque condicionó su aprobación a la expedición de una ley de garantías electorales, para que el jefe de Estado quedara en igualdad de condiciones a los demás candidatos.

La ley de garantías también fue aprobada y el presidente Álvaro Uribe Vélez fue reelegido en 2006. Dos años después, se puso en marcha un referendo para tratar de promover un tercer mandato.

La Corte cierra el paso a Uribe III

En 2008, un grupo de ciudadanos emprendieron el trámite de un referendo para buscar un tercer mandato del presidente Álvaro Uribe Vélez. Esta iniciativa fue llevada al Congreso y, después de sucesivos contratiempos, aprobada en 2009. En esencia, la ley habilitaba a los electores a acudir a las urnas para facilitar una nueva elección del actual mandatario.

Como ordena la Constitución, la ley pasó a la Corte Constitucional para su revisión por eventuales vicios de forma. Previamente, el Ministerio Público rindió su concepto, argumentando que las decisiones del constituyente primario a través de un referendo estaban por encima de cualquier consideración normativa, es decir, que debía darse oportunidad al electorado de pronunciarse sobre el tema.

No obstante, este viernes con ponencia del magistrado Humberto Sierra Porto, la Corte Constitucional le cerró el paso al tercer mandato del presidente Uribe Vélez. En resumen, la Corte consideró que durante su trámite en el Congreso, e incluso en la formación misma del referendo, se incurrió en errores que desconocieron la Carta Política.

De otras recordadas sentencias

La historia reciente del país abunda en fallos históricos de naturaleza constitucional. La sentencia que tumbó el Tratado de Extradición en diciembre de 1986 y puso en aprietos al Gobierno Barco en su lucha contra el narcoterrorismo, que luego se replicó en julio de 1987 en un nuevo intento de revivir la figura.

Ya en tiempos de la Constitución de 1991, cabe recordar el fallo de la Corte Constitucional que en 1993 dejó sin piso jurídico 16 artículos del Concordato suscrito entre la Santa Sede y el Gobierno; la sentencia de mayo de 1994 que despenalizó el porte y consumo de dosis personal de droga o el fallo que tumbó el Upac en 1999.

En otras épocas, la Corte les tumbó declaratorias de conmoción interior a César Gaviria y Ernesto Samper y, ya en tiempos uribistas, le peluqueó el referendo contra la corrupción y la politiquería que fracasó en 2003 y acabó con el acto legislativo que tomó el nombre de Estatuto Antiterrorista en el mismo año.

Por El Espectador

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