Cuando a Iván*, de 31 años, le declararon invalidez para trabajar, en mayo del año p asado, le debía al banco Davivienda $52’120.000. Desde 2006 había sido diagnosticado de ser portador del sida y la aparición de un linfoma (un tipo de cáncer) en su cadera y parte de la columna lo dejó en silla de ruedas y sin empleo. Con los $643.000 de pensión que había empezado a recibir por cuenta de la empresa para la que había trabajado durante 10 años, no le alcanzaba ni para cubrir la mitad de la cuota mensual de los créditos y al mismo tiempo hacer mercado.
Su única opción era recurrir a una póliza de seguro que había adquirido paralelamente a los créditos en los años 2006 y 2008. No obstante, Seguros Bolívar, donde había firmado el contrato, se negó a asumir el gravamen, aduciendo la preexistencia del sida y que Iván había ocultado su estado real de salud en el momento de contraer la póliza. Esto impidió que la empresa hiciera una tabulación de los riesgos verdaderos.
De esta manera Iván, de la mano del abogado Germán Humberto Rincón, decidió interponer una tutela contra Seguros Bolívar para que reconociera los tres créditos por valores de 26’585.000, 8’536.000 y 17’000.000 de pesos. Según el accionante, este dinero fue utilizado para adquirir la vivienda en la que reside hoy en día con su mamá, un hermano y un sobrino.
Para resolver el caso la jueza Jenny Rosana Jiménez, del Juzgado 52 Penal Municipal con función de control de garantías, invocó a la llamada Ley del Sida (Ley 972 de 2005), la cual considera que esta infección es una enfermedad ruinosa y catastrófica.
En cuanto a los argumentos de Seguros Bolívar, la jueza invocó el artículo 40 del decreto 1543 de 1997: “Las entidades de medicina prepagada, aseguradoras, promotoras o prestadoras de servicios de salud, sean públicas o privadas, no podrán exigir pruebas diagnósticas de laboratorio para el VIH como requisito para acceder a la cobertura respectiva de protección. La condición de persona infectada, por no corresponder a la noción de enferma, no podrá considerarse como una condición patológica preexistente”.
El despacho también determinó que cuando Iván solicitó los créditos y la póliza no tenía el linfoma, lo que realmente le impediría trabajar en adelante. Finalmente, la semana pasada el juzgado emitió el fallo de tutela, mediante el cual le solicitó a Seguros Bolívar saldar la totalidad de los créditos pendientes con Davivienda en las 48 horas siguientes a la recepción de la notificación.
“Mi vida continuaría normal si sólo tuviera VIH. Sólo se trata de tomar una pastilla en la mañana y otra en la noche”, opina Iván. Por fortuna, su costoso tratamiento médico es cubierto por su empresa de salud prepagada. Aunque él se siente tranquilo, le oculta a su familia que padece de sida, pues “si se enteran, lo primero que van a pensar es que me voy a morir. Prefiero evitarles la angustia”. Sólo lo saben algunos amigos, quienes son los que lo acompañan a su cita con el infectólogo cada mes.
*Nombre cambiado a petición de la fuente.