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                                                                                                                              Vía tutela, buscan devolver proceso por muerte de Dilan Cruz a la justicia ordinaria

                                                                                                                              En la demanda, le piden a la Corte Suprema de Justicia que se aplique como precedente el caso del joven Nicolás Neira, quien también murió a manos del Esmad en 2005 y cuyo proceso está siendo llevado por la Fiscalía desde 2017.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              Dilan Cruz murió en la calle 19 con carrera 4 luego de recibir un impacto de munición tipo "bean beag" de un agente del Esmad. / Archivo particular

                                                                                                                              Desde el pasado 18 de diciembre, la investigación por la muerte del joven Dilan Cruz a manos de un agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía está en la Justicia Penal Militar. El disparo del capitán Manuel Cubillos con una escopeta de munición tipo beanbag le segó la vida al joven de 18 años, lo que conmocionó a la opinión pública y encendió aún más la llama de las protestas del Paro Nacional a finales del año pasado. Sin embargo, fue considerado por el Consejo Superior de la Judicatura como un “acto del servicio”, a lo que, ahora, vía tutela, su familia se opone.

                                                                                                                              (En contexto: Caso Dilan Cruz: justicia militar investigará al miembro del Esmad que le disparó)

                                                                                                                              En una acción de tutela de 18 páginas radicada este lunes en la Corte Suprema de Justicia, el abogado de la familia Cruz le pide al alto tribunal que reverse la decisión de la Sala Disciplinaria de la Judicatura y devuelva el caso a la justicia ordinaria para que la investigación la lleve directamente la Fiscalía. Según la demanda, el fallo vulnera sus derechos fundamentales, por ejemplo, al “juez natural”. Además, se señala que no hay otro mecanismo para tumbar la determinación de que al capitán Cubillos lo juzguen militares y, por último, dice que los magistrados de la Judicatura incurrieron en varios errores.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Le puede interesar: ¿Por qué Medicina Legal calificó la muerte de Dilan Cruz como homicidio?)

                                                                                                                              La tutela asegura que la clave para que la Judicatura asignara el caso a la justicia militar fue una serie de testimonios de uniformados que estaban ese día: tres patrulleros y un suboficial primero. Sin embargo, todos eran agentes subordinados al capitán Cubillos por lo que, a juicio del demandante, sus versiones “pierden objetividad e imparcialidad”. Además, dice la tutela, los jueces no contrastaron “las manifestaciones que al unísono presentaron todos los policiales con relación a las declaraciones o entrevistas de civiles que, estando en el lugar de los acontecimientos ofrecieron un relato de los hechos con un contenido claramente contrario”.

                                                                                                                              Esto es clave, dice la tutela, porque, por un lado, los civiles que estaban en el lugar de los hechos y que fueron entrevistados por la Fiscalía niegan que para el momento en que Cubillos disparó, los manifestantes que había en ese punto de Bogotá estuvieran agrediendo a la Fuerza Pública. Y, por otro lado, porque “coinciden que las reacciones del Esmad no estaban realmente justificadas, y que serían éstos los que estaban afectando con el uso desmedido de la fuerza una manifestación pacífica. También dan cuenta de varios disparos realizados con armas diferentes a las granadas de aturdimiento y los gases lacrimógenos, (trufay, marcadores y desde leugo escopetas calibre 12 mm)”.

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                                                                                                                              En la demanda argumentan que estos elementos, además, se asemejan a lo que llevó a la justicia a enviar el caso del menor Nicolás Neira (muerto a los 15 años a manos de miembros del Esmad en una protesta en 2005). Y que, por ende, se deberían aplicar los mismos criterios que en esa sentencia y los responsables, se hayan esclarecido o no, deben ser investigados por la Fiscalía y no por militares, pues hay una “duda razonable” de que la conducta no fue cometida por un acto de servicio, sino que constituyó un delito.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Dilan Cruz murió en la calle 19 con carrera 4 luego de recibir un impacto de munición tipo "bean beag" de un agente del Esmad. / Archivo particular

                                                                                                                              Desde el pasado 18 de diciembre, la investigación por la muerte del joven Dilan Cruz a manos de un agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía está en la Justicia Penal Militar. El disparo del capitán Manuel Cubillos con una escopeta de munición tipo beanbag le segó la vida al joven de 18 años, lo que conmocionó a la opinión pública y encendió aún más la llama de las protestas del Paro Nacional a finales del año pasado. Sin embargo, fue considerado por el Consejo Superior de la Judicatura como un “acto del servicio”, a lo que, ahora, vía tutela, su familia se opone.

                                                                                                                              (En contexto: Caso Dilan Cruz: justicia militar investigará al miembro del Esmad que le disparó)

                                                                                                                              En una acción de tutela de 18 páginas radicada este lunes en la Corte Suprema de Justicia, el abogado de la familia Cruz le pide al alto tribunal que reverse la decisión de la Sala Disciplinaria de la Judicatura y devuelva el caso a la justicia ordinaria para que la investigación la lleve directamente la Fiscalía. Según la demanda, el fallo vulnera sus derechos fundamentales, por ejemplo, al “juez natural”. Además, se señala que no hay otro mecanismo para tumbar la determinación de que al capitán Cubillos lo juzguen militares y, por último, dice que los magistrados de la Judicatura incurrieron en varios errores.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Le puede interesar: ¿Por qué Medicina Legal calificó la muerte de Dilan Cruz como homicidio?)

                                                                                                                              La tutela asegura que la clave para que la Judicatura asignara el caso a la justicia militar fue una serie de testimonios de uniformados que estaban ese día: tres patrulleros y un suboficial primero. Sin embargo, todos eran agentes subordinados al capitán Cubillos por lo que, a juicio del demandante, sus versiones “pierden objetividad e imparcialidad”. Además, dice la tutela, los jueces no contrastaron “las manifestaciones que al unísono presentaron todos los policiales con relación a las declaraciones o entrevistas de civiles que, estando en el lugar de los acontecimientos ofrecieron un relato de los hechos con un contenido claramente contrario”.

                                                                                                                              Esto es clave, dice la tutela, porque, por un lado, los civiles que estaban en el lugar de los hechos y que fueron entrevistados por la Fiscalía niegan que para el momento en que Cubillos disparó, los manifestantes que había en ese punto de Bogotá estuvieran agrediendo a la Fuerza Pública. Y, por otro lado, porque “coinciden que las reacciones del Esmad no estaban realmente justificadas, y que serían éstos los que estaban afectando con el uso desmedido de la fuerza una manifestación pacífica. También dan cuenta de varios disparos realizados con armas diferentes a las granadas de aturdimiento y los gases lacrimógenos, (trufay, marcadores y desde leugo escopetas calibre 12 mm)”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En la demanda argumentan que estos elementos, además, se asemejan a lo que llevó a la justicia a enviar el caso del menor Nicolás Neira (muerto a los 15 años a manos de miembros del Esmad en una protesta en 2005). Y que, por ende, se deberían aplicar los mismos criterios que en esa sentencia y los responsables, se hayan esclarecido o no, deben ser investigados por la Fiscalía y no por militares, pues hay una “duda razonable” de que la conducta no fue cometida por un acto de servicio, sino que constituyó un delito.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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