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2 Nov 2020 - 7:15 p. m.

Vuelven a negar tutela que presentó magistrado de la Corte Suprema contra sus colegas

Cuatro conjueces del alto tribunal negó en segunda instancia la acción judicial presentada por el magistrado Gerardo Botero, quien asegura que la Sala Plena lo discrimina al no haberle garantizado su derecho votar en forma secreta en medio de la pandemia y la cuarentena.
Gerardo Botero
Gerardo Botero

Cuatro conjueces de la Corte Suprema de Justicia volvieron a negar la tutela que en junio de 2020 fue presentada por el magistrado de la Sala Laboral de la Corte Suprema, Gerardo Botero, de Justicia entuteló a sus 21 compañeros de la Sala Plena, asegurando que era víctima de discriminación. Botero cuestionaba que en las sesiones virtuales que se realizan desde el 19 de marzo por la pandemia de COVID-19 se votara de forma pública para realizar elecciones de magistrados de tribunales superiores, cuando por regla ese procedimiento debía ser secreto. Por eso, pedía que se le garantizara votar de manera secreta hasta que se reformara el reglamento interno del alto tribunal.

(En contexto: “No comparto apetitos de poder desenfrenados de la ministra de Justicia”: Gerardo Botero)

A finales de agosto pasado, en primera instancia, una sala de conjueces también había negado la tutela argumentando que esta determinación, la de votar de manera pública, se adoptó debido a la crisis sanitaria por el COVID-19. En esta decisión de segunda instancia señala que el reglamento de la Corporación al momento de los hechos consignaba en su artículo sexto que “la votación para elegir funcionarios y empleados y para escoger candidatos a ternas o para integrar éstas será secreta. Para las demás decisiones, serán públicas y nominales, a petición de cualquiera de los asistentes”.

El 30 de julio de 2020, es decir, tras ser interpuesta la tutela, la Corte Suprema estableció que las votaciones “para los cargos de carrera, incluidos los nombramientos de magistrados en provisionalidad y en encargo de Tribunales Superiores de Distrito Judicial y las demás decisiones, [las votaciones] serán públicas y nominales”. “Lo anterior, hace inocuo el amparo constitucional pues han cesado los motivos en que se sustenta, por lo que la “tutela pierde su razón de ser ya que no existe ningún objeto jurídico sobre el cual pronunciarse. Ello, por cuanto la modificación al reglamento de la Corporación es clara en señalar que la manera de votar debe ser pública y nominal”, dice el fallo de tutela en segunda instancia.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Quiroz, no comparte los argumentos de su homólogo Botero, pues, si bien en el reglamento se consigna el voto secreto como regla general, esto no impide el empleo de otras modalidades, como las que tomó el alto tribunal en medio de la cuarentena que decretó el presidente Iván Duque para contener la expansión del coronavirus. “Tal modificación resulta razonable al estar ante una circunstancia sin precedentes, como el COVID 19, que demanda el uso de las nuevas tecnologías para no paralizar a la institución; medidas que el accionado (Quiroz) siempre reconoció como transitorias”, concluye el fallo de tutela.

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Carmela(39411)2 Nov 2020 - 9:10 p. m.
Este Magistrado fue el que denunció ingerencia de la entonces Minjusticia Cabello, en la Corte. Deben estar haciéndole matoneo. Algo debe haber........dentro de 20 años lo sabremos.
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