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                                                                                                                              ¿Zonas Futuro en jaque? Corte Constitucional define demanda que busca tumbarlas

                                                                                                                              Las Zonas Estratégicas de Intervención Integral, llamadas por el Gobierno como Zonas futuro, fueron creadas en la Ley 1941 de 2018 que está demandada en el alto tribunal por falta de consulta previa, entre otros. Se reglamentaron a finales de 2019 para dar un plan de choque en El Catatumbo, el Pacífico Nariñense, el Bajo Cauca, el sur de Córdoba, Arauca y Chiribiquete.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              El caso está en manos del magistrado Antonio José Lizarazo. / Mauricio Alvarado - El Espectador

                                                                                                                              En 2018, el Congreso aprobó una reforma a la Ley de Orden Público y creó unas Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII) con el ánimo de que el Estado pueda hacer una acción integral e unificada en las regiones que están más afectadas por la criminalidad y en donde esté en riesgo la seguridad nacional. Una demanda que cursa en el alto tribunal asegura que estas zonas son contrarias a la Constitución porque no se hizo consulta previa con las comunidades étnicas involucradas y porque plantea una intervención que excede el tema de la seguridad, para abarcar aspectos sociales, sin tener en cuenta la participación ciudadana.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Se trata de El Catatumbo, el Pacífico Nariñense, el Bajo Cauca, el sur de Córdoba, Arauca y Chiribiquete y parques nacionales naturales aledaños. Según un comunicado de Presidencia, “los 44 municipios que hacen parte de dichas zonas no tendrán que competir con otros entes territoriales para acceder a los recursos de las entidades del orden nacional; solo bastará con el cumplimiento de los requisitos técnicos de cada proyecto para acceder a tales recursos”.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Gobierno lanza programa Zonas Futuro en las regiones más afectadas por la violencia)

                                                                                                                              La demanda que está en manos del magistrado Antonio José Lizarazo va dirigida en contra del artículo 2 de la Ley 1941 de 2018 que permite al Consejo de Seguridad Nacional declarar Zonas Estratégicas de Intervención Integral incluso en territorios donde están los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). “Los planes integrales tendrán la duración que se determine y articularán a las instituciones públicas, el sector privado y la cooperación internacional”, dice el artículo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Además, en otra demanda presentada por las mismas personas, se alega que el Congreso no podía darle al Consejo de Seguridad Nacional la potestad de crear las ZEII en cualquier parte del territorio Nacional, sin imponer límites. Y resalta que los PDET son creación del Acuerdo de Paz. La Defensoría del Pueblo presentó un escrito a la Corte en el que considera que los demandantes tienen razón parcialmente. Por un lado, la Defensoría estimó que, si bien no se necesitaba una consulta previa para crear la figura de las ZEII, sí se necesitan para el momento en que el Consejo de Seguridad Nacional declare algunas de ellas en zonas en donde haya presencia de comunidades étnicas o en la que se abarquen sus territorios ancestrales.

                                                                                                                              (Le puede interesar: ¿Reedición de la seguridad democrática?)

                                                                                                                              “No solo la declaratoria de una Zona Estratégica de Intervención Integral debe contar con el desarrollo previo de un trámite de consulta previa, sino que el mismo debería realizarse respecto de cada instrumento utilizado para el desarrollo del objeto de las ZEII, ya sea que se trate de los planes especiales o planes integrales señalados en la norma demandada o de las hojas de ruta únicas, en aquellos eventos en los que la ZEII deba articularse con la implementación de los PDET, siempre que los mismos impliquen alguna afectación directa a las comunidades indígenas o negras con presencia en el territorio”, dice el concepto de 42 páginas.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              El caso está en manos del magistrado Antonio José Lizarazo. / Mauricio Alvarado - El Espectador

                                                                                                                              En 2018, el Congreso aprobó una reforma a la Ley de Orden Público y creó unas Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII) con el ánimo de que el Estado pueda hacer una acción integral e unificada en las regiones que están más afectadas por la criminalidad y en donde esté en riesgo la seguridad nacional. Una demanda que cursa en el alto tribunal asegura que estas zonas son contrarias a la Constitución porque no se hizo consulta previa con las comunidades étnicas involucradas y porque plantea una intervención que excede el tema de la seguridad, para abarcar aspectos sociales, sin tener en cuenta la participación ciudadana.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Se trata de El Catatumbo, el Pacífico Nariñense, el Bajo Cauca, el sur de Córdoba, Arauca y Chiribiquete y parques nacionales naturales aledaños. Según un comunicado de Presidencia, “los 44 municipios que hacen parte de dichas zonas no tendrán que competir con otros entes territoriales para acceder a los recursos de las entidades del orden nacional; solo bastará con el cumplimiento de los requisitos técnicos de cada proyecto para acceder a tales recursos”.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Gobierno lanza programa Zonas Futuro en las regiones más afectadas por la violencia)

                                                                                                                              La demanda que está en manos del magistrado Antonio José Lizarazo va dirigida en contra del artículo 2 de la Ley 1941 de 2018 que permite al Consejo de Seguridad Nacional declarar Zonas Estratégicas de Intervención Integral incluso en territorios donde están los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). “Los planes integrales tendrán la duración que se determine y articularán a las instituciones públicas, el sector privado y la cooperación internacional”, dice el artículo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Además, en otra demanda presentada por las mismas personas, se alega que el Congreso no podía darle al Consejo de Seguridad Nacional la potestad de crear las ZEII en cualquier parte del territorio Nacional, sin imponer límites. Y resalta que los PDET son creación del Acuerdo de Paz. La Defensoría del Pueblo presentó un escrito a la Corte en el que considera que los demandantes tienen razón parcialmente. Por un lado, la Defensoría estimó que, si bien no se necesitaba una consulta previa para crear la figura de las ZEII, sí se necesitan para el momento en que el Consejo de Seguridad Nacional declare algunas de ellas en zonas en donde haya presencia de comunidades étnicas o en la que se abarquen sus territorios ancestrales.

                                                                                                                              (Le puede interesar: ¿Reedición de la seguridad democrática?)

                                                                                                                              “No solo la declaratoria de una Zona Estratégica de Intervención Integral debe contar con el desarrollo previo de un trámite de consulta previa, sino que el mismo debería realizarse respecto de cada instrumento utilizado para el desarrollo del objeto de las ZEII, ya sea que se trate de los planes especiales o planes integrales señalados en la norma demandada o de las hojas de ruta únicas, en aquellos eventos en los que la ZEII deba articularse con la implementación de los PDET, siempre que los mismos impliquen alguna afectación directa a las comunidades indígenas o negras con presencia en el territorio”, dice el concepto de 42 páginas.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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