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CIDH responsabiliza al Estado colombiano por la muerte del italiano Giacomo Turra

La noche del 3 de septiembre de 1995, Giacomo Turra, un italiano de 24 años que estaba visitando Cartagena, fue golpeado y asesinado por la Policía Nacional. Su caso llegó hasta la CIDH, que en un acto de justicia, responsabilizó al Estado por los hechos de violencia que sufrió el joven.

Dayana Herrera Valbuena
16 de mayo de 2024 - 06:39 p. m.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró la responsabilidad del Estado colombiano por la violación de los derechos a la vida, la integridad personal, la libertad personal y las garantías judiciales de Giacomo Turra.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró la responsabilidad del Estado colombiano por la violación de los derechos a la vida, la integridad personal, la libertad personal y las garantías judiciales de Giacomo Turra.
Foto: Cortesía

El 3 de septiembre de 1995, a las 11 p.m., en el sector de Bocagrande, Cartagena, el estudiante de filosofía Giacomo Turra, oriundo de Padua (Italia) entró al restaurante Mee Wah, en total estado de alteración. Testigos de esa época aseguraron que el joven se dirigió al patio del restaurante y suplicaba por ayuda, al estar tan exaltado, nadie entendía quién lo perseguía, por lo que decidieron llamar a la Policía.

Según la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), quienes han sido los representantes del caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al llegar la policía al establecimiento, trasladaron al joven al hospital para aplicarle un calmante. En esta primera ocasión, Turro solo tenía algunos moretones en los brazos por el forcejeo que tuvo con la Policía para poder ser retirado del restaurante. “En la segunda ocasión que lo trasladan al hospital, Giacomo llega sin signos vitales y el dictamen forense arroja que fue golpeado en repetidas ocasiones y arrojado por unas escaleras”, comenta María Camila Vega, representante de la CCJ en la CIDH.

Este hecho, que para la época de 1995 conmocionó a Colombia, logró llevar a cinco funcionarios involucrados a la Justicia Penal Militar, sin embargo, fueron absueltos porque “no se encontraron pruebas suficientes para incriminarlos, pese a las irregularidades que el hospital donde fue trasladado en las dos ocasiones, evidenció”, confirma Vega.

La muerte de Turra ocasionó que el gobierno italiano suspendiera un acuerdo de cooperación judicial con Colombia, y se convocaron manifestaciones en Roma y en Padua, lugar de origen de Turra. El caso logró llegar hasta la CIDH, sin embargo, el proceso no tuvo ningún informe durante 28 años. Vega señala que, desde el 2011, el ente internacional estaba listo para emitir una respuesta, pero no lo hicieron.

Durante este tiempo, la familia de Turro, espero un veredicto de justicia. En ese tiempo, sus padres fallecieron y a pesar de que la CCJ ha intentado comunicarse con el resto de familiares, ellos manifiestan que ya no están interesados en el caso, puesto que fueron más de dos décadas en la espera de justicia.

Pese a esto, la CIDH declaró la responsabilidad del Estado colombiano por la violación de derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, protección judicial y la salud en el caso de Giacomo Turra. Esta notificación la hizo a finales de abril a través del informe de fondo, un documento en el que este órgano internacional expone si en determinado hecho se cometieron violaciones a los derechos humanos.

Cuando el estudiante falleció, la Policía difundió un comunicado en el que informó, sin esperar el acta del levantamiento del cadáver, que Turro había muerto supuestamente como consecuencia de “una sobredosis de alucinógenos”. Pero no se tuvo en cuenta los diferentes traumatismos que el examen forense arrojaba, hecho que motiva a la CIDH a declarar al Estado como responsable por la muerte del extranjero.

Con esta decisión, el Tribunal emitió unas recomendaciones al Estado colombiano para garantizar la no repetición en el uso de fuerza por parte de agentes estatales. Una de esas es asegurar que el fuero militar solo sea utilizado para juzgar a militares activos por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra bienes jurídicos del orden militar.

Asimismo, hizo un llamado a la elaboración de un protocolo de actuación dirigido a todos los funcionarios para que intervengan con buenas prácticas en casos de personas que se encuentran experimentando una crisis aguda de salud mental; ya que en el momento que Turro fue trasladado por los uniformados a la estación, los testimonios dan cuenta de que estaba experimentando una crisis.

La CCJ también manifiesta, que pese a que los familiares del extranjero, en estos momentos, no están interesados en continuar con el caso, el fallo del Tribunal Internacional brinda herramientas para que, en Colombia, se sigan ejecutando protocolos adecuados para que los uniformados no violen los derechos humanos de la ciudadanía.

Con esta decisión, se espera que la Comisión Interamericana confirme si el caso será trasladado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para continuar un proceso internacional que obligue al Estado tomar medidas contra la violación de derechos que ejercen las instituciones en Colombia.

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Dayana Herrera Valbuena

Por Dayana Herrera Valbuena

Comunicadora Social y Periodista de la Universidad Central. Me interesan los temas relacionados con derechos humanos, conflicto armado, paz y memoria.DayanaMHVdherrera@elespectador.com

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jose(33220)16 de mayo de 2024 - 06:51 p. m.
y los polixias que lo torturaron y arrojaron por las escalas hoy deben ser gente de bien . muy bien jubilados por ese gran trabajo . 28 años para un fallo uf . como para seguir haciendo lo que lles venga en gana
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