Si a Dunnia Maryuri Zapata Machado le hubieran preguntado hace 20 años qué quería estudiar cuando estuviera grande, habría dicho, sin titubeos, que aviación. Su sueño siempre fue aprender a “volar”. Sin embargo, su padre, un trabajador de transporte urbano intermunicipal en Quibdó (Chocó), no pudo costearle esa carrera. Ella nunca se frustró. A sus 37 años, dice que ese sigue siendo su sueño, aunque ahora habla con pasión por la vocación que encontró en el camino: la judicatura. Estudió derecho y desde 2011 es jueza administrativa del circuito en Quibdó. Cuando se pone la toga, sabe que representa las luchas de mujeres como ella. En 2022, ganó el premio de sentencias con enfoque de género que anualmente entrega la rama judicial.
Uno de los libros que ha leído más recientemente se llama ‘Sin marcas visibles’, de Rachel Louise Snyder. En él, relatan crímenes de violencia doméstica contra mujeres y niñas en el mundo que dejan una cifra aterradora: 137 mujeres son asesinadas a diario en el mundo. Las atrocidades no están solo en el papel, la jueza las ve a diario en su territorio, Chocó, el quinto departamento del país con más casos de violencias basadas en género, según la Defensoría del Pueblo.
“Pienso que, desde lo que hago, cumplo una labor social que está determinada a través de mis fallos”, dice cuando se refiere a su trabajo. La jueza Zapata, desde 2019, incluye el enfoque de género en los casos que recibe, aunque señala que uno de sus mayores retos ha sido tener calidad en sus decisiones, a pesar de las presiones. “Este es un sistema que te presiona mucho por la cantidad, a uno le ponen un número de decisiones que tiene que resolver en cierto tiempo. Eso a veces hace que sea más difícil analizar como uno quisiera cada caso”.
Su percepción no es única, es más bien una realidad del sistema de justicia en Colombia. A pesar de eso, su labor la llevó en 2022 a ser galardonada por la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial en el concurso a la incorporación del derecho a la igualdad y la no discriminación en las sentencias judiciales. Ese premio, que promueve cada año la rama judicial y que apoya el Programa Justicia Inclusiva de Usaid asesorando al jurado, así como con la premiación y reconocimientos de los ganadores.
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La decisión con la que ganó fue emitida el 30 de junio de 2022 por su despacho. Se trata de un caso de violencia obstétrica y negligencia médica contra una mujer embarazada que ocurrió en 2017 en Quibdó. En el trámite se demostró que, por irregularidades en la atención médica, el bebé perdió la vida en medio del parto. “Es válido concluir que la violencia obstétrica se ha establecido dentro de las prácticas institucionales al interior del sistema de salud y constituye una forma de discriminación de género que atenta contra los derechos humanos, a la salud, sexuales y reproductivos de la mujer”, se lee en la sentencia.
La demandante era una mujer que estaba en sus treinta años cuando el 13 de febrero de 2017 llegó a urgencias de un centro médico en Quibdó por tener contracciones en su semana 36 de embarazo. Era la tercera vez que iba a dar a luz. Según la historia clínica, la mujer llegó con grado 6 de dilatación y con algunos dolores anormales para su etapa de gestación. La jueza explicó que “en los interrogatorios nos dimos cuenta de que ella llegó al hospital una primera vez en la mañana, pero un médico general la atendió y le dijo que estaba bien, que se fuera para la casa”.
De ese primer ingreso al hospital no quedó rastro en la historia clínica. Seis horas después, la mujer regresó al centro médico porque continuaban los intensos dolores y fue allí cuando, una médica general, le dijo que el feto tenía una frecuencia cardíaca muy baja y que tenía, en ese momento, una amenaza de aborto espontáneo. “La médica avisó al ginecólogo de turno, pero él dijo que no podía atenderla y le ordenó que le hiciera unos procedimientos por teléfono”, le explicó Zapata a este diario.
Sin ninguna experiencia, la médica le puso varios medicamentos intravenosos a la mujer, tal como le había indicado el ginecólogo, para intentar salvar la vida del bebé. La jueza dijo que “la médica no tenía el conocimiento científico para atender esa urgencia, pero se vio obligada a hacerlo en virtud del juramento hipocrático de salvar, al menos, una de las dos vidas”. Dos horas después de ese procedimiento, se rompieron las membranas ovulares (las encargadas de mantener el líquido amniótico del bebé). Según la sentencia, por la urgencia del caso, aunque volvieron a acudir al ginecólogo, tampoco atendió al llamado.
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Pasó media hora más y, ante la ausencia del especialista, el documento judicial señala que la médica general se vio obligada a atender el parto sin presencia del especialista, pero el bebé nació sin signos vitales. En ese momento llamaron a un pediatra, quien hizo reanimación durante media hora, pero su corazón no latió. Aun así, el hospital emitió el certificado de nacido vivo, según ellos, “porque le prestaron el servicio de reanimación”. Una hora después, emitieron el certificado de defunción.
Otra de las inconsistencias que identificó la jueza es que, después de la muerte del bebé, la familia de la mujer puso en conocimiento de las autoridades el caso y un perito de Medicina Legal realizó el procedimiento de necropsia, que concluyó que la muerte se dio de manera violenta por “trauma contundente craneoencefálico” (que se habría dado en medio del parto). El análisis pericial de la Fiscalía también mostró que el parto debió haber sido atendido vía cesárea, por la complejidad del caso.
A pesar de la sensibilidad del caso, la jueza Zapata contó cómo en una de las audiencias el año pasado, la mujer que perdió el bebé fue revictimizada. “El abogado del hospital le preguntó varias veces que si ella, días antes del parto, se había caído o había sufrido algún golpe. Ella respondía que no. Él insistía en la pregunta y también indagó si su pareja, el padre del bebé, la había golpeado”, recordó. Para la togada, todo el tiempo quisieron hacer pasar a la víctima como si ella tuviera la culpa. “Ya le mataron a su hijo, ¿y cinco años después la siguen revictimizando?”, reclama con indignación.
La conclusión del despacho fue contundente. “Esto se trató de un homicidio culposo, porque como no le prestaron una debida atención médica, el niño se comió su propia popó y como tenía la frecuencia cardíaca baja, empezó a tener sufrimiento fetal que generó que muriera antes de nacer”, como le contó Zapata a El Espectador. Este caso de negligencia médica, además de mostrar una serie de errores letales para el bebé, también fue ejemplo de la violencia obstétrica que viven muchas mujeres gestantes en centros hospitalarios del país. “Esa mamá no ha podido recuperarse de ese golpe, tuvo ataques de ansiedad, episodios de depresión y nunca más pudo quedar embarazada”, explicó la funcionaria judicial.
Con esta sentencia, se logró la condena del Estado, por tratarse de un hospital público. Por daños morales, la jueza ordenó que se indemnice a las víctimas más directas, que no son sólo la madre, sino también el padre, la abuela, las dos hijas menores de la pareja y hasta al bebé fallecido. Y como medida de justicia restaurativa, la jueza ordenó que el hospital debe publicar la sentencia en su página web durante seis meses. Además, que tienen la obligación de socializar la sentencia con todos sus trabajadores de la salud y llevar un acta de registro del cumplimiento de esa actividad.
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También, ordenó la creación de una ruta de atención en la prestación del servicio de ginecología y obstetricia para que estos casos no se repitan, además de exigirles que envíen a la familia afectada una comunicación en la que reconozcan todos y cada uno de sus errores que cometieron en su caso. Finalmente, ordenaron que el centro médico organice un acto de perdón público a la familia, por los daños causados. La jueza también compulsó copias al Tribunal de Ética Médica para que investiguen posibles faltas disciplinarias del personal de salud.
El caso se ha convertido en un referente en Colombia sobre violencia obstétrica. En la decisión, Zapata también pidió que el expediente se remitiera a la oficina de Alta Consejería para la Equidad de Género, con el fin de que se impulse, desde el nivel nacional, una política de optimización en la prestación del servicio gineco-obstetra en el país. El plazo para cumplir cada una de las órdenes se cumple este miércoles, 31 de mayo. A partir de allí, su despacho comenzará el proceso de seguimiento al fallo.
Aunque la jueza Dunnia Zapata no ha cumplido el sueño de aprender a “volar”, quizás una de sus misiones en la vida es quedarse en su departamento para aportar desde la justicia. Así lo menciona ella: “En algún momento alguien me decía que si no me daba pena hablar de esta sentencia en otras partes del país, teniendo tantas falencias sistemáticas y tanta violencia en el Chocó. Y le dije que no, no me da pena, porque lo que quiero es que eso no siga sucediendo, que haya más consciencia sobre lo que representa la muerte de un bebé en una familia”.
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