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El caso de un perro que murió a manos de un integrante de la policía ha desatado opiniones divididas en el departamento de Nariño. El hecho se registró el pasado jueves, 6 de julio, en una calle del barrio Bellavista, en el municipio de Ipiales, frontera entre Colombia y Ecuador, donde un uniformado que estaba realizando actividades de patrullaje y control le disparó a un canino con su arma de dotación, al parecer, porque este lo iba a atacar.
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“Según el relato, y como se evidencia en algunas imágenes, el perro intento morder al funcionario, generando una reacción que infortunadamente ocasiono la muerte del canino de raza american bully. El uniformado se sintió amenazado por el canino, que se encontraba sin correa y sin bozal, considerado como un ejemplar de manejo especial, y que previamente había intentado morder a un habitante en condición de calle”, informó el coronel Wilson Siza Ramírez, a través de un video publicado en redes sociales.
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La muerte del perro ha generado una amplia polémica en la comunidad, con opiniones divididas sobre la actuación del funcionario. Algunos ciudadanos exigen una exhaustiva investigación para determinar si hubo un uso excesivo de la fuerza, mientras que otros respaldan la reacción del uniformado al sentirse amenazado por el animal.
Por su parte, el Comando de Policía de Nariño lamentó profundamente lo sucedido y se comprometió a colaborar plenamente con las autoridades judiciales encargadas del caso. “Este comando de Policía lamenta lo sucedido y estará presto a atender los requerimientos de las autoridades judiciales que correspondan”, declaró el oficial.
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¿Cuáles son los perros o razas de manejo especial en Colombia?
Según la Ley 1801 de 2016, se consideran perros de manejo especial o razas de manejo especial a aquellos que presenten una o más de las siguientes características:
1. Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros.
2. Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
3. Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos:
- American Staffordshire terrier.
- Bullmastiff.
- Dóberman.
- Dogo argentino.
- Dogo de Burdeos.
- Fila brasileiro.
- Mastín napolitano.
- Pitbull terrier.
- Pitbull terrier americano.
- Presa canario.
- Rottweiler.
- Staffordshire terrier.
- Tosa japonés.
Además, estos caninos deberán utilizar bozal y correa en las vías públicas, lugares abiertos al público y en las zonas comunes de edificios o conjuntos residenciales.
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El propietario asume la posición de garante de los riesgos que se puedan ocasionar por la sola tenencia del animal y por los daños que ocasionen a las personas, cosas, vías y espacios públicos y al medio natural en general. “El Gobierno reglamentará en un término de seis meses lo relacionado con la expedición de las pólizas de responsabilidad civil extracontractual que cubrirán este tipo de contingencias”, indica la Ley 1801 de 2016.
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