En sus primeros días de Gobierno, el presidente Abelardo de la Espriella ha tomado decisiones que ponen a Colombia en una posición vulnerable ante el multilateralismo. Lo hizo apenas inició su administración con la decisión de reconocer la soberanía de Israel en los Altos del Golán, yendo en contra del derecho internacional y el consenso mundial alrededor de ese territorio sirio que está bajo ocupación. Ahora, una semana después, persisten las dudas sobre el futuro de Colombia como país miembro de la Corte Penal Internacional (CPI). Según fuentes citadas por distintos medios de comunicación, esta semana la Cancillería de Omar Bula informaría la decisión del país de abandonar el tribunal internacional. A la espera de conocer una decisión definitiva al respecto, le contamos en qué consiste este tribunal y cuáles serían las implicaciones de abandonar ese espacio.
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¿Qué es la CPI?
Es un tribunal de última instancia para el enjuiciamiento de crímenes internacionales, como el genocidio, los crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad. Su tratado fundacional, el Estatuto de Roma, fue adoptado en julio de 1998. Cinco años después, en 2003, la corte inició con su labor. Desde entonces, juzga personas, no Estados, con el objetivo de trabajar en la rendición de cuentas y en la no repetición.
El tribunal no atiende cualquier tipo de criminalidad. Su énfasis está puesto en las sistemáticas violaciones a los derechos humanos que se cometen a gran escala en contra de una población en particular y enmarcadas en una política de Estado, recordó el analista internacional Fabián Cárdenas. También en los casos de exterminio de todo un pueblo o una raza, como sucedió en el Holocausto nazi, y en eventos de agresión, cuando hay una intervención militar en asuntos de otro Estado. De ahí se entiende que, “si bien aquí hay delitos que son sensibles para la sociedad, no son crímenes que en principio sean competencia de la corte”.
¿Cómo ha sido la relación entre Colombia y la CPI?
El país se adhirió al Estatuto de Roma el 5 de agosto de 2002, junto con una declaración que excluyó los crímenes de guerra de la jurisdicción de la CPI por un período de siete años. Es decir, fue a partir del 1 de noviembre de 2009 que tuvo competencia sobre aquellos de ese tipo que se cometieron en el territorio o a manos de colombianos. La jurisdicción sobre los demás crímenes enumerados en el Estatuto de Roma se inició el 1 de noviembre de 2002.
La situación de Colombia estuvo bajo examen preliminar desde junio de 2004 hasta 2021. Ese esfuerzo se centró en los crímenes cometidos en el contexto del conflicto armado interno, como asesinato, tortura, violencia sexual, utilización de niños para participar activamente en las hostilidades y privación grave de la libertad, así como en la existencia y autenticidad de los procedimientos nacionales con relación a ellos. Si bien en un momento el tribunal aseguró que encontró varias lagunas o deficiencias, luego determinó que las autoridades no podían considerarse inactivas, reacias o incapaces de investigar y enjuiciar de manera efectiva las conductas proscritas por el Estatuto de Roma.
¿Puede Colombia salirse de la CPI?
Sí, y lo debe hacer a través de un procedimiento técnico ante la secretaría del tribunal, mencionó Cárdenas. Luego de denunciar el tratado del Estatuto de Roma, empieza a correr el plazo de un año para el retiro. Ahora bien, Enrique Prieto-Ríos, profesor de Derecho Internacional en la Universidad del Rosario, recuerda que, aun si el país sale del tribunal, el Estado seguiría respondiendo por las obligaciones adquiridas mientras fue parte de él, incluyendo el año después de la denuncia, además de que no se eliminarían las obligaciones financieras. El retiro, entonces, no afectaría los asuntos que estén bajo consideración de la CPI antes de que la denuncia se haga efectiva.
Pero eso no es todo: en medio de la idea de sacar al país de la corte hay una discusión constitucional, y es que la sentencia C-578 de 2002 señaló que varios de los artículos del estatuto hacen parte del bloque de constitucionalidad. Además, el artículo 93 de la Carta Magna colombiana fue reformado expresamente para permitirle al país reconocer la jurisdicción de la CPI en los términos del estatuto. Así pues, en palabras del docente, “la protección de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y la prohibición y persecución de crímenes como genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra tienen fundamentos constitucionales e internacionales. Por eso, denunciar el estatuto no permitiría a Colombia desprenderse de esas obligaciones, ni significaría que esos crímenes dejen de estar prohibidos o que el Estado quede libre de investigarlos y sancionarlos”.
En resumen, aunque internacionalmente la denuncia del Estatuto de Roma podría realizarse mediante notificación del Ejecutivo colombiano, internamente eso podría dar lugar a una discusión constitucional importante y eventualmente al control judicial sobre la decisión presidencial.
¿Qué implicaciones traería la salida de Colombia de la CPI?
Prieto-Ríos aseguró que el cierre de la evaluación preliminar ocurrió porque se llegó a la conclusión de que Colombia estaba adelantando investigaciones y procesos genuinos y que, por aplicación del principio de complementariedad, no era necesario abrir una investigación formal ante la CPI. Eso envió una señal clave: el del reconocimiento internacional a la capacidad de las instituciones para investigar y juzgar los crímenes más graves. Además, Colombia y la Fiscalía del tribunal suscribieron un acuerdo de cooperación para mantener el diálogo y el acompañamiento institucional.
“Colombia es soberana y tiene el derecho de salirse”, agregó a la discusión Luis Moreno Ocampo, primer fiscal de la CPI (entre 2003 y 2012): “En el futuro tocaría ver cómo Colombia aborda el crimen organizado, si lo hace con militares o con la justicia, y eso es un problema serio”, a la luz también de la política marcada por Donald Trump desde Estados Unidos. Ahora bien, con o sin Colombia, “la corte seguirá adelante. No cambiará”.
La cuestión está en que ser parte del tribunal ha servido como un incentivo externo para fortalecer la justicia nacional, combatir la impunidad y dar legitimidad internacional a mecanismos como la justicia ordinaria y la Justicia Especial para la Paz, que también está bajo la mira de De la Espriella.
En palabras de Prieto-Ríos, “la relación con la corte ha permitido que el país sea presentado como un ejemplo de aplicación del principio de complementariedad: en lugar de sustituir a la justicia colombiana, la CPI ha buscado que sean las propias instituciones nacionales las que actúen”. Lo que está en juego es, entonces, el respaldo internacional, la cooperación judicial, la credibilidad institucional y la confianza en el compromiso de Colombia con la lucha contra la impunidad. Además, como acotó Cárdenas, el país, a no ser una potencia como Estados Unidos, depende del multilateralismo y de las buenas relaciones con los demás Estados. Entonces, si se retira del tribunal, Colombia quedaría aislada.
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