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Preocupa que se condicione nacionalidad por nacimiento a estatus migratorio: CIDH

Para la Comisión es preocupante que la nueva ley colombiana condicione el acceso a la nacionalidad por nacimiento al estatus migratorio regular de madres o padres.

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04 de noviembre de 2023 - 03:06 a. m.
Jornada de entrega de identificaciones a ciudadanos venezolanos residentes en Colombia.
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Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos Zuluaga
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resaltó positivamente la nueva ley de adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana (Ley 2332 de 2023), que entró en vigor en septiembre pasado.

Para el organismo, destacó “las facilidades para que las personas apátridas adquieran la nacionalidad por naturalización; y el otorgamiento de la nacionalidad a hijas e hijos que hayan nacido en territorio colombiano, tanto de personas reconocidas apátridas, como de aquellas protegidas por mecanismos temporales de regularización migratoria”.

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No obstante, para la Comisión es preocupante que la ley condicione el acceso a la nacionalidad por nacimiento al estatus migratorio regular de madres o padres en Colombia, así como la intención de permanecer en el territorio nacional por tres años ininterrumpidos.

“Este requisito afectaría de manera desproporcionada a hijas e hijos de personas en situación migratoria irregular o que no pueden regresar a sus países de origen o de residencia habitual, o que siendo titulares de una visa no cumplen con el término señalado”, dijo la Comisión.

Agregó: “Igualmente, generaría riesgos de apatridia para personas nacidas en territorio colombiano que no tengan acceso efectivo a otra nacionalidad, a causa de impedimentos legales u otros obstáculos que, en la práctica, impiden su adquisición”.

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Hay que recordar que Colombia ha recibido a casi 3 millones de venezolanos, que equivale a casi el 40 % de los siete millones de ciudadanos que han salido de ese país en busca de mejores oportunidades en los últimos años. Mientras que hay unos 2.000.000 de permisos por protección temporal aprobados en Colombia, se calcula que entre 300.000 y 800.000 personas permanecen de forma irregular.

En ese sentido, para evitar al máximo los casos o riesgo de apatridia, el organismo recomendó interpretar en un sentido amplio el concepto de “estancia regular” establecido en la ley.

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“El Estado debe inscribir a niñas y niños inmediatamente después de su nacimiento y otorgar la nacionalidad a toda persona nacida en su territorio si de otro modo resulta apátrida. Lo anterior significativa que, cuando no existe certeza sobre el acceso efectivo a otra nacionalidad, las autoridades deben considerar conceder automáticamente la nacionalidad colombiana, independientemente de la condición legal o migratoria de la madre y/o padre”, advierte la Comisión.

Esto, tras reconocer que Colombia ha implementado el programa “Primero la Niñez” para garantizar el derecho a una nacionalidad de niñas y niños, nacidos en territorio colombiano, de madre y padre venezolanos en casos puntuales; la Circular 167 de 2017, para responder a posibles situaciones de apatridia; y la reglamentación de un procedimiento para el reconocimiento de la condición de apátrida”.

A renglón seguido, la CIDH recordó la importancia de garantizar “un proceso participativo con actores relevantes en dicha reglamentación”.

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