Con el paso del tiempo WhatsApp se ha convertido en una herramienta de trabajo. Con la llegada de la pandemia del Covid-19 esta situación se acentuó.
Muchos trabajadores aseguran que este medio de comunicación les ha puesto un aviso de “siempre disponibles” que dificulta dividir su vida personal de su vida laboral.
Los grupos de WhatsApp permiten compartir información masivamente. Han desplazado al correo electrónico como el principal instrumento de comunicación corporativa.
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Así le ocurrió a un empleado del Hospital Puerta del Mar en Cádiz, España. El hombre mayor de 50 años hacía parte del grupo de trabajadores de una de las cafeterías del centro hospitalario.
Antes de su despido, el empleado enviaba por el grupo de WhatsApp los turnos de trabajo de sus compañeros, además de hacer la inspección de las actividades.
Lo que generó la salida de grupo de esta persona fue que sus superiores le pidieron a los 21 empleados enviar fotos y videos todo el día, todos los días para reportar sus labores.
Sus jefes le insistieron en volver a aceptar entrar al grupo (no podían obligarlo o hacerlo sin su consentimiento), pero el hombre se negó. Él alegó que el número de WhatsApp era personal y no dado por la empresa. No estaba sujeto a recibir información del trabajo en su celular privado.
Ante la negativa, los empleadores lo despidieron por medio de una carta enviada a su domicilio. La carta manifestaba que su despido se dio por problemas económicos de la empresa y no por negarse a volver a hacer parte del grupo de WhatsApp.
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El ahora ex empleado del Hospital Puerto del Mar denunció el hecho ante el sindicato de empleados de la compañía y la Confederación General del Trabajo (CGT), que es un sindicato anarcosindicalista español.
El hombre sostiene que sus derechos laborales fueron vulnerados. Los grupos sindicales señalan que se violó el artículo seis de la Ley Orgánica 3/2018 que protege los datos personales (como el número de WhatsApp) y garantía de los derechos personales (asegura que el tratamiento de datos sea adecuado).
Incluso afirman que el derecho a la desconexión digital y al respeto de la intimidad (artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2015) también fue trasgredido.
El trabajador no ha recibido una respuesta. La empresa Eurest Colectividades (la que administra las cafeterías del hospital) envió formularios a los empleados para que dieran su consentimiento a estar en el grupo de WhatsApp y sus datos personales fueran manejados por la compañía.
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