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La ley que autoriza la eutanasia en España entró en vigor este viernes, 25 de junio, con lo que el país se convierte en uno de los pocos del mundo en permitir a un paciente aquejado de una enfermedad incurable morir para poner fin a su sufrimiento. España es apenas el cuarto país del mundo que despenaliza la eutanasia, después de Holanda, Bélgica y Luxemburgo.
El texto “da respuesta a la demanda social existente en torno a este tema” y contiene “garantías” para acotar el recurso a la eutanasia, destacó el jueves el ministerio de Sanidad a propósito de ley, adoptada en marzo por el Parlamento.
La ley permite tanto la eutanasia -cuando el equipo médico provoca el fallecimiento del paciente- como el suicidio médicamente asistido, es decir cuando el paciente toma la dosis del producto prescrito para darse la muerte.
El texto prevé que toda persona aquejada de una enfermedad “grave e incurable”, o que sufra dolores crónicos incapacitantes, pueda pedir ayuda médica para morir y evitarse “un sufrimiento intolerable”.
Las condiciones son no obstante estrictas: la persona que lo pida debe ser capaz y “consciente” en el momento de hacer la demanda, que debe formularse por escrito y “sin presión externa”, y renovarse quince días más tarde.
El médico podrá rechazar la solicitud, si estima que no se cumplen los criterios, o hacer valer su objeción de conciencia. La solicitud deberá ser aprobada por otro médico y recibir el visto bueno de una comisión de evaluación.
La Iglesia católica y los partidos conservadores se opusieron a la medida. El Partido Popular, el principal de oposición al gobierno de izquierdas de Pedro Sánchez, presentó este jueves un recurso contra la ley ante el Tribunal Constitucional.
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¿Cuáles son los pasos?
Los pasos para pedir una eutanasia en España, según la organización Derecho a Morir Dignamente son los siguientes:
- PASO 1: Se realiza la petición al médico habitual informándole que quiere adelantar su muerte. El médico debe firmar la solicitud, incorporarla a la historia clínica y verificar que la petición cumple con los requisitos que marca la ley. Tras la primera petición se celebra un proceso deliberativo, de un máximo de 2 días, en el que médico y paciente deben discutir las alternativas terapéuticas disponibles, así como la posibilidad de acceder a cuidados paliativos. Esto último debe realizarse no más allá de los 5 días siguientes al inicio del proceso.
- PASO 2: La persona que pide la eutanasia debe realizar una segunda solicitud a su médico, con al menos 15 DÍAS de diferencia con la primera, para que el proceso pueda seguir su curso. Tras esta segunda petición se celebrará un segundo proceso de deliberación con los mismos plazos que el primero. El médico debe informar al equipo asistencial y familiares (si así se acuerda), y su paciente debe firmar un consentimiento informado.
- PASO 3: Tras la firma del consentimiento informado, el médico principal (médico responsable) debe ponerse en contacto con un segundo médico (médico consultor), sin relación con él ni con la persona solicitante, que debe evaluar si la petición cumple con los requisitos previstos por la ley.
- PASO 4: El médico consultor se entrevista con la persona solicitante y debe emitir un informe (favorable o desfavorable) en un máximo de 10 días, el cual se incorporará a la historia clínica.
- PASO 5: Si ambos médicos coinciden en que la petición de eutanasia se ajusta a lo previsto por la ley, el médico responsable remite un informe con toda la información a la presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación (CGE) autonómica.
- PASO 6: La CGE debe designar en 2 días un equipo formado por un médico y un jurista para que evalúen el caso.
- PASO 7: El equipo de la CGE tiene 7 días para elaborar un informe.
- PASO 8: Deben notificar su resolución a la Presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación.
- PASO 9: Si es favorable, deben notificárselo al médico responsable en 2 días.
- PASO 10: A partir de este momento, entre 30 y 40 días tras la petición original, ya se puede llevar a cabo la eutanasia en el momento en el que decida la persona que la solicitó (no tiene por qué ser inmediatamente después de recibir la autorización). Cinco días después de la asistencia para morir dignamente, el médico debe remitir a la CEG un informe sobre todo el procedimiento.
¿Cómo se puede solicitar una #Eutanasia? ¿Cuáles son los pasos que hay que dar? ¿A quién hay que presentarle la solicitud?
— Derecho a Morir Dignamente (@derechoamorir) April 6, 2021
Según la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), sería así 👇https://t.co/bQhK1PZg1A
Una larga lucha
“El derecho a morir dignamente y el derecho a vivir dignamente son compatibles, es más, son complementarios. Si se hiciera bien, sería tener cubierto todo el abanico de opciones que debería tener cualquier ser humano con relación a su propia vida”, argumenta a Efe Jorge Murillo, enfermo de Esclerosis lateral amiotrófica.
Los cuidados paliativos en España están lejos de tener la misma disponibilidad por paciente que el resto de países europeos donde también existe la eutanasia regulada.
”Nos consta que hay cerca de 75.000 enfermos españoles que se mueren cada año sin tener acceso a un servicio de cuidados paliativo”, afirma a Efe el médico especialista en esta área, Marcos Gómez Santos.Pese a la demanda social que ha llevado a España a la aprobación de esta ley, asociaciones provida como HazteOir.org y Derecho a Vivir se declaran en contra.
La ley deberá hacer frente también a los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el conservador Partido Popular (PP) y la formación de ultraderecha Vox, que votaron en contra de la norma, y que consideran que atenta contra un derecho fundamental como es el derecho a la vida.
”El (Tribunal) Constitucional tiene ahora en sus manos la obligación de garantizar el derecho a la vida y el Gobierno de desarrollar una ley de cuidados paliativos que proteja la vida, y que no nos lleve a una pendiente resbaladiza como ya se ha visto en los Países Bajos”, sostiene Rosana Ribera de Gracia, portavoz de Derecho a Vivir.
En 2019, las Comisiones Regionales de Verificación (CRV) de Países Bajos recibieron 6.361 notificaciones de eutanasia. Se trata del 4,2 % del número total de personas fallecidas ese año, lo que supone un aumento del 3,8 % respecto a 2018, según la Oficina Central de Estadística del país europeo.
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”No existe ni un solo dato que indique que en Países Bajos haya una pendiente resbaladiza, es decir, que la vida de nadie está en riesgo. Ni ha habido un solo homicidio, porque los médicos no se convierten en verdugos como dicen los integristas”, explica a Efe Fernando Marín, vicepresidente de Derecho a Morir Dignamente.U
La muerte voluntaria televisada del parapléjico Ramón Sampedro en 1998, inició en España el debate sobre la conciencia social por el derecho a morir con dignidad. Su caso resurgió en 2004 a raíz del éxito de la oscarizada película “Mar adentro”, inspirada en su vida, que fue protagonizada por el actor Javier Bardem.
Sampedro falleció tras ingerir un preparado de cianuro que le habían proporcionado, después de 29 años de enfermedad y tras perder la batalla legal que emprendió en 1993 para que se le aplicara la eutanasia. Él mismo grabó el vídeo de su muerte para que las personas que le ayudaron en los preparativos no fueran penalizadas.
Un caso que se ha visto replicado años después en la historia de Maribel Tellaetxe, una enferma de Alzhéimer, cuyo viudo, Txema Lorente, se convirtió en un reconocido defensor de la eutanasia en España.
”Mi mujer Maribel fue magníficamente atendida en los últimos meses, antes de morir, pero los cuidados paliativos nunca le devolvieron ni la autonomía ni el habla ni la memoria”, aseguró a Efe y remarcó a dificultad de regular la ley en relación a las enfermedades mentales.
”Ella decía que cuando ella no tuviera autonomía, cuando no nos conociera, cuando no supieran quiénes éramos cada uno, cuando no tuviera capacidad de amar; ella no quería vivir así, una pincelada de tristeza porque mi mujer, Maribel, no pudo disfrutar de este derecho”, explicó.