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Nacionalidad por matrimonio en España, Francia e Italia: requisitos y trámites

Si usted va a contraer matrimonio en Europa, estos son algunos países que le pueden otorgar la nacionalidad. Le explicamos los requisitos.

01 de marzo de 2024 - 11:13 p. m.
Imagen de referencia de una pareja casándose.
Imagen de referencia de una pareja casándose.
Foto: Cortesía

La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a determinada persona con el Estado y permite atribuirle la condición de ciudadano. La nacionalidad puede ser dada por nacimiento o por solicitud, bajo específicas condiciones. Aquí le contamos algunos países de Europa que permiten tramitar una nacionalidad por residencia o por matrimonio.

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Países donde dan nacionalidad por matrimonio

Nacionalidad por matrimonio en España

De acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, los extranjeros casados con una persona de nacionalidad española podrán solicitar la nacionalidad española por matrimonio.

Sin embargo, para esto deberá cumplir con mínimo un año de residencia legal en España y renunciar a su nacionalidad de nacimiento en países que no tienen convenio con España.

Nacionalidad por matrimonio en Italia

De acuerdo con la página oficial de la Embajada de Italia en Colombia, “el cónyuge extranjero de un ciudadano italiano puede solicitar la ciudadanía italiana bajo el artículo 5 de la Ley No. 91/92″. Esta se puede tramitar solamente si la persona reside en Italia, dos años después de la fecha del matrimonio o, en caso de residir en el extranjero, tres años después de la fecha del matrimonio (período que se reduce a la mitad si la pareja tiene hijos menores).

Sin embargo, la institución también aclara que, en el caso de una mujer extranjera casada con un ciudadano italiano antes del 27/04/1983, ella puede adquirir automáticamente la ciudadanía italiana, siempre que no haya habido sentencia de divorcio o que el cónyuge no haya fallecido antes de la fecha indicada.

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Nacionalidad por matrimonio en Francia

De acuerdo con la página oficial de la Embajada de Francia en Colombia, para recibir la nacionalidad por matrimonio debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener un matrimonio válido y no estar disuelto.
  • El día del matrimonio y en el momento de la declaración, el solicitante debe ser extranjero o apátrida.
  • En la fecha del matrimonio, el cónyuge del solicitante debe ser de nacionalidad francesa y haberla conservado sin interrupción hasta el día de la declaración.
  • La declaración puede registrarse después de un plazo de 4 años, a partir de la fecha del matrimonio, con la condición de que la convivencia afectiva y material entre los esposos haya sido permanente desde la fecha de la unión y aún se mantenga.
  • El período de convivencia es de 5 años si el solicitante no ha residido regular e ininterrumpidamente en Francia durante 3 años, desde la fecha del matrimonio, o si el cónyuge no se inscribió en el registro de los franceses que viven fuera del país durante la convivencia en el extranjero.
  • Demostrar por medio de un diploma o de un certificado, otorgado por una autoridad francesa, que tiene conocimiento suficiente de la lengua francesa.

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Documentos requeridos para la nacionalidad

Un aspecto que debe tener en cuenta es que si usted aspira a tramitar la nacionalidad, le pedirán una documentación específica para cada país. Sin embargo, algunos documentos comunes que pueden solicitarle son:

  • Acta de matrimonio
  • Certificado civil de nacimiento
  • Pasaporte vigente
  • Certificado de antecedentes penales
  • Certificado de domicilio
  • Pagar una tasa por el trámite.

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