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Un colombiano es condenado a cárcel en España por dejar sin un ojo a otro hombre

El joven de 19 años tendrá que indemnizar a la víctima, pagar la pena carcelaria y al terminarla será deportado a Colombia.

Agencia EFE

29 de marzo de 2023 - 03:06 p. m.
La suma que tendrá que pagar por la indemnización asciende a los 80 mil euros.
Foto: EFE
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El colombiano Juan Camilo L.C. ha sido condenado a cuatro años de cárcel en España y a su expulsión de país cuando cumpla la pena, pues se encuentra en situación irregular, por agredir a un enfermero que perdió un ojo cuando le pidió que se pusiera la mascarilla en el metro.

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El Periódico adelantó la sentencia, a la que este miércoles tuvo acceso EFE, en un caso con una notable repercusión mediática en España.

La Audiencia Provincial de Madrid le condena por agredir a un enfermero en el metro de la ciudad en 2021 tras exigirle que se pusiera la mascarilla, cuando era obligatoria en el transporte público por la covid-19, al considerarle autor de un delito de lesiones dolosas porque quiso pegarle, pero sin pensar que le podía causar la pérdida de un ojo.

Además, decreta su expulsión de España por diez años una vez cumplida la pena y le ordena pagar una indemnización de más de 76.000 euros a la víctima. La Fiscalía había solicitado ocho años de prisión y más de 80.000 euros de indemnización, al entender que el enfermero sufrió una lesión con pérdida de un órgano principal que es irreversible.

¿Cómo fueron los hechos?

El condenado, que entonces tenía 19 años, dijo en el juicio que sintió pánico y solo quería apartar a un hombre mayor que le había pegado, por lo que su abogada solicitó que fuera condenado por un delito de lesiones imprudentes, con el atenuante de consumo de sustancias estupefacientes.

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El enfermero agredido reconoció en el juicio que le golpeó para apartarle después de haber sido agredido, pero cuando todo parecía que había acabado y el joven se iba, volvió sin que le viera y le golpeó en la cara.

Las sentencia le considera responsable de un delito de lesiones dolosas con imprudencia grave, mientras que la Fiscalía veía voluntad deliberada en su conducta y la acusación particular le acusaba de tentativa de homicidio.

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El tribunal sostiene que la conducta del acusado fue dolosa en cuanto a la acción de dar un puñetazo, pero imprudente en lo referido al resultado final provocado, ya que el que le provocara el estallido del globo ocular era poco probable.

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Aún habiendo utilizado el acusado un teléfono móvil para golpear al enfermero, “no era altamente probable” que el impacto causara la pérdida de un ojo, señala. EFE

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