Publicidad

Corte le dice sí a la fiesta brava

En menos de seis meses la administración distrital deberá garantizar el regreso de las corridas de toros a la Plaza de Toros de Santamaría. Anilmalistas y Alcaldía quieren consulta popular.

Redacción Bogotá
03 de septiembre de 2014 - 05:06 a. m.
Hoy se cumple un mes de la huelga de hambre de siete novilleros en frente de la plaza de toros. / Cristian Garavito
Hoy se cumple un mes de la huelga de hambre de siete novilleros en frente de la plaza de toros. / Cristian Garavito

Después de dos años sin corridas de toros en Bogotá, la Corte Constitucional falló una tutela a favor de la Corporación Taurina de la capital y le ordenó al Distrito reanudar la fiesta brava en un plazo no menor a seis meses. Esta decisión se tomó justo un día antes de que se cumpliera un mes de la huelga de hambre de siete novilleros que se instalaron en frente de la Plaza de Toros de Santamaría.

La disputa comenzó en junio de 2012, cuando el alcalde Gustavo Petro dio por terminado el contrato de arrendamiento con la Corporación Taurina de Bogotá, que administraba la plaza de toros. Fue entonces cuando la Corporación instauró una tutela alegando una violación de los derechos al debido proceso y la libertad de expresión artística.

En el fallo, la Corte Constitucional le da la razón al demandante. Frente al debido proceso, dice el alto tribunal que “ni el marco legal para la realización de la tauromaquia ni los condicionamientos introducidos por la Corte Constitucional en la Sentencia C-666/10, faculta a la administración distrital para imponer la alteración de la estructura del espectáculo taurino para eliminar la muerte del toro, como tampoco para impedir la realización de espectáculos taurinos que cumplieran los requisitos constitucionales y legales”.

Según lo estipulado por la Corte, el Distrito “intervino indebidamente el contenido de la expresión artística y cultural a realizarse en la plaza de toros de Bogotá, cuyo suceso correspondía garantizar a la Corporación como organizador del espectáculo”. Así las cosas, el Distrito debe “disponer lo necesario para la reanudación del espectáculo taurino en la Plaza de Toros de Santamaría de Bogotá”. La resolución con la que el Distrito revocó el contrato con la Corporación Taurina quedó sin efecto.

Aunque la Corte no prohibió la realización de actividades culturales o recreativas en la plaza, sí determinó que el Distrito debe “restituir de manera inmediata” a la Santamaría “como plaza de toros permanente para la realización de espectáculos taurinos”. De hecho, le ordenó a la administración distrital “abstenerse de adelantar cualquier tipo de actuación administrativa que obstruya, impida o dilate su restablecimiento como recinto del espectáculo taurino en Bogotá”.

La fiesta brava, asegura el alto tribunal, debe regresar a Bogotá en sus fechas habituales, es decir, “en los primeros meses del año” y en “el Festival de Verano en el mes de agosto”. Las corridas deberán realizarse de manera “sucesiva y periódica”, pues, como argumenta la Corte, la plaza fue “reconocida como escenario taurino de primera categoría” en la Ley 916 de 2004.

En su providencia, la Corte reconoce que en el caso de la tauromaquia “existe un conflicto entre los valores de protección animal y de promoción de la cultura”. Por esta razón, señala, “la Corte debió realizar una armonización concreta en los condicionamientos de la Sentencia C-666 de 2010 (que protege a los animales), permitiendo la realización del espectáculo taurino como expresión cultural en lugares donde tuviera reconocido arraigo social”.

Sin embargo, no todo queda claro con el fallo. Como lo contó El Espectador, el Distrito invirtió $900 millones en los diseños de restauración y renovación de la plaza: el 50% de la edificación se encuentra en estado de vulnerabilidad, como lo señaló el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias (Fopae) durante la alcaldía de Samuel Moreno. Sobre este punto, dice el fallo del alto tribunal, “la sala se abstuvo de pronunciarse sobre aspectos meramente legales y consideraciones de tipo patrimonial, de competencia de otras jurisdicciones”.

Salvamento de voto

Uno de los magistrados que prefirió acudir al salvamento de voto en el fallo fue Gabriel Eduardo Mendoza, quien expresó que en la Sentencia C-889 de 2012 la Corte no eliminó las competencias de las administraciones en torno a la adopción de ciertas medidas respecto de este tipo de actividades. El jurista consideró que sí existe competencia por parte del Distrito para verificar el cumplimiento de la Sentencia C-666 de 2010, ante la “necesidad de hacer compatible la actividad taurina con el mandato de protección animal”.

Respecto al derecho a la libertad de expresión artística, Mendoza señaló que en este caso la Corporación Taurina se dedica a la difusión y promoción de la actividad taurina y ésta puede ser limitada cuando usen medios oficiales o de servicio público para ello, como es el caso de la Santamaría.

Reacciones

Andrea Padilla, vocera de AnimaNaturalis Colombia, dijo que el siguiente paso es “que el alcalde solicite la nulidad de la sentencia una vez se notifique, para lo cual tendrá un plazo máximo de tres días”. También agregó que los defensores de animales han sido enfáticos en que “la abolición de las corridas de toros en Bogotá no puede seguir en manos de los jueces ni quedar sujeta a una eterna discusión de interpretaciones jurídicas”, y que incluso, esta es una oportunidad para acudir al voto popular.

La secretaria general de la Alcaldía, Martha Lucía Zamora, ha señalado que la administración tiene todo listo para realizar una consulta popular que defina el regreso de las corridas de toros.

Felipe Negret, presidente de la Corporación Taurina de Bogotá, dijo ayer que “este es un fallo contra la arbitrariedad del alcalde al desconocer las normas que como representante a la Cámara falló a favor de los toros”. Negret espera que de la misma forma en que al alcalde se le respetaron sus derechos para que regresara a la Alcaldía, les devuelva la Santamaría a los taurinos. “Porque no puede ser que los fallos cuando son favorables para él los acate y cuando son adversos no los respete”.

Por Redacción Bogotá

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar