Hasta un año tendrán vendedores de cascos de motos para cumplir nueva normativa

El Gobierno exigirá que tanto productores como comercializadores cumplan, entre otras, con ensayos de visión periférica, rigidez y absorción de impactos.

-Redacción Bogotá -bogota@elespectador.com
28 de marzo de 2019 - 11:15 p. m.
Los proveedores tendrán una transición de un año para no ser sancionados / Pixabay
Los proveedores tendrán una transición de un año para no ser sancionados / Pixabay

El Ministerio de Transporte, en conjunto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, trabajaron durante los últimos dos años en la política de seguridad vial para motociclistas en el país, con el firme propósito de salvaguardar la vida de estos a través de una resolución que se firmó el pasado 19 de marzo. Esta nueva norma exige a los fabricantes, importadores, comercializadores y organismos de certificación de cascos el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los cascos en el país. ¿Cuáles son?

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Los comercializadores deben cumplir con unos requisitos mínimos de etiquetado y cumplir con los respectivos ensayos como visión periférica, rigidez, ángulo de apertura del visor, extensión de la coraza, ensayo de absorción de impactos y transmitancia luminosa, entre otros.

El viceministro de Transporte, Juan Camilo Ostos, informó que esta resolución no implica ninguna sanción a los motociclistas, pero sí a los proveedores de este elemento. Además, aclaró que "la Superintendencia de Industria y Comercio entrará a vigilar a partir del próximo 19 de marzo de 2020 a los comercializadores y exportadores para que vendan los cascos adecuados y que se ciñan a esta norma técnica”.

Esto quiere decir que los productores, importadores y vendedores de estos productos serán los responsables del cumplimiento de las normas técnicas. Tendrán un año de transición para que cumplan la norma técnica y proteger a los motociclistas de accidentalidades mortales, que solo el año pasado cobraron la vida de 3.126 motociclistas en las calles del país.

Adicionalmente, los motociclistas deberán portar cascos que cumplan la norma con una etiqueta en el que se especifique nombre del producto (casco para uso en motocicleta y vehículos afines); talla; país de origen; indicación del reglamento, estándar o norma técnica que cumpla los requisitos; importador o fabricante, con su razón social; número de lote y fecha de producción. Esta información podrá venir en idioma inglés.

Según la organización Mundial de la Salud (OMS), el uso de casco certificado de forma adecuada disminuye el riego y gravedad del traumatismo en un 72 % y la probabilidad de muerte en un 39 %.

 

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