A finales de noviembre del 2018 el alquiler de monopatines eléctricos se popularizó en Bogotá, situación que llevó al Distrito a emitir la Circular 006: documento que fija el límite de velocidad y las zonas de parqueo de estos vehículos.
En efecto, según el Código Nacional de Tránsito Terrestre las patinetas se clasifican como vehículo, razón por la cual no se pueden estacionar en espacios públicos para peatones, en vías principales, puentes, en ciclorutas, en curvas ni a 30 centímetros de la acera.
Frente a esta regulación, el secretario de Movilidad informó que “quienes no sigan las recomendaciones de estacionamiento, podrían ser sancionados con la inmovilización de su vehículo”.
De hecho, hace una semana la Secretaría de Movilidad emitió un proyecto de resolución que establece normas más claras y otras condiciones generales sobre estos vehículos. Sobresale que para los parqueaderos se determinaría que los prestadores del servicio deberán acogerse a las áreas de las calzadas vehiculares designadas por la entidad (la Secretaría de Movilidad). Estos espacios no podrán ser adecuados sobre vías, frente a rampas, embajadas, instituciones militares, bancos, entradas de hospitales o acceso a predios.
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A partir de reuniones con las empresas interesadas, como Grin y Lime, se publicó un borrador de resolución para la adopción del protocolo para el alquiler, préstamo o uso compartido de bicicletas o patinetas. En las próximas semanas se expedirán los actos administrativos requeridos para empezar a otorgar permisos de operación.
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