Prohibir consumo de alcohol en espacios públicos afecta al comercio de licor: Fenalco

La entidad pide al Distrito modificar el proyecto de decreto, ya que como está publicado, "viola el derecho a la libertad económica contemplada en la Constitución" para los establecimientos que venden bebidas embriagantes en la ciudad.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com
28 de agosto de 2019 - 05:39 p. m.
Archivo El Espectador
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Este miércoles el Distrito publicó el borrador del decreto que busca prohibir el consumo de sustancias psicoactivas y alcohol en el espacio público de Bogotá. Para que entre en vigencia, es necesario que la ciudadanía presente sus observaciones y sugerencias, y las de Fenalco Bogotá no se hicieron esperar.

Contexto: Proyecto de decreto busca prohibir consumo de drogas y alcohol en espacio público de Bogotá

El gremio asegura que, si bien celebra el propósito del proyecto, que es mitigar el consumo de sustancias psicoactivas en menores de edad, tal como está redactado, afectaría a establecimientos comerciales como tiendas y bares que venden licor en la ciudad. 

Esto teniendo en cuenta que, el decreto dicta que no podrá consumirse bebidas embriagantes ni sustancias psicoactivas ilícitas en todos aquellos espacios públicos a cielo abierto o cerrado, y espacios privados que trasciendan a lo público.

" Así afectaría de manera directa a establecimientos comerciales como tiendas, bares o negocios que vendan licores, pues son espacios privados que trascienden a lo público. Por lo tanto, en caso de firmarse tal como está redactado, viola el derecho a la libertad económica contemplada en la Constitución", advierte Fenalco.

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Es por esto que el director de Fenalco Bogotá, Juan Esteban Orrego, hizo un llamado al Distrito a modificar la redacción del borrador, al resultar inconveniente para el comercio de la capital. "Aplaudimos la restricción de sustancias ilícitas en parques; pero nos preocupa que están midiendo con el mismo racero las sustancias legales con las ilegales. Cuando hablamos de sustancias ilegales no podemos hablar o referirnos a bebidas alcohólicas, que son legales y hacen parte de nuestra economía. Es por eso que al leer el parágrafo en mención se da por entendido intervenir al sector comercial y eso es absolutamente inconveniente” señaló.

Lea el proyecto de decreto en el link:  https://scj.gov.co/es/proyectos-decreto.

Algunos de las plazas y espacios de alto flujo de personas en los que regiría la norma son la Plaza de Bolívar, Lourdes, el Parque de los Periodistas, Plaza de Usaquén, Chorro de Quevedo, Maloka, Plazoleta de la Universidad del Rosario, Plazoleta de la calle 85 con carrera 15, entre otros. 

Quienes incumplan la norma, deberán pagar una multa de $220.838, la cual podrá conmutar con un curso pedagógico o participando en un programa comunitario.

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