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Tribunal de Cundinamarca confirma medidas cautelares contra proyecto Lagos de Torca

El Ministerio de Ambiente debe realizar un estudio técnico en nueve meses para determinar si los desarrollos urbanísticos que se planean en esta zona cumplen o no con los lineamientos ambientales.

Redacción Bogotá
13 de julio de 2020 - 08:02 p. m.
La solicitud de nulidad fue hecha por la concejal María Fernanda Rojas (Alianza verde).
La solicitud de nulidad fue hecha por la concejal María Fernanda Rojas (Alianza verde).

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó las medidas cautelares a tres de los 34 planes parciales que tiene el proyecto urbanístico Lagos de Torca, en el norte de Bogotá, las cuales habían sido apeladas por el Distrito (administración Peñalosa) y el Ministerio de Ambiente en diciembre del año pasado.

>>>Contexto: Ponen medidas cautelares a tres planes parciales en Lagos de Torca

Con la decisión, el Tribunal le dio la razón a la demanda de nulidad presentada por la concejal María Fernanda Rojas, quien solicitó que se no se desarrollaran ni autorizaran dichos proyectos antes de que el Ministerio de Ambiente realice un estudio técnico en nueve meses, para determinar si los desarrollos urbanísticos en esta zona cumplen con los lineamientos ambientales, es decir, con los usos permitidos en zonas protegidas.

La fundamentación jurídica de la demanda se concreta en que la franja AP-2, comprendida entre las calles 222 a 235 de la capital, es suelo de protección ambiental y, por lo tanto, no puede ser urbanizada y debe ser excluida del proyecto.

>>>Lea: ¿Peñalosa fue el alcalde de los constructores?

“La importancia de esta franja en materia ambiental reside principalmente en que es la conexión entre la zona oriental y occidental de la reserva Van Der Hammen, además de que es suelo rural protegido”, señala Rojas.

Además, en la demanda la concejal advierte que al incluir estos suelos dentro del proyecto de Torca se estaban violando variedad de normas y jurisprudencia. Una de ellas, el POT vigente, el cual le otorga la calidad de área protegida. “Se infringe también la Ley 99 de 1993, que le da a la sabana de Bogotá la calidad de interés ecológico nacional y, por lo tanto, debe tener una destinación prioritaria a usos agropecuarios y forestales; y la Ley 388 de 1997, que otorga superior jerarquía a las normas que protegen el medio ambiente”, dicta la demanda.

Contexto

El proyecto comprende 1.803 hectáreas en el norte de la ciudad, en la que se pretenden habilitar suelo para la construcción de 180.000 viviendas, de las cuales 60.000 serán de interés social.

También se espera consolidar el parque Metropolitano Guaymaral y la recuperación del humedal y la conectividad de los cerros, así como se destinarán 300 hectáreas para vías, entre ellas avenidas Boyacá y Ferrocarril (carrera novena), la Autopista Norte y la Carrera Séptima y se construirán las avenidas Arrayanes (calle 209), Guaymaral (calle 235), Polo (calle 200) y El Jardín (Calle 222). 

Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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