"Universidades no podrán realizar examen de Estado a abogados": Corte Constitucional

Solo el Consejo Superior de la Judicatura podrá realizar el examen, ya no las instituciones de educación superior.

- Redacción Vivir
20 de diciembre de 2019 - 04:57 p. m.
En Colombia hay 350 abogados por cada 1.000 personas. / Flickr
En Colombia hay 350 abogados por cada 1.000 personas. / Flickr

La Ley 1905 del 2018, que creó el examen de Estado para poder ejercer la profesión de abogado, la Corte Constitucional determinó que las instituciones de educación superior no pueden realizar la prueba a los estudiantes de Derecho.

De acuerdo con el portal Ámbito Jurídico, la norma decía que eran el Consejo Superior de la Judicatura y  las  universidades acreditadas como "de alta calidad" las encargadas de realizar esa evaluación. Gracias a una acción de tutela por inconstitucionalidad presentada ante la Corte Constitucional, solo el Consejo Superior de la Judicatura podrá hacer la evaluación. 

También cambia quienes deben presentar el exámen. La prueba solo la realizarán los abogados graduados que deseen ejercer la representación de teceros en cualquier tipo de trámite, y los estudiantes que iniciaron su carrera después de lapromulgación de la ley (es decir, 28 de junio de 2018). 

Según el portal especializado en educación Universidad, " se avaló la constitucionalidad del examen, en virtud de la potestad de configuración del legislador para prever requisitos adicionales para el ejercicio de una profesión, en especial para aquellas que tienen un riesgo social implícito".

Los magistrados que rechazaron la decisión ofrecieron distintas razones: porque la nueva sentencia a infiere que las universidades deben actualizar los planes académicos para que los estudiantes aprueben el examen; porque crea una nueva norma (pues implica la reglamentación de la manera como debe llevarse a cabo el examen) y porque el requisito debería ser acreditado por funcionarios públicos, consultores, asesores, etc. No solo por quienes representen a terceros, pues los profesionales del Derecho deben cumplir con estándares de acreditación e idoneidad. 

Desde que se promulgó la ley, recibió críticas por parte de algunas Facultades de Derechos del país que aducían que la norma viola el derecho fundamental a la igualdad, al imponer un requisito a los nuevos estudiantes de derecho que no tuvieron que cumplir los que ya se graduaron; el derecho al trabajo, debido a que no es clara respecto de si se podrán realizar  aquellas actividades para las cuales no se requiere tarjeta profesional; y del derecho a la autonomía universitaria, por cuanto son las universidades, y no el Estado, las que deben establecer y aplicar los recursos para el cumplimiento de su labor y función institucional, según registró Revisa Semana. 

Por - Redacción Vivir

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