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El día de la Tierra: paradigmas, discursos y derecho internacional

La sostenibilidad no es solamente para los ambientalistas, sino que es un concepto que no se pudo contener y permeó e invadió paradigmas y a las ciencias jurídicas.

*Fabián Cárdenas PhD / @fbncardenas
22 de abril de 2021 - 06:28 p. m.
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Vivimos en una sociedad que asume construcciones sociales como realidades inmutables. Se cree que tal como los objetos caen al suelo a 9,8 metros por segundo, o el agua alcanza su punto de ebullición 100 ℃, es apenas natural aceptar la propiedad privada y su acumulación ilimitada, así como el agotamiento de los recursos naturales por parte de quienes demuestran tener derechos soberanos o de propiedad sobre los mismos. Al fin y al cabo, hay derecho que respalda estas realidades. Sin embargo, como lo expone de forma detallada John Dryzek en The Politics of the Earth, dichas construcciones sociales solo son discursos vigentes operando en medio de un paradigma imperante.

El paradigma bajo el cual opera el conocimiento social en la actualidad es el de la industrialización. Es un escenario fabricado que se origina en el concepto mismo de la propiedad privada defendida desde tiempos antiguos por el mismo Aristóteles como antítesis a los postulados de colectividad de Platón, y que toma forma y se delinea posteriormente en los planteamientos del Estado liberal mucho más detallado que proporciona el considerado padre de la economía, Adam Smith.

Este paradigma, a su vez determina el derecho, la política y la economía, y construye las bases de una sociedad jalonada por la aspiración de la maximización de los recursos, el aumento de la generación de valor, en contextos de libre mercado, y competencia. También se manifiesta a través de posicionados conceptos que van apareciendo en diversos momentos históricos y contextos disciplinares como la “civilización” –muy propio del derecho internacional clásico-, el desarrollo -vara de medir del sistema de Naciones Unidas-, o el bienestar y crecimiento económico -tal como lo contienen los contemporáneos tratados bilaterales de inversión-.

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Sin embargo, cuando estas construcciones sociales se observan desde una perspectiva más amplia, y se analizan con las herramientas que brinda la ciencia del conocimiento que nos propone Thomas Kuhn, es posible reconocer la gran diferencia que existe entre los objetos que caen por cuenta de la fuerza de gravedad, y la sociedad de consumo que damos por sentada. Lo primero son leyes naturales respecto de las cuales la humanidad hace ejercicios apenas descriptivos, lo segundo son creaciones humanas que pueden ser fabricadas a imagen y semejanza del hombre. Y más allá de su valor axiológico, son obras que pueden ser modificadas, ajustadas o incluso destruidas y reemplazadas cuando las mismas necesidades esenciales de la humanidad así lo demanden.

Aun dentro del paradigma de la industrialización, en el cual vivimos para bien o para mal, existen discursos que han emergido a fin de reivindicar espacios para la protección del ambiente. Dentro de los mismos pueden contarse el de la solución de problemas ambientales, que busca atender necesidades de degradación ambiental sin afectar las aspiraciones del desarrollo y libre mercado; el de supervivencia, que busca reconciliarlos; el radicalismo verde -volcado en perspectivas esencialmente ecocéntricas-; y el de la sostenibilidad, que sin duda es el discurso dominante a través del cual las ciencias sociales (derecho, política, economía, etc.) buscan propender por la protección ambiental dentro de los confines del paradigma vigente.

En ese contexto, la Comisión Brundtland de la ONU, de la cual hizo parte la colombiana Margarita Marino de Botero, definió en 1987 el Desarrollo Sostenible como la posibilidad que tienen las generaciones presentes de satisfacer sus necesidades sin impedir que las generaciones del futuro satisfagan en igual medida también las suyas. Este concepto de sostenibilidad buscó inicialmente proveer una solución conceptual a la pugna entre países desarrollados y países en vías de desarrollo respecto de las necesidades e intereses diferenciales de protección ambiental por un lado y, desarrollo económico por el otro.

Aunque al inicio fue una propuesta técnica, se incluyó no solo como un principio de derecho suave de la Declaración de Rio sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1992, sino que es hoy la esencia de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU -inspirados por la también colombiana Paula Caballero-, así como una verdadera norma de costumbre internacional jurídicamente vinculante, tal como lo confirmó la Corte Internacional de Justicia en el Caso Gabcikovo – Nagymaros de 1997 y en jurisprudencia posterior.

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La sostenibilidad, no siendo necesariamente un concepto perfecto o acabado, si es el discurso vigente por medio del cual se sustentan y satisfacen las necesidades de protección ambiental dentro del esquema del paradigma de la industrialización. Como discurso es también construido, pero su solidez actual se debe al hecho de ser considerado un principio consuetudinario. Para algunos, incluso una norma de jus cogens (o inderogable) del derecho internacional, lo que implica que sus efectos no solo se dan dentro del limitado espacio del derecho ambiental, sino que se extienden a donde llega el accionar del paradigma. La sostenibilidad no es solamente para los ambientalistas, sino que es un concepto que no se pudo contener y permeó e invadió las ciencias jurídicas en su conjunto y cada una de sus especialidades, así como lo hizo con la economía, las ciencias políticas, las relaciones internacionales y cada una de las ciencias sociales conocidas.

La sostenibilidad es una exigencia de supervivencia, una demanda a la conservación y preservación del recurso más valioso y sagrado que posee la humanidad, como la biota misma. Actualmente es un discurso, firmemente anclado no solo en aspiraciones políticas, sino en normas jurídicamente vinculantes de suprema jerarquía a las cuales debe ajustarse las dinámicas globales de la sociedad dentro del paradigma vigente. Pero, ¿no será esto también un llamado para transitar hacia un nuevo paradigma? Tal vez la humanidad necesita nuevos conceptos, entendimientos y realidades que se construyan a partir de la valoración ponderada de nuestro máximo recurso. Tan frágil, finita, escasa, limitada, pero a la vez preciosa, irremplazable, incomprensible, inconmensurable: la Tierra.

*Fabián Cárdenas PhD

Profesor Investigador de Derecho Internacional Ambiental del Centro de Estudios en Derecho y Sostenibilidad de la Pontificia Universidad Javeriana.

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Por *Fabián Cárdenas PhD / @fbncardenas

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