Admiten demanda contra nombramiento de Jaime Castro como embajador en la OCDE

El demandante es el senador Antonio Sanguino, quien asegura que el presidente Iván Duque nombró embajador antes de que Colombia, siquiera, hubiera entrado a la organización internacional.

Redacción Judicial
15 de noviembre de 2019 - 02:17 p. m.
Según el senador Sanguino, Castro no tiene la experiencia para ocupar el cargo.  / Archivo El Espectador
Según el senador Sanguino, Castro no tiene la experiencia para ocupar el cargo. / Archivo El Espectador

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió la demanda que instauró el senador Antonio Sanguino contra la designación del exalcalde de Bogotá, Jaime Castro, como embajador plenipotenciario ante la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Según el congresista, Castro, por un lado, no es un funcionario de carrera diplomática y, por ende, no podría ocupar el cargo; y, por otro lado, fue nombrado por el presidente Iván Duque como embajador ante la OCDE sin que siquiera Colombia hubiera entrado todavía a esa instancia internacional.

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En la demanda que instauró Sanguino ante el Tribunal, reprocha dos cosas del nombramiento, que se dio el pasado 9 de septiembre. En primer lugar, asegura que el presidente y el excanciller Carlos Holmes Trujillo incurrieron en una “falsa motivación” al designar a Castro como embajador extraordinario y plenipotenciario ante la OCDE, a través del decreto 1631 —de una página de extensión—. 

Según la demanda, “no existe claridad sobre la adhesión de Colombia a la OCDE, ni el postulado normativo, que autoriza la creación de la misión permanente, evidenciándose en este sentido, que se realiza un nombramiento sin tener en cuenta los postulados jurisprudenciales y normativos que lo respalden, no justificándose la necesidad del servicio, ni la insuficiencia de funcionarios de carrera para ocupar el cargo descrito”.

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Por otro lado, Sanguino asegura que, con la designación, el gobierno está violando normas superiores. En concreto, el Decreto Ley que regula las funciones diplomáticas en Colombia y crea un marco normativo bajo el cual se rigen todos los empleados de carrera con los que cuenta la Cancillería; pero también, según el congresista, se vulneró la Constitución misma, que obliga a que todos los tratados internacionales surtan una revisión del Congreso y de la Corte Constitucional.

El congresista del Partido Verde dice que cuando el Gobierno nombró embajador a Castro no revisó si había funcionarios dentro de la misma Cancillería con las capacidades y la trayectoria para ocupar ese cargo. Y, a renglón seguido, cita una respuesta del propio Ministerio de Relaciones Exteriores en la que le cuentan al senador que, por lo menos cincuenta funcionarios dentro del escalafón están en la categoría de embajador, pero no todos están ocupando un puesto con ese rango. “Esta situación —dice Sanguino— viola el espíritu y la letra de lo dispuesto en el Decreto y abundante jurisprudencia, que establecen la provisionalidad como una excepción y no como la regla".

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Asimismo, Sanguino asegura que, para cuando Duque nombró a Castro, el Estado colombiano ni siquiera había entrado a la OCDE. Esta situación, según explica la demanda, se da porque todavía la Corte Constitucional no había fallado si los términos bajo los que el gobierno Santos entró a la organización internacional eran acordes con nuestra carta política o no.

“Es claro que el Gobierno Nacional —continúa el escrito— ha desconocido la etapa de manifestación del consentimiento internacional de obligarse por el tratado; toda vez que realiza la creación de misiones permanentes y la designación de persona para esta”, antes de que hubiera culminado el proceso de entrada formal, que se dio con la luz verde del alto tribunal el pasado 22 de octubre.

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La demanda deberá ser estudiada por la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi, quien, una vez contesten las diferentes entidades de gobierno relacionadas, como Presidencia, Cancillería, y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, emitirá un fallo que puede llegar a tumbar a Castro. Esa decisión podrá ser apelada por cualquiera de las partes y tendría una segunda instancia en el Consejo de Estado.

Por Redacción Judicial

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