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Corte ordenó reintegrarle la vivienda a la familia de un indígena desterrado por la comunidad

El alto tribunal advierte que las “penas aplicadas a indígenas no pueden extenderse a sus familiares”.

Redacción Judicial
12 de agosto de 2015 - 02:03 a. m.

La Sección Tercera de Tutelas de la Corte Constitucional ordenó el reintegro inmediato de la vivienda y las tierras a las familiares de líder indígena que fue desterrado por la Asamblea General del Resguardo Indígena Tamas Páez La Gabriela, ubicado en el corregimiento del Caguán, municipio de Neiva.

Al estudiar la acción judicial, el alto tribunal indicó que se la misma comunidad debía devolver la casa a los familiares de José Ramiro Rojas Ramírez, la cual fue quemada después que la Asamblea decidiera sancionarlo con la máxima pena de su jurisdicción: el destierro.

La decisión se tomó debido a la actitud de Rojas González y la violación de faltas contra el reglamento interno de la comunidad, así como su carácter conflictivo, indebida interferencias en las decisiones del Cabildo y la búsqueda de beneficios personales en contra de la comunidad.

Pese a que la Corte respeta la decisión tomada por la Asamblea consideró que en el caso materia de estudio se determinó que al incendiar su vivienda, en la que convivía con su esposa y su hija, se presentó una vulneración de los derechos de su familia.

“Lo cierto es que al haber quemado el lugar en el que residía, no solamente él, sino su núcleo familiar, se terminó afectando, de manera grave, la situación de todos los miembros de la familia, quienes se han visto desprovistos tanto de su vivienda como de la tierra de la cual derivaban su sustento”, precisa el fallo.

Ante esto se indica que “la fuerza de esta circunstancia los ha llevado a tener que buscar refugio por fuera del territorio del resguardo, a pesar de que ellos no han sido objeto alguno al interior de la comunidad y, en consecuencia no podían ser sujetos de sanciones por parte de ella”.

Por Redacción Judicial

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