Denuncian que Estado no ha cumplido con indemnización por caso ocurrido en 1988

El 21 de julio de 2010, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que Colombia era responsable por la muerte de James Zapata Valencia y José Heriberto Ramírez Llanos. Sin embargo, un error aritmético ha retrasado el pago de la indemnización.

Redacción Judicial
15 de agosto de 2017 - 06:45 p. m.
Los cuerpos fueron encontrados el 23 de marzo de 1988, torturados y abaleados, en la Finca "Taparcal" del municipio de Palestina (Caldas). / Archivo El Espectador.
Los cuerpos fueron encontrados el 23 de marzo de 1988, torturados y abaleados, en la Finca "Taparcal" del municipio de Palestina (Caldas). / Archivo El Espectador.

Siete años después de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyera en un informe de fondo que el Estado era responsable de la desaparición forzada y posterior ejecución extrajudicial de James Zapata Valencia y José Heriberto Ramírez Llanos, la Nación no ha pagado la correspondiente indemnización a los familiares. Según la Comisión Colombiana de Juristas, los padres de Ramírez Llanos murieron sin ver justicia y la madre de Zapata Valencia está a punto de fallecer en las mismas condiciones.

El 22 de marzo de 1988, ambos hombres fueron retenidos por varios individuos que se identificaron como agentes del F-2 de la Policía Nacional, en Manizales (Caldas). Desde ese día, sus familiares no volvieron a tener conocimiento sobre el paradero de los jóvenes. Por esta razón, sus familiares procedieron a activar los mecanismos judiciales correspondientes, los cuales fueron negados.

Días posteriores a la desaparición, el periódico La Patria publicó una información sobre el hallazgo de dos cuerpos, señalados como N.N., que habían sido encontrados el 23 de marzo de 1988, torturados y abaleados, en la finca Taparcal del municipio de Palestina. Debido a las fotografías publicadas en el periódico, y a la descripción que se hacía de la ropa con que fueron hallados los cuerpos, los familiares manifestaron que podía tratarse de los jóvenes.

Posteriormente, la Comisión Colombiana de Juristas presentó el 16 de julio de 1991 una petición contra el Estado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por la desaparición forzada de Zapata Valencia y Ramírez Llanos. El 21 de julio de 2010, la Comisión determinó que el Estado era responsable de la desaparición y ejecución extrajudicial de estas dos personas y recomendó el pago de una indemnización a los familiares de las víctimas. El Estado acogió el informe de fondo y decidió conciliar.

La Comisión Colombiana de Juristas manifestó que en el 2012 inició el proceso de conciliación para lograr el pago de la indemnización ordenada por la Comisión Interamericana. Después de múltiples dificultades con las entidades estatales, el 13 de abril de 2017, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca aprobó la conciliación entre el Departamento Administrativo de Presidencia de la República (Dapre), el Ministerio de Relaciones Exteriores y los representantes de las víctimas para el pago de la indemnización.

Sin embargo, tras la  presentación de la cuenta de cobro el 9 de junio de 2017, el Dapre identificó un error aritmético (correspondiente a $100.000) en el documento de conciliación y solicitó al Tribunal que corrigiera el documento. En ese sentido, la Comisión Colombiana dice que el Tribunal no ha corregido el documento y el Dapre se está excusando en dicho error para retrasar el pago.

“La situación es particularmente grave dado que la señora Mariscela Valencia de Zapata –madre de James Zapata Valencia– tiene 89 años y se encuentra en delicado estado de salud; el pago de la indemnización no sólo le aliviaría la carga económica de su atención médica, sino que permitiría que ella viera justicia tras casi 30 años de ocurridos los hechos, para que no se repita lo ocurrido con los padres de José Heriberto Ramírez (la otra víctima del caso) quienes murieron el año pasado sin ver que se lograra justicia por la ejecución extrajudicial de su hijo”, señaló la Comisión Colombiana de Juristas.

Por Redacción Judicial

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