El último adiós para Marco Gerardo Monroy, expresidente de la Corte Constitucional

Conocido como un jurista conservador y riguroso, se abstuvo de darle el sí a la despenalización del aborto, al tiempo que defendió que las parejas del mismo sexo tuvieran seguridad social, tema que en la década pasada era prácticamente tabú. Falleció este jueves 19 de diciembre.

Redacción Judicial
20 de diciembre de 2019 - 01:40 p. m.
Marco Gerardo Monroy, expresidente de la Corte Constitucional, fue escritor de 39 libros. Muchos de ellos han tenido más de 15 ediciones. / Foto de Monroy: Academia Colombiana de Jurisprudencia.
Marco Gerardo Monroy, expresidente de la Corte Constitucional, fue escritor de 39 libros. Muchos de ellos han tenido más de 15 ediciones. / Foto de Monroy: Academia Colombiana de Jurisprudencia.

Marco Gerardo Monroy Cabra tenía miles de libros en su biblioteca. Durante años, esa fue una de sus pasiones: leer sobre historia, sobre literatura y, sobre todo, sobre derecho. En sus estantes alcanzó a colocar 39 obras de su propia autoría. Fue también, por más de 45 años, profesor universitario, por lo que sus escritos eran sobre introducción al derecho, tratados de derecho internacional y derecho internacional público. Comenzó su carrera en la rama judicial desde el primer piso, como juez civil municipal de Bogotá, y llegó al último, como magistrado de la Corte Constitucional. Organismo que, este jueves 19 de diciembre, le dio el último adiós.

“La Corte Constitucional lamenta profundamente el fallecimiento del ex presidente de esta corporación, doctor Marco Gerardo Monroy Cabra y envía un mensaje de condolencia a su familia. El doctor Monroy Cabra fue uno de los principales juristas colombianos, cuya trayectoria y aportes a la academia y al servicio público le aseguran un lugar central en la historia jurídica del país”, publicó el alto tribunal en su página web, dejándole así saber al país la partida de Monroy Cabra, abogado de la Universidad del Rosario, colegial mayor de esta y exdecano de su facultad de Jurisprudencia. Su carrera incluyó, igualmente, ser árbitro de la Cámara de Comercio de Bogotá.

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En la Corte tuvo que resolver casos de todo tipo. Fue ponente, por ejemplo, de una tutela que presentó una diseñadora gráfica en contra de la Universidad Militar Nueva Granda, proceso con el que reiteró la protección reforzada a las mujeres en estado de embarazo. A ella, que trabajaba por prestación de servicios, le informaron que su contrato sería terminado apenas naciera su hija, y un mensaje de voz en su celular semanas después del parto que le dejó una mayor se lo reconfirmó: “(Mi coronel) necesita que tu mandes la carta diciendo lo de la terminación de tu contrato a partir de la fecha en que tuviste la bebé, para que no te vayan a pagar ese dinero”.

“La Constitución ha reconocido que la mujer en estado de embarazo y en periodo de lactancia, por su especial situación de vulnerabilidad, es acreedora de una particular protección por parte del Estado y de la sociedad, como manifestación del derecho que tienen las mujeres a la igualdad, a no ser discriminadas por encontrarse en estado de gravidez”, escribió en su sentencia de mayo de 2004 Monroy Cabra, quien pidió proteger los derechos de la diseñadora gráfica y le ordenó instaurar una acción laboral para resolver los pagos pendientes de prestaciones sociales. El fallo fue acogido por sus compañeros de sala, Eduardo Montealegre y Álvaro Tafur Galvis.

En una tutela de 2001, al abordar el caso de un hombre de 70 años que tenía catarata en uno de sus los ojos y a quien Coomeva EPS, aunque le autorizó la operación, no le cubría el lente intraocular que debían implantarle en la cirugía ni el medicamento que le recetó el cirujano. La catarata era progresiva y muy avanzada, pero el hombre le dijo a la justicia que no tenía la capacidad de asumir esos costos y, así, se puso en riesgo su salud. “El concepto de vida que ha guiado la jurisprudencia de la Corporación, no es  un concepto limitado a la posibilidad de existir o no, sino fundado en el principio de la dignidad humana”, escribió Monroy Cabra en el proyecto de fallo que fue aprobado.

“El derecho fundamental a la vida que garantiza la Constitución -preámbulo y artículos 1, 2 y 11-, no se reduce a la mera existencia biológica, sino que expresa una relación necesaria con la posibilidad que les asiste a todas las personas de  desarrollar dignamente todas las facultades inherentes al ser humano”, insistió Monroy Cabra, quien, en 2007, marcó historia al llevar a la Sala Plena de la Corte un borrador de fallo que derivó en una decisión esencial para la comunidad LGBT. Era sobre la demanda de constitucionalidad que se había presentado en contra del artículo 163 de la Ley 100 de 1993, que dice: “El Plan de Salud Obligatorio de Salud tendrá cobertura familiar”.

La palabra “familiar” era el problema. Para los demandantes, la Ley 100 limitaba el concepto de familia a la unión de hombre y mujer, lo que, a sus ojos, se trataba de “una clara discriminación por razones de orientación sexual, pues excluye a ciertas personas de la posibilidad de afiliar a su  compañero del mismo sexo” e impedía cubrir la seguridad social de las parejas del mismo sexo cuando uno de sus integrantes se encontraba sin trabajo. La discusión era tan grande que Monroy Cabra pidió conceptos a la Procuraduría, a tres ministerios (entre esos, Hacienda), a la Academia Colombiana de Jurisprudencia, a cuatro universidades, a DeJusticia y a la Comisión Colombiana de Juristas.

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“Más allá del respeto por la libertad de configuración del legislador –escribió Monroy Cabra–,  éste debe garantizar la protección de la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y evitar cualquier forma de discriminación”. Por eso, señaló, hace 12 años, que “(no) es legítimo que el legislador establezca un régimen patrimonial entre compañeros permanentes que no incluya a las parejas de compañeros del mismo sexo”. El resuelve de ese fallo fue corto y directo al corazón de la Ley 100: “Declarar exequible el artículo 163 de la Ley 100 de 1993, en el entendido que el régimen de protección en ella contenido se aplica también a las parejas del mismo sexo”.

En redes sociales, abogados y exalumnos lamentaron el fallecimiento de Marco Gerardo Monroy Cabra, hincha fiel de Millonarios, católico y jurista conservador. En la sentencia de despenalización del aborto de 2006, por ejemplo, fue uno de los tres magistrados que se abstuvieron de aprobar esa, que resultó clave para los derechos de las mujeres. “A pesar de su conservadurismo, o probablemente por eso, que un magistrado con un criterio de justicia social incuestionable”, escribió en Twitter Santiago Pardo, abogado de la Universidad de los Andes, quien invitó a tomar el fallecimiento del exmagistrado como excusa “para “revisar con una perspectiva crítica y rigurosa su huella judicial y académica”

Por Redacción Judicial

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