Falso fiscal y abogada de Pedro Aguilar, a la cárcel

José Edilberto Parada y Diana Milena Zárate serán investigados por los delitos de concierto para delinquir, fraude procesal y simulación de investidura o cargo. Estas dos personas, según la juez, montaron un "teatro" frente a una juez para que el líder camionero quedara en libertad.

Redacción Judicial
08 de abril de 2018 - 02:44 a. m.
José Edilberto Parada y Diana Milena Zárate, minutos antes de la decisión de la juez en los juzgados de Paloquemao.  / Gustavo Torrijos - El Espectador
José Edilberto Parada y Diana Milena Zárate, minutos antes de la decisión de la juez en los juzgados de Paloquemao. / Gustavo Torrijos - El Espectador

Este sábado, sobre las 9:40 de la noche, el juzgado 70 de garantías de Bogotá envió a la cárcel a José Edilberto Parada, el hombre que se hizo pasar como fiscal 70 especializado, y a Diana Milena Zárate, la abogada de Pedro Antonio Aguilar Rodríguez, por haber ayudado al líder camionero a recobrar su libertad de manera irregular. La Fiscalía General les imputó los delitos de concierto para delinquir, fraude procesal y simulación de investidura o cargo, cargos que no aceptaron.

La funcionaria judicial consideró como grave las conductas realizadas por el falso fiscal y la abogada para que, el pasado 21 de marzo, el líder camionero quedara en libertad tras estar detenido en la cárcel La Modelo de Bogotá. En su decisión, la juez manifestó que lo logrado por estas dos personas afecta la administración de justicia, pues lograron entrar al “complejo judicial más grande de país” –en referencia a los Juzgados de Paloquemao– para “montar un teatro frente a una juez constitucional”.

En el caso de del falso fiscal, la juez manifestó que su conducta logró convencer a funcionarios judiciales que estaban en presencia de un delegado de la Fiscalía. “A partir de ese convencimiento (…) que realizó, en conjunto con otras personas, logró decisiones judiciales contrarias a la ley”, dijo la juez. Pero también cuestionó las acciones que desplegó la abogada, como la solicitud de una audiencia ante el Centro de Servicios Judiciales, en donde certificaba en un documento qué fiscal se encontraba. Es decir, el titular de la investigación. Aunque el abogado defensor afirmó que ella era ajena a todo lo entramado que se tejió, la juez desestimó ese argumento. "Ella era la que tenía que verificar qué ese funcionario (fiscal) se encontraba presente", sostuvo. 

“Cualquier hecho que afecta la administración de justicia es un hecho de altísima lesividad. No solamente en este procedimiento, sino en la fe y en la confianza de que todos los sujetos procesales están actuando con lealtad y que, a partir de ahí, se están tomando decisiones correctas por parte de los operadores judiciales. La modalidad, presuntamente desplegada, es de altísima temeridad (…). Esta nivel de osadía era impensable para cualquier funcionario de la Fiscalía y de la Rama Judicial”, dijo la juez en su decisión.

Por Redacción Judicial

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