Fiscalía presentará tutela ante decisión de juez de declarar ilegales pruebas de caso Pizano

Esa determinación la tomó un juez de Funza (Cundinamarca) este miércoles, ratificando así lo dicho por un juez de El Rosal: los elementos que la Fiscalía recogió en la casa de Jorge Enrique Pizano no son válidos como pruebas porque no se legalizaron a tiempo.

Redacción Judicial
20 de diciembre de 2018 - 04:23 p. m.
Para la Fiscalía esos hechos se enmarcan dentro de los procesos de inspección reglamentados por la ley y no se trató de un allanamiento. / Archivo.
Para la Fiscalía esos hechos se enmarcan dentro de los procesos de inspección reglamentados por la ley y no se trató de un allanamiento. / Archivo.

La Fiscalía anunció que Luis González, delegado para la Seguridad Ciudadana de la entidad, interpondrá una tutela contra la decisión del Juzgado Penal del Circuito de Funza (Cundinamarca) de ratificar la ilegalidad de las pruebas recaudadas por la Fiscalía, en medio de la investigación por la muerte del ingeniero Jorge Enrique Pizano, excontroller de la Ruta del Sol II, y de su hijo menor Alejandro. “Para el ente investigador esos hechos se enmarcan en los procesos de inspección reglamentados en el artículo 213 la ley 906 y no se trató de un allanamiento. Además, las evidencias fueron entregadas voluntariamente por los interesados”, aseguró el ente investigador acerca de por qué no legalizaron las pruebas a tiempo.

(En contexto: Fiscalía no podrá usar material recogido en casa de Jorge Pizano)

En una primera audiencia de legalización de pruebas, realizada el pasado 23 de noviembre, la Procuraduría se opuso a la petición de la Fiscalía argumentando que el plazo de 36 horas para legalizar los elementos probatorios que se recogieron el pasado 17 y 18 de noviembre en la finca de Pizano, en Suchoque, ya se había sobrepasado. El juez de Rosal que estudió la solicitud le dio la razón al Ministerio Público y afirmó que los materiales recogidos donde Pizano no se habían sometido a cadena de custodia en el momento adecuado. 

La Fiscalía apeló la decisión del juez del municipio de El Rosal, alegando que las evidencias recabadas en inspecciones no tienen el mismo plazo que las pruebas conseguidas en allanamientos. No obstante, el juez de Funza confirmó que esas pruebas no podrán usarse porque no se respetó la cadena de custodia en los tiempos legalmente establecidos para ello. El juez consideró que esa diligencia no se trató de una inspección, como lo argumentó la Fiscalía, sino de un allanamiento, y que los materiales recogidos debieron ser legalizados en 36 horas y no cinco días después. El despacho también concluyó que, independientemente del nombre de la diligencia, debe mirarse su finalidad: obtener evidencias para ser usadas en investigaciones penales.

Ese 17 y 18 de noviembre, según Luis González, fiscal delegado para la Seguridad Ciudadana, se halló el tarro con cianuro en un baño auxiliar de la casa, estaba detrás de un minicomponente. De acuerdo con el funcionario, los investigadores fueron los responsables de recoger y buscar huellas dactilares sobre el lavamanos del baño y en las gavetas de madera donde hallaron el producto. También hallados otras pruebas que fueron recogidas por los investigadores como un celular y el disco duro de un computador.

(Lea también: Polémica por pruebas recogidas en la casa de Jorge Enrique Pizano)

Sin embargo, el Ministerio Público le señaló a los jueces que pasaron cinco días desde la recolección de las pruebas sin que estas fueran legalizadas y sometidas a cadena de custodia. Los resultados que entregó Medicina Legal dicen que tanto las bolsas que envolvían el tarro del veneno como su recipiente tenían el ADN y las huellas de Jorge Pizano. "Las muestras de ADN recuperadas tanto de la bolsa externa como en la bolsa interna y del contenedor, en su tapa y en el cuerpo del contenedor del cianuro, es del señor Jorge Pizano", aseguro, en su momento, el director de Medicina Legal, Carlos Valdés.

Por Redacción Judicial

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