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‘Miti’ condenado y ‘miti’ absuelto

Una fiscal ordenó precluir investigación a favor de Rodrigo Villamizar por prescripción de la acción penal.

Redacción Judicial
18 de septiembre de 2009 - 09:13 p. m.

En agosto de 1997, la revista Semana dio a conocer el contenido de una conversación telefónica entre los entonces ministros de Minas, Rodrigo Villamizar, y de Comunicaciones, Saulo Arboleda, en la cual se referían a la forma de resolver una licitación de emisoras en FM. Esta interceptación, cuyo origen nunca pudo establecerse porque no fue ordenada judicialmente, dio origen al escándalo del ‘miti-miti’, que rápidamente provocó la renuncia de los ministros y la apertura de procesos judiciales en su contra.

En agosto de 1997, la revista Semana dio a conocer el contenido de una conversación telefónica entre los entonces ministros de Minas, Rodrigo Villamizar, y de Comunicaciones, Saulo Arboleda, en la cual se referían a la forma de resolver una licitación de emisoras en FM. Esta interceptación, cuyo origen nunca pudo establecerse porque no fue ordenada judicialmente, dio origen al escándalo del ‘miti-miti’, que rápidamente provocó la renuncia de los ministros y la apertura de procesos judiciales en su contra.

El asunto que motivó la intervención de la justicia fue la adjudicación de una de las emisoras en Cali al periodista Mario Alfonso Escobar, por quien el ex ministro Villamizar había abogado durante la conversación telefónica. Por estos hechos, en octubre de 2000 la Corte Suprema de Justicia condenó al ex ministro Saulo Arboleda a 52 meses de prisión por el delito de interés ilícito en celebración de contratos. Paradójicamente, por idéntica circunstancia la Fiscalía acaba de precluir la investigación a favor del ex ministro Villamizar.

¿Pero qué sucedió para que los destinos de los dos ex ministros tuvieran una suerte contraria? No hay otra explicación que los enredos procesales. En su momento, a trece días de las elecciones presidenciales de 1998, la Fiscalía dictó medida de aseguramiento contra los dos ministros. Villamizar en calidad de determinador y Arboleda como presunto ejecutor del delito. En octubre de 1998, ambos fueron acusados. El juzgamiento le correspondió a la Corte Suprema, que en mayo de 1999, en pleno juicio, rompió la unidad procesal del caso.

El ex ministro Villamizar argumentó que en el momento de la conversación telefónica gozaba de una licencia para tratarse una enfermedad y que además el asunto de las emisoras era ajeno a sus deberes como ministro de Minas. La Corte Suprema acogió sus razones, concluyó que Villamizar había obrado como particular y por carecer de fuero ordenó que en este caso el juzgamiento debía pasar a otro despacho. Fue así como Arboleda siguió juzgado por la Corte y Villamizar pasó a órdenes del juez 53 penal del Circuito de Bogotá.

Arboleda, quien ya estaba detenido, en octubre de 2000 fue condenado, a pesar de que la Corte admitió que no se había entregado la emisora y tampoco había existido perjuicio económico para el Estado. Pasó 36 meses recluido en su domicilio y cuatro meses en una estación de Policía. Simultáneamente, Villamizar obtuvo libertad condicional y tanto cuando fue condenado a 52 meses de prisión en julio de 2001, como cuando el Tribunal de Bogotá le rebajó la condena a 44 meses en septiembre de 2002, fue imposible su captura, pues ya no estaba en Colombia.

Tras pagar su condena, Arboleda, por fallas en el debido proceso y utilización de una prueba ilícitamente adquirida (la grabación telefónica), demandó a la Procuraduría que lo había sancionado con suspensión en el cargo por 90 días. Tanto el Tribunal de Cundinamarca en enero de 2005 como el Consejo de Estado en junio de 2006, le dieron la razón. Arboleda, por vía de tutela intentó hacer lo mismo respecto a la condena de la Corte Suprema, pero en decisión dividida perdió el caso en la Corte Constitucional.

En contraste, el ex ministro Villamizar presentó tutela contra la Fiscalía porque la sentencia en su contra se había basado en la acusación que en su momento les hizo a los dos ex ministros el fiscal Alfonso Gómez Méndez, cuando en su criterio, tratándose de un particular, el funcionario competente era un fiscal ordinario. En febrero de 2006, la Corte Constitucional ordenó anular todo el proceso en el caso de Rodrigo Villamizar, incluyendo las sentencias de primera y segunda instancias, y el caso quedó en manos de la Fiscalía 222 de Bogotá.

Al considerar que su propio proceso se había sustentado en una acusación que la Corte Constitucional acababa de anular, el ex ministro Arboleda recurrió de nuevo a la tutela, buscando un destino semejante al de su ex colega. En diciembre de 2008, la Corte Constitucional negó el recurso con dos argumentos: que los fallos de la Procuraduría no se podían tener en cuenta en el proceso penal, aunque en su momento sí lo hizo la Corte Suprema de Justicia, y que no se podía predecir qué iba a pasar con Villamizar en la justicia ordinaria.

El pasado 21 de agosto, la Fiscalía 222, por prescripción de la acción penal, absolvió al ex ministro Rodrigo Villamizar. Aunque la fiscal Alexandra Neira atribuye toda la responsabilidad al propio ex ministro porque nunca compareció ante sus requerimientos ni fue posible que aceptara los exhortos ante consulados de Estados Unidos y España, tuvo que asumir que el pasado 21 de julio, al cumplirse 12 años desde la ocurrencia del escándalo, se venció el tiempo que tenía la justicia para imponerle un castigo penal por el delito imputado.

Así las cosas, con la misma denominación con que nació el escándalo en 1997, hoy puede concluirse que en este caso, ‘miti’ resultó condenado, en cuanto al ex ministro Saulo Arboleda, y ‘miti’ terminó absuelto, en lo que se refiere a Rodrigo Villamizar. Si se asume que este último obró como particular y no como ministro, nunca se investigó qué otros particulares también abogaron para que les fuera entregada una emisora. Hace nueve meses, Arboleda decidió llevar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Por Redacción Judicial

 

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