Musa Besaile no podrá volver a hacer política por su supuesto rol en el cartel de la toga

El Consejo de Estado ratificó en segunda instancia la pérdida de investidura en contra del excongresista del Partido de la U. Aunque se había pedido que este expediente fuera trasladado a la JEP, el alto tribunal negó la solicitud.

Redacción Judicial
27 de agosto de 2019 - 07:29 p. m.
En un interrogatorio en la Corte Suprema en agosto de 2017, el exsenador Musa Besaile admitió un pago irregular de $2.000 millones. / Archivo
En un interrogatorio en la Corte Suprema en agosto de 2017, el exsenador Musa Besaile admitió un pago irregular de $2.000 millones. / Archivo

La Sala Plena del Consejo de Estado ratificó la pérdida de investidura del excongresista cordobés por el Partido de la U, Musa Besaile Fayad. Es decir, le decretó la muerte política, con lo que Besaile no podrá ocupar cargo público alguno en el futuro. La determinación ratifica una decisión que tomó el mismo alto tribunal en febrero de este año luego de comprobar que Besaile pagó un millonario soborno para manipular el expediente que le tenían en la Corte Suprema de Justicia por parapolítica.

(En contexto: Musa Besaile pierde su investidura por decisión del Consejo de Estado)

El rol de Besaile en el cartel de la toga, entramado de sobornos que involucra a exmagistrados y que se destapó luego de la captura del exfiscal anticorrupción Luis Gustavo Moreno, se conoció con una declaración del propio excongresista ante la Corte Suprema. En medio de un interrogatorio en agosto de 2017, Besaile confesó haber pagado $2.000 millones para frenar su proceso por parapolítica y dijo que tenía pruebas de esa entrega de dinero. Los recursos, dijo, fueron destinados para exmagistrados y abogados, quienes habrían participado en estos hechos de corrupción. 

En primera instancia, una sala especial de pérdida de investidura del Consejo de Estado ya había dicho en febrero de este año que Besaile utilizó su rol de congresista "para ejercer su influencia sobre su investigador —el magistrado Gustavo Malo, hoy en juicio por estos hechos—", que llevaba su caso en la Corte Suprema. Aunque el exsenador dijo que el exfiscal Moreno intentó extorsionarlo, el alto tribunal tuvo también en cuenta el testimonio del exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons, quien dijo que tuvo conocimiento del arreglo de Besaile y Moreno para frenar el proceso en su contra por supuestamente haber recibido apoyo de las Autodefensas Unidad de Colombia (Auc) para llegar al Congreso. 

(En contexto: Musa Besaile, también detenido por parapolítica)

El Consejo de Estado, al considerar que estaba probado que el excongresista cordobés incurrió en una de las causales de pérdida de investidura (el tráfico de influencias), con su confesa participación en el cartel de la toga, le declaró la muerte política. No obstante, la defensa de Besaile no estuvo de acuerdo con la decisión, apeló, y el caso escaló hasta la Sala Plena del alto tribunal, que reúne a los 27 magistrados de esa corporación.

Mientras se decidía la segunda instancia, la Red de Veedurías Ciudadanas pidió que el Consejo de Estado trasladara este expediente a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). En la solicitud se leía: “El exsenador Musa Besaile pagó un soborno para que se detuviera una orden de captura en su contra y se dilatara el proceso penal que le sigue la Corte Suprema de Justicia por vínculos con grupos armados ilegales”, por lo que supuestamente existía un “vínculo indirecto” con el conflicto armado, requisito para que se encienda la competencia de la JEP.

(Lea también: Pérdida de investidura de Musa Besaile no es competencia de la JEP: Consejo de Estado)

El alto tribunal, no obstante, negó la petición —también en dos instancias— pues, según la Constitución y las leyes que reglamentan los mecanismos de pérdida de investidura de congresistas (como la Ley 1881 de 2018) es el Consejo de Estado la entidad llamada a conocer este tipo de procesos. En primera instancia, en las Salas Especiales de Pérdida de Investidura y, de haber apelación, en la Sala Plena, pero su competencia en estos procesos “no ha sido alterada por ninguna circunstancia”.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar