Nueva condena a protagonistas del desfalco de Foncolpuertos

La Corte Suprema de Justicia ratificó, en segunda instancia, la condena de 8 años y 3 meses de prisión impuesta al exjuez Jaime José García Montes por favorecer a exempleados de Foncolpuertos con fallos irregulares.

Redacción Judicial
19 de septiembre de 2018 - 12:14 p. m.
Por este desfalco, algunos extrabajadores de Foncolpuertos terminaron con pensiones de $25 millones.  /  Archivo
Por este desfalco, algunos extrabajadores de Foncolpuertos terminaron con pensiones de $25 millones. / Archivo

Corría marzo de 1995. El entonces Juez Segundo Laboral del Circuito de Cartagena Jaime José García Montes dictaba un fallo que ordenada a la Empresa Puertos de Colombia, Foncolpuertos, a pagar a uno de sus empelados una adición a su pensión mensual vitalicia y una indemnización que, para la época, implicó un desembolso de $79 millones de pesos por cuenta de intereses, abogados, conciliaciones, entre otros. Esta sentencia, se comprobó después, era una más de las cuentas que jueces laborales emitieron en ese momento, provocando un millonario desfalco estatal.

García Montes fue procesado y condenado en primera instancia el 17 de junio de 2015 por los de delitos de prevaricato por acción y peculado por apropiación a favor de terceros agravado. Ahora, la Corte Suprema de Justicia acaba de ratificar la pena de 8 años y tres meses de prisión, le impuso una multa que supera los $73 millones  y le prohibió, de por vida, volver a tener funciones públicas. El documento del pasado 12 de septiembre, conocido por El Espectador, cuestionó la acción de un juez que se prestó para ser protagonista de uno de los escándalos de corrupción más recordados del país.

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Entre las irregularidades, está que se tomaron como ciertas solo las pretensiones monetarias que aportó el trabajador Gustavo Camacho Barrios, sin tener en cuenta pruebas sobre cuánto ganó en su último año de servicio, ni tener en cuenta al Ministerio Público, entre otros. Para la Corte es claro, que esta como otras condenas similares en contra de Foncolpuertos, permitieron que sumas de dinero que estaban en cabeza de la Nación pasaron a los trabajadores de la empresa y del abogado que los representó.

El alto tribunal señaló que las pruebas del proceso revelan “la voluntad dolosa” de García Montes de dictar fallos irregulares. “Es decir, tanto la sentencia del 24 de marzo de 1995 como los autos sucedáneos (proveídos) son reveladores de la voluntad de Jaime José García Montes de infringir la ley para favorecer las posturas procesales del accionante, medio del cual éste se valió para acceder a recursos estatales a los que no tenían derecho”, dice el documento.

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El alto tribunal agregó que el juez “propició la apropiación de recursos estatales por parte de terceros que no tenían derecho a ellos (…) ; situación, por demás, indicativa de la consciencia y voluntad del funcionario judicial de vulnerar la ley al emitir decisiones manifiestamente contrarias a derecho”.

Por Redacción Judicial

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