¿Por qué la Procuraduría está en desacuerdo con la imputación a Luis Fernando Andrade?

Para el Ministerio Público no existen los argumentos suficientes en contra de Andrade para considerar que tiene una “responsabilidad penal” en dicho proceso. Es por el caso de las supuestas irregularidades en el tramo III de la Ruta del sol.

Redacción Judicial
03 de agosto de 2019 - 04:33 p. m.
La Procuraduría consideró que no hay pruebas suficientes para imponerle una medida de aseguramiento a Luis Fernando Andrade.  / Gustavo Torrijos
La Procuraduría consideró que no hay pruebas suficientes para imponerle una medida de aseguramiento a Luis Fernando Andrade. / Gustavo Torrijos

La imputación a Luis Fernando Andrade, expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), por presuntas irregularidades en la firma de una adición en el contrato de la Ruta del Sol III - tramo de la vía a cargo del consorcio Yuma,- ha sido poco más que enredada. Primero, fue la juez la que regañó a la Fiscalía por la poca claridad en los cargos contra Andrade. Ahora, es la Procuraduría la que ha rechazado la medida no restrictiva de la libertad solicitada contra el exfuncionario del gobierno de Juan Manuel Santos, ya que no encontró los argumentos suficientes para soportar la imputación hecha por el ente acusador.

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Por el primer señalamiento, “contrato sin cumplimiento de los requisitos legales” al firmar una adición del contrato 007 de 2010 -por el que se le entregó a Yuma el tercer tramo de la Ruta del Sol-, la Procuraduría hizo claridad en que Andrade no suscribió las condiciones de ese convenio, sino que dicha acción fue realizada por presidente del INCO en 2010: “las cláusulas que allí se establecen, las que allí se establecieron, en nada puede tenerse en cuenta como elemento de juicio para hacer derivar responsabilidad penal al investigador en este momento”.

Así mismo, la Procuraduría consideró que, al firmar el Otrosí que permitió cambiar los plazos y pagos de la obra, Andrade no cometió ninguna irregularidad ya que había sido la propia Yuma la que hizo la solicitud. De acuerdo a las mismas pruebas aportadas por la Fiscalía, la empresa a cargo del tercer tramo de la Ruta del Sol pidió modificar los cronogramas debido a múltiples demoras en las obras por la realización de consultas populares a las comunidades cercanas al proyecto vial que va desde San Roque hasta la Y de Ciénega.  

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“Entonces revisando con rigor este otrosí que modifica vigencias futuras, encuentra uno que se trata de un documento meramente formal, eso no es ninguna modificación que afecte, comprometa, (…)el presupuesto de ese año”, señaló el ente de control, que agregó: “En este otrosí no se generó detrimento patrimonial al Estado porque se señaló que no generaba ningún gasto”. 

Antes estas condiciones, la Procuraduría aseguró que, aunque la acción realizada por Andrade generara controversia, no hay una afectación del presupuesto o sistema jurídico que hiciera pensar que hubiera un delito. “De pronto habrá otra clase de consideraciones, pero en lo que concierne al derecho penal para el Ministerio Público esa conducta es totalmente atípica”, determinó el ente sobre los señalamientos en contra de Andrade por presuntas irregularidades al expedir el otrosí que cambió los tiempos de la obra y los tiempos del desembolso de las vigencias futuras en el proyecto de la Ruta del Sol III.

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Sobre el segundo delito, en el que supuestamente Luis Fernando Andrade favoreció al consorcio Yuma para que le fuera entregada la adición para la construcción de un puente entre Plato y Zambrano en el tramo III, la Procuraduría señaló que los hechos ni “los elementos materiales trasladados por la Fiscalía” permitía probar algún acto del funcionario para beneficiar a la empresa o que otros lo hicieran impulsados por Andrade.

En la imputación, el ente acusador había dicho que “todo eso estaba debidamente planeado desde la ANI como desde la concesionaria para que este proyecto le fuera entregado a Consultores Unidos (del ingeniero Eduardo Zambrano) quien estaba recomendado por Roberto Prieto para que a su vez le entregara los dineros que Roberto requería supuestamente para cubrir un hueco en la campaña (de Juan Manuel Santos)".

“Cuando se le imputa a una persona una conducta punible como determinador, corresponde demostrar al ente acusador que efectivamente esa conducta se cometió y que existe un principio de responsabilidad penal de las personas determinadas”, afirmó el representante del Ministerio Público, para luego decir que la Fiscalía en ningún momento había logrado probar que Luis Fernando Andrade cometió dichas acciones en el marco de la adición para la construcción del puente.

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Al final, la Procuraduría pidió que se rechazara la petición de imponerle al expresidente de la ANI una medida de aseguramiento no privativa de la libertad -en la que Andrade tenía que pagar una multa y presentarse a los llamados de la justicia en un consulado en los Estados Unidos- por la “ausencia del principio de responsabilidad penal, y/o carencia de compromiso penal”.

El concepto del Ministerio Público deja coja la imputación hecha en contra de Luis Fernando Andrade hace unas semanas. En ella, la Fiscalía aseguró que el funcionario se habría reunido con Roberto Prieto Uribe, gerente de la campaña de reelección de Santos, para hablar de un envío de dinero para cubrir unos huecos de la campaña en el año 2014. Con este fin, según el ente investigador, se tenía que entregar la obra a la concesionaria Yuma, liderada por la empresa Impregilo Spa sucursal de Colombia.

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Andrade también es procesado por otro escándalo en la Ruta del Sol, en este caso por presuntas irregularidades en la adjudicación de la adición Ocaña-Gamarra en el tramo II, a cargo de Consol -concesionario conformado por Odebrecht, Episol (empresa de Corficolombiana) y Css constructores-. De acuerdo con las investigaciones del caso, la antigua cabeza de la ANI habría realizado supuestas maniobras irregulares para favorecer a Odebrecht.

Durante las audiencias de ese entonces la Fiscalía exhibió chats y fotografías del celular del exsenador Otto Bula (uno de los principales testigos en este caso), que evidenciarían encuentros entre Andrade y el exsenador Bernardo Miguel “ñoño” Elías, tanto en la ANI como en el apartamento del senador, para hablar de la posible acción a favor de la constructora brasileña.

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Por este primer caso, el exdirector de la ANI estuvo un año con prisión domiciliaria mientras se adelantaban las investigaciones. Sin embargo, en diciembre de 2018, un juez le concedió la libertad. Desde entonces Andrade, quien también tiene la ciudadanía estadounidense, está en los Estados Unidos. Desde allí responde a las solicitudes de la justicia colombiana a través de videollamadas.

Por Redacción Judicial

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