Los lugares de Colombia en donde más se imponen fotomultas

La infracción más común registrada con estos medios es el exceso de velocidad. Mintransporte publicó resolución con nuevas reglas de juego para este tema.

Redacción Nacional.
26 de marzo de 2018 - 05:42 p. m.
Cortesía - Mintransporte
Cortesía - Mintransporte

El Ministerio de Transporte busca meter en cintura el uso de fotomultas en el país mediante una resolución que establece nuevos requisitos para poder instalar y operar este tipo de medida que, en esencia, pasa de ser un mecanismo exclusivo de sanción a uno de prevención.

En los últimos ocho años se han impuesto más de siete millones y medio de fotomultas y sólo en enero de este año, según cifras del Simit, se han registrado más de 88.000 infractores por esta vía.

Uno de los principales cambios que impulsa la resolución expedida por el Mintransporte es que los puntos de detección electrónica deben contar con una señalización a por lo menos 500 metros de distancia de éstos. Así mismo, las autoridades de tránsito que busquen utilizar estos medios electrónicos deben tener una autorización por parte del Ministerio.

Para lograr esta autorización se debe cumplir demostrar la necesidad de instalar un punto de fotomultas de acuerdo con cuatro criterios establecidos en la resolución: siniestralidad, prevención, movilidad e historial de infracciones.

Por ejemplo, para el primer criterio, es necesario que la autoridad de tránsito competente identifique el punto crítico en materia de accidentes, con soporte de cifras de siniestros viales con sus respectivas causas que den cuenta de los tres años anteriores a la solicitud de instalación de un lugar de detección electrónica.

En este punto la resolución del Mintransporte establece una diferencia esencial entre detección electrónica y control en vía (el primero necesita autorización previa del Ministerio, el segundo no). El control en vía es cuando un agente está presente, captura la fotomulta e impone el comparendo ahí mismo. Para este tipo de acciones no es necesario adquirir la autorización del Mintransporte.

Así mismo, la resolución también establece que una fotomulta tiene un plazo de un mes para ser validada por la autoridad competente y, después de esto, debe notificar al ciudadano en los siguientes tres días hábiles. El usuario tiene 11 días para comparecer, bien sea física o virtualmente y el organismo de tránsito encargado debe incluir, en su página web, la posibilidad de hacerlo.

De acuerdo con las cifras del Ministerio, de las cinco infracciones más populares que son detectas con fotomulta, la única que registró un crecimiento entre 2016 y 2017 fue el exceso de velocidad. La que registró un mayor descenso fue circular sin revisión técnico-mecánica.

 

Por Redacción Nacional.

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