La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó este martes, en primer debate, un proyecto de ley que establece en Colombia el denominado código de bienestar y protección animal, que delimita la titularidad de los derechos de los animales y establece garantías mínimas de protección.
“Se viene un debate sobre muchas de las medidas, especialmente de veterinarios y la gente de los criaderos, molesta por las reglas que les estamos poniendo. La idea es dar una discusión amplia y escuchando todas las voces”, destacó el autor de la iniciativa, el representante Juan Carlos Losada (Partido Liberal).
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El parlamentario agradeció a todas las organizaciones e instituciones que han hecho parte de la construcción de la iniciativa que, “sin duda alguna, es una gran apuesta por avanzar en el respeto por los animales en Colombia”, agregó, insistiendo que en abrirá la discusión a “todos los dolientes e interesados en los múltiples temas que se plantean por fijar parámetros de protección y bienestar para los animales”.
¡Aprobado en primer debate #ElCódigoAnimal ! Gracias a todas las personas y organizaciones que han hecho parte de la construcción del Código Nacional de Protección y Bienestar Animal que, sin duda alguna, es una gran apuesta por avanzar en el respeto por los animales en Colombia. pic.twitter.com/XZmB8FnOhD
— Juan Carlos Losada ॐ (@JuanKarloslos) April 20, 2021
La iniciativa, ideada para regular la interacción de los humanos con los animales en todos los ámbitos de la vida en sociedad, pone reglas a aspectos como la reproducción, la comercialización y el transporte de animales domésticos, los de compañía, silvestres y los exóticos o foráneos. Según su autor, “se trata de la legislación más ambiciosa y agresiva” en la materia.
El proyecto –que está guiado bajo los principios de protección, bienestar animal, solidaridad, progresividad y proporcionalidad– define a un animal como un “ser orgánico que vive, siente y se mueve por su propio impulso” y comprende el bienestar como el estado “en el que sus condiciones físicas y mentales le proporcionan un sentimiento de satisfacción y tranquilidad”.
Entre otras, se consagran para ellos, como sujetos de derecho, existir; vivir en condiciones apropiadas, de conformidad con su especie; no sufrir de hambre ni sed; no ser sometidos a malestar físico, dolor, malos tratos, ni actos crueles; no ser sometidos a condiciones de miedo ni estrés; recibir atención veterinaria; que se preserve su hábitat o se garantice su permanencia en sitios adecuados, o no ser explotados por el ser humano.
Frente a las garantías mínimas de protección sobre los animales y los deberes de los seres humanos, se estipula no causarles daño, estrés, dolor, ni molestias; proteger su hábitat; asistirlos cuando se encuentren en peligro o cuando hayan sido objeto de tratos crueles, o realizar las acciones tendientes a la rehabilitación y reintroducción al hábitat natural.
Se estipulan además penas para quien cause daño a un animal o realice conductas consideradas como crueles, catalogando como hechos dañinos la muerte innecesaria o daño grave a un animal; no dar muerte rápida, libre de sufrimiento prolongado, a todo animal cuyo exterminio sea necesario para consumo o no; usar a un animal para la comisión de acciones delictivas o intimidatorias, y convertir en espectáculo público o privado, el maltrato, la tortura o la muerte de animales adiestrados o sin adiestrar, lo que les cerraría el paso a la tauromaquia.