Cámara oficializa la 'falta absoluta' de Ángela María Robledo en el Capitolio

La resolución emitida por la Mesa Directiva de la corporación ordena a la excandidata vicepresidencial entregar de manera inmediata los bienes y servicios que le fueron prestados en calidad de legisladora, como el vehículo en el que se transportaba.

-Redacción Política
05 de junio de 2019 - 02:02 a. m.
Robledo llegó al Capitolio para el periodo 2018-2022 por cuenta de la reforma política de 2015 y del recién estrenado Estatuto de la Oposición.  / El Espectador - Óscar Pérez
Robledo llegó al Capitolio para el periodo 2018-2022 por cuenta de la reforma política de 2015 y del recién estrenado Estatuto de la Oposición. / El Espectador - Óscar Pérez

A partir de este martes, quedó oficializada la salida del Captiolio de Ángela María Robledo como representante a la Cámara por la Colombia Humana. Una resolución firmada por la Mesa Directiva de la corporación declaró la falta absoluta de la legisladora por cuenta del reciente fallo del Consejo de Estado que despojó de su curul a la exfórmula vicepresidencial de Gustavo Petro para las elecciones presidenciales de 2018.

Lo anterior, al reconocer la determinación que adoptó el alto tribunal en fallo de única instancia el pasado 25 de abril, en el que se afirmó que Robledo habría incurrido en doble militancia porque, según se argumentó, ella no renunció con la debida anticipación a su curul como legisladora de la Alianza Verde para poder aspirar a candidata vicepresidencial de Petro por el movimiento político Colombia Humana.

(Lea: "Le quitan la curul a la democracia y a la oposición": Ángela María Robledo)

La resolución emitida la noche de este martes por la Cámara de Representantes obliga a la excongresista a entregar, de manera inmediata, los servicios que le fueron otorgados en ejercicio del cargo como, por ejemplo, el carro en el que se transportaba. “Requerir a la doctora Ángela María Robledo Gómez para que proceda inmediatamente ante la División de Servicios y la Sección de Suministros de la Corporación, a la devolución de los bienes de propiedad de la Cámara que le fueron suministrados para el ejercicio de su actividad congresional”, señala el documento.

Robledo llegó a la Cámara de Representantes para el periodo 2018-2022 por cuenta de la Reforma al Equilibrio de Poderes de 2015 y del Estatuto de la Oposición, normas que otorgaban el derecho a los segundos con mayor votación en las elecciones presidenciales a ocupar una curul en el Senado y Cámara, pero la excongresista no podrá ser reemplazada. “La comunicación que se hace al presidente de la Cámara no incluye la posibilidad de reemplazo de la curul a que se refiere la decisión adoptada en este proceso”, señala la comunicación del Consejo de Estado enviada a la corporación.

(Lea: Consejo de Estado tumba la curul de Ángela María Robledo en la Cámara de Representantes)

Respecto del fallo que la despojó de su curul, cabe recordar que el tribunal estimó que Robledo no podía renunciar a su curul faltando tan poco tiempo para los comicios presidenciales –lo hizo el 16 de marzo del año pasado-, sino que debió haberlo hecho, al menos, 12 meses antes de las elecciones. Al estar configurada la doble militancia en el momento de la inscripción para la Vicepresidencia de la República, la prohibición resulta aplicable para la posterior designación en la Cámara de Representantes debido a que su acceso a esta corporación, gracias al derecho reconocido a la oposición, obedeció precisamente a su aspiración a dicho cargo como fórmula del candidato a la Presidencia”, indicó el fallo.

Por -Redacción Política

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar