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Estas son las reglas que regirán el cese al fuego bilateral y definitivo

Las pautas establecidas por las partes en el protocolo tienen como objetivo evitar situaciones que pongan en riesgo el proceso. Plantea cuáles son las conductas en las que no deben incurrir ni el gobierno ni las Farc.

Redacción Política
06 de agosto de 2016 - 12:57 a. m.
El jefe negociador del Gobierno colombiano, Humberto de la Calle (d), lee su discurso durante la firma de los protocolos y anexos del acuerdo sobre "Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y dejación de las armas". / EFE
El jefe negociador del Gobierno colombiano, Humberto de la Calle (d), lee su discurso durante la firma de los protocolos y anexos del acuerdo sobre "Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y dejación de las armas". / EFE

El gobierno y las Farc acordaron este viernes en la mesa de diálogos de La Habana, una serie de conductas que se configuran como “el núcleo principal” de la actividad que realizará  el mecanismo de monitoreo y verificación en terreno para hacer control al proceso de dejación de armas por parte de las Farc y el cese al fuego bilateral y definitivo.

Estas son las acciones que las partes se comprometieron a no realizar:

1. Entrar en contacto armado.
2. Impedir u obstaculizar la labor del mecanismo de monitoreo y verificación (MM&V).
3. Ocultar información que sea relevante para el funcionamiento del MM&V y la implementación del acuerdo del CFHBD y DA.
4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) - Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y Zonas de Seguridad (ZS), bajo las condiciones definidas en el Acuerdo del CFHBD y DA.
5. Adelantar acciones que impidan la protección o asistencia humanitaria.
6. Utilizar lenguaje difamatorio por cualquier medio.
7. Ejecutar actos de violencia o cualquier amenaza que ponga en riesgo la vida e integridad personal contra la población civil, especialmente aquellos por razón de género.
8. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte.
9. Realizar acciones que vayan en contra de la integridad y seguridad física del personal que conforma el MM&V.
10. Interferir en la labor del CI-MM&V frente a los procedimientos técnicos de registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final del armamento de las FARC-EP.
11. Usar las Rutas de Desplazamiento, la adecuación de los dispositivos en el terreno, las ZVTN, los PTN y las Zonas de Seguridad para fines o propósitos diferentes a los acordados en el marco del CFHBD y DA.
12. Transgredir los acuerdos y protocolos relacionados con el ingreso y salida de las ZVTN y los PTN.
13. Hacer presencia temporal ó permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de común acuerdo.
14. Transgredir los compromisos adquiridos en el Acuerdo sobre CFHBD y DA.
15. Afectar los derechos y libertades de la población civil. 16. La Fuerza Pública mantendrá el cumplimiento de la Ley y en especial de la sentencia – T-455 de 2014- de la Corte Constitucional sobre la incorporación de integrantes a sus filas; y por su parte las FARC-EP no incorporará nuevos hombres y mujeres en sus filas (guerrillas y milicias).

El Gobierno Nacional se compromete a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:

1. Tener trato discriminatorio con el personal objeto de este acuerdo.
2. Diseñar, planear y ejecutar vuelos militares, por debajo de 5.000 pies de los niveles de vuelo.
3. Diseñar, planear y ejecutar operaciones de acción ofensiva contra los integrantes de las FARC-EP (guerrilla – milicias) que se encuentren en cumplimiento del acuerdo de CFHBD y DA.
4. Controlar el suministro de alimentos y medicamentos destinados a las áreas definidas en las ZVTN y los PTN.
5. Afectar o dañar las instalaciones adecuadas en las ZVTN y PTN.
6. Ingresar a las ZVTN, PTN y a las franjas de seguridad sin informar o coordinar con el MM&V.
7. Hacer propaganda hostil en contra de las FARC-EP.
8. Obstaculizar el desplazamiento de los integrantes de las FARC-EP hacia las ZVTN y los PTN.
9. Obstaculizar la atención médica a los integrantes de las FARC-EP.


Las FARC-EP se comprometen a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:

1. Hacer presencia armada y uniformada en cualquier lugar diferente a los campamentos.
2. Salir de las ZVTN o de los PTN sin cumplir los procedimientos acordados en materia de seguridad para los desplazamientos.
3. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas municiones y explosivos no autorizados en el acuerdo del CFHBD y DA.
4. Interferir en el normal desarrollo de las funciones de las autoridades civiles, militares y de policía.
5. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura, instalaciones gubernamentales y de la Fuerza Pública.
6. Realizar actividades ilícitas para la financiación de la organización.
7. Incrementar su capacidad de combate.
8. Comercializar o preparar depósitos clandestinos de armas y pertrechos.
9. Modificar sin justificación la cantidad y relación de personas y armas autorizadas para permanecer en los Campamentos.
10. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armas correspondiente a los y las integrantes de las FARC-EP que salen al cumplimiento de las tareas del proceso de paz y de los y las integrantes de esta organización asignados al MM&V.

Por Redacción Política

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