“Golpe directo al corazón del Estado de derecho”: Catalina Botero

La decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes y especialista en derecho constitucional, explica por qué el proyecto del representante uribista Álvaro Hernán Prada, que permitiría, de aprobarse en el Congreso, eliminar las decisiones de la Corte Constitucional mediante votación popular en referendos, es peligroso para la democracia.

Cecilia Orozco Tascón / Especial para El Espectador
29 de septiembre de 2019 - 02:00 a. m.
“Es claro es que el partido de Gobierno ha ventilado propuestas que no ayudan, en absoluto, al fortalecimiento de la independencia y la autonomía del poder judicial, y esta es una de ellas”: Catalina Botero. / Cortesía Universidad de los Andes
“Es claro es que el partido de Gobierno ha ventilado propuestas que no ayudan, en absoluto, al fortalecimiento de la independencia y la autonomía del poder judicial, y esta es una de ellas”: Catalina Botero. / Cortesía Universidad de los Andes

El proyecto propuesto por un representante del uribismo para tumbar sentencias de la Corte Constitucional, vía referendo, es decir, mediante votación de la gente, ¿es sorprendente para usted como para otros analistas?

No conozco ninguna propuesta similar en un régimen democrático. Este proyecto acaba con la supremacía constitucional y vacía de contenido la facultad de la Corte Constitucional de ser la guardiana de la Constitución. Es un golpe directo al corazón del Estado constitucional de derecho.

Entonces, ¿si este proyecto es aprobado por el Congreso, se recortarían las funciones y la autoridad de la Corte Constitucional, corporación que, hasta hoy, dice la última palabra en las materias sobre las que decide?

Según esta propuesta, una mayoría reforzada de votantes podría anular una sentencia de la Corte Constitucional. Esto en principio suena bien: el pueblo soberano, el constituyente primario, como último intérprete de la Constitución. Sin embargo, olvida que, justamente, las cortes constitucionales existen para poner un límite a las mayorías en defensa de los derechos fundamentales de las minorías. Las mayorías eligen presidente y legisladores, tienen iniciativa legislativa y varios mecanismos de participación. A través de estos mecanismos pueden adoptar -directa o indirectamente- una inmensa cantidad de decisiones. Sin embargo, tienen un límite: los derechos de las minorías consagrados en la Constitución. Y la guardiana de ese límite es la Corte Constitucional. Este proyecto acaba con ese límite, pues somete, nuevamente, las sentencias de la Corte a la decisión de las mayorías.

Un artículo que se encuentra en la Constitución actual permite someter a referendo las reformas constitucionales adoptadas por el Congreso cuando estas se relacionen con derechos fundamentales que son los que, precisamente, invoca el representante Álvaro Hernán Prada, en su proyecto de esta semana. ¿Cuál es la diferencia entre la norma que existe y la propuesta de Prada si ambas se refieren al referendo?

Es el principio contrario al de la propuesta que comentamos. La Constitución establece, en su artículo 377, que cuando el Congreso reforme -entre otras cosas- alguno de los derechos fundamentales, la decisión puede ser sometida a referendo. En otras palabras, si el Congreso quiere reformar un derecho fundamental, un 5 % de la ciudadanía puede solicitar un filtro adicional: el referendo. Pero mientras el artículo 377 vigente establece un límite al Congreso a la hora de reformar los derechos fundamentales, lo que acá se propone es un límite a la Corte Constitucional a la hora de protegerlos.

Como quien dice, ¿el representante Prada le está dando la vuelta al artículo constitucional para que, en lugar de que la Corte pueda proteger los derechos de las minorías, quede amarrada, de pies y manos, por los deseos de las mayorías?

Sí: somete las sentencias de la Corte a una última decisión de las mayorías, que son, justamente, las que la Corte debe controlar.

Desde el punto de vista de lo que ocurre en la vida de la gente común, ¿por qué es riesgoso someter decisiones de la Corte a votación popular siendo el referendo un mecanismo de participación ciudadana previsto en los sistemas democráticos?

Una de las cosas que uno puede hacer para evaluar la bondad de una reforma institucional es pensar cómo lo afecta si está en el Gobierno (es decir, si es parte de las mayorías) y cómo, si está en la oposición (las minorías). Las reformas buenas son aquellas que -entre otras cosas- permiten gobernar a las mayorías mientras, al mismo tiempo, protegen los derechos de la minoría. Esta reforma no pasa ese test. Solo les sirve a las mayorías eventuales y pone en alto riesgo los derechos fundamentales de las minorías que no podrían vencer en un referendo.

El proyecto se enfoca en el Capítulo I del Título II de la Constitución. Para ilustración de los lectores, ¿qué temas se tratan ahí?

Ese título consagra derechos fundamentales como el derecho a la vida, a no ser torturado ni desaparecido, a no ser objeto de trato cruel, a la no discriminación, a la intimidad personal y familiar, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de conciencia o a la libertad de expresión, los derechos más importantes de cualquier sociedad democrática. Si, hoy, una mayoría de ciudadanos quiere imponerle a todo el país una determinada religión, la minoría podría resistirse a esa propuesta amparada en las normas constitucionales y la Corte tendría que protegerla. Lo que dice el proyecto (Prada) es que esta decisión de la Corte podría ser sometida a referendo ante la misma mayoría que quiere acabar con la libertad de cultos. Las minorías no tendrían refugio.

¿Podría afirmarse, entonces, que las minorías quedarían esclavizadas por las mayorías?

Significaría que los derechos de las minorías quedarían a disposición de la voluntad de las mayorías.

Para aterrizar la discusión sobre lo que estaría en juego en el proyecto Prada, ¿podría dar un ejemplo sobre cómo una minoría X perdería alguno de sus derechos fundamentales por votación de la mayoría?

El ejemplo más importante que dio origen al poder contramayoritario de las cortes en el mundo es el nazismo: una mayoría aria suprimió todos los derechos de la minoría judía. Y dio lugar al peor crimen contra la humanidad del siglo XX.

El promotor del proyecto dijo que pretende que el acto legislativo aplique para sentencias relacionadas con derechos como el aborto, matrimonio igualitario, adopción por parejas homosexuales, libertad personal para consumo de drogas, etc. Se trata de un viejo propósito de la bancada de Gobierno. ¿El calificativo de “dictadura de las mayorías”, como la han llamado algunos analistas, sería real?

Si la propuesta se aprobara, todos los derechos constitucionales, como dije, quedarían sometidos a las mayorías eventuales. Le doy otro ejemplo: si un día las mayorías creen que es legítimo torturar a quien piensa distinto, sus representantes en el Congreso podrían adoptar una ley que lo autorice; y, luego anular, vía referendo, la sentencia de la Corte que tumbe esa ley. Puede hacer el mismo ejercicio con cualquier derecho, desde la vida hasta el voto. Y sí: estaríamos ante la dictadura de las mayorías que, vale la pena recordarlo, pueden estar en cualquier lugar del espectro político.

“¿En cualquier lugar” significa tanto en la extrema derecha como en la extrema izquierda?

Exactamente.

Aterrizando el tema a las realidades políticas, ¿el autor del proyecto, representante Prada, está pensando en lo que favorece a su gobierno y a su partido hoy, pero no se imagina el poder que tendría la aplicación de su propia reforma si un partido de ultraizquierda llegara al poder en 2022 y la usara en contra de las minorías de derecha?

Me da la impresión de que, si hiciera ese ejercicio, no propondría esa reforma.

El senador Roy Barreras, defensor de la firma de la paz, se opuso, de inmediato, a esta iniciativa, asegurando que lo que pretende el Centro Democrático es derogar, por esta vía, el Acuerdo. Suponga que el proyecto se aprueba y pasa la revisión de la Corte. ¿Podría echarse para atrás la palabra del Estado en algo tan serio como la terminación de un conflicto armado?

Esta propuesta sustituye pilares esenciales de la Constitución de 1991, pues acaba con la función de la Corte como suprema guardiana de la Carta y afecta la división de poderes y la supremacía constitucional. Por esa razón, si llegara a pasar en el Congreso, la Corte Constitucional tendría que declararla inconstitucional y no podría ser usada ni para el propósito que usted menciona ni para ningún otro.

El senador Barreras también definió la propuesta de Prada como “un intento de manipular la sociedad mediante las emociones, el odio, la rabia y la mentira” ¿Está de acuerdo, aun cuando no sea con las mismas palabras, con los efectos que tendría su aplicación?

Reitero: el proyecto es evidentemente inconstitucional y, por lo tanto, no creo que sea aprobado. Sin embargo, efectivamente uno de los riesgos de la llamada democracia plebiscitaria es, precisamente, la manipulación emocional. Justo para enfrentar los riesgos de decisiones emocionales que pueden afectar, de manera severa, los derechos de la gente, existe una regulación cuidadosa de los mecanismos de participación directa. Estos, además, se articulan con procedimientos más reposados y lentos de toma de decisiones públicas, como el trámite legislativo. Los procesos sosegados siempre son los mejores consejeros.

La presentación del proyecto tenía la firma de 10 de los 33 representantes a la Cámara del Centro Democrático. Aparentemente, el senador Uribe Vélez no apoya la iniciativa y no se conoce la posición de los otros 18 senadores del partido gubernamental. ¿Una propuesta de esta magnitud podría ser espontánea e inconsulta dentro del uribismo y, por eso, “nació muerta” o puede tratarse de una estrategia para conseguir votos ‘extremistas’ en las regiones, en época electoral, según dijeron algunos congresistas de la oposición?

No sé cuál es la intención. Hay un grupo de congresistas que no creen en los derechos fundamentales de algunas minorías y presentan propuestas similares a esta que son de enorme preocupación. Sin embargo, también es cierto que proyectos parecidos pueden resultar atractivos para sectores de la población que no están de acuerdo con algunas sentencias de la Corte y que no distinguen entre cuestionar la decisión que no comparten y eliminar a la institución que la emitió.

Otro argumento para presentar, en estos momentos aparentemente inoportunos, un proyecto que produce tanto escándalo en la opinión pública, es que se trata de un nuevo intento del Centro Democrático de desacreditar “mediante el goteo de ataques a sus magistrados”, la Rama Judicial y las cortes, como dijo la semana pasada en su editorial El Espectador. ¿Esta interpretación es correcta para usted?

Prefiero no especular sobre cuál pudo ser la intención de la propuesta. Lo que sí es claro es que el partido de Gobierno ha ventilado propuestas que no ayudan, en absoluto, al fortalecimiento de la independencia y la autonomía del Poder Judicial. Y esta es una de ellas.

En su opinión, ¿la cercanía de la fecha programada en otra corte, la Suprema, para que el expresidente Uribe rinda indagatoria por el proceso penal que se le sigue por presunta manipulación de testigos, tiene que ver con el momento en que se presenta esta sorprendente propuesta? Pareciera no relacionarse, pero esa posibilidad no se descarta del todo, por cuanto el autor del proyecto, Álvaro Hernán Prada, también tendrá que rendir indagatoria en la misma semana en que lo hará el senador Uribe...

No tengo ningún elemento para hacer un juicio sobre el propósito de la propuesta, sí sobre su contenido. Seguramente los procesos judiciales que se adelantan contra importantes miembros del Centro Democrático le preocupan a esa colectividad y probablemente tienen un lugar importante en sus reflexiones. Y también es cierto que miembros de ese partido no están de acuerdo con algunas decisiones de las cortes...

... lo que terminaría explicando el proyecto de Prada, el cual, en el sentido de su respuesta, puede estar reflejando los sentimientos negativos del Centro Democrático con las decisiones de la Corte Constitucional y otras cortes, y su propósito de imponer su criterio político. ¿Cuál es su interpretación?

Lo que refleja el proyecto es la voluntad de someter las decisiones de las cortes a sus mayorías políticas.

Eso lo dice todo.

“Estado de opinión” Vs. Estado de derecho

El representante a la Cámara por el Centro Democrático, Álvaro Hernán Prada, autor del proyecto de acto legislativo que les permitiría a los colombianos tumbar sentencias de la Corte Constitucional con las que no estén de acuerdo, justificó su iniciativa con “la preocupación (que produce) que la Corte haya pasado la raya” en ciertos fallos que ha dictado y ante los cuales “los ciudadanos no podemos hacer nada”. Aunque el congresista negó tener motivaciones políticas, como la de la cercanía de las elecciones de nuevos gobernadores, alcaldes, concejales y diputados; o, más aún, la proximidad de la cita para que su jefe político Álvaro Uribe y el mismo Prada rindan indagatoria en otra alta corte, la Suprema, la interpretación de los analistas ubica esa polémica iniciativa, precisamente, en ese ámbito. Y, concretamente, en el espectro del “Estado de opinión” que el uribismo ha querido establecer en Colombia desde cuando el expresidente fue elegido como mandatario por primera vez, en 2002 y se propuso, aun cuando estaba prohibido en la Carta, ser reelegido en 2006 con el argumento de que la mayoría de la gente “así lo quería”. El proyecto Prada estaría reviviendo la posibilidad de que el “Estado de opinión” uribista se imponga sobre el Estado de derecho. 

La iniciativa Prada todavía “no está muerta”

La iniciativa del representante Prada, a juicio de congresistas de varios partidos, “nació muerta” por su aparente falta de respaldo. De un lado, el texto de la presentación del proyecto que fue publicado por El Espectador, entre otros medios, está firmado por el propio Álvaro Hernán Prada y por otros 9 representantes de la bancada uribista; pero esta tiene 33 miembros, en total, por lo que el número de firmas fue considerado insignificante. Pero, de otro lado, y aunque se dijo que el gobierno Duque no respaldará el proyecto de acto legislativo y que el jefe de la bancada, senador Álvaro Uribe, no fue informado sobre el momento en que  se radicaría en la Secretaría de la Cámara, ni el Ejecutivo ni el expresidente han hecho pronunciamientos públicos frente al mismo por lo que no se sabe si con su silencio, estarían dando tiempo y espacio para que la propuesta Prada tome vuelo y consiga apoyo en otros partidos. Esto parece improbable a juzgar por las manifestaciones de algunos parlamentarios de diferentes colectividades, en Senado y Cámara, que han hecho explícito su rechazo. No obstante, Prada insiste en que sus colegas “no están bien enterados” de su propuesta y que, por eso, se dedicará a explicarla para lograr “darle un trámite positivo”.

Por Cecilia Orozco Tascón / Especial para El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar