Lista la reglamentación de la ley que inhabilita a condenados por delitos sexuales contra menores

La normatividad crea el registro de ofensores sexuales, un decreto que obliga a empleadores públicos y privados a verificar los antecedentes penales cuando contraten personal para cargos que involucren actividades con niños, niñas y adolescentes.

-Redacción Política
30 de abril de 2019 - 01:55 a. m.
La reglamentación de la norma tardó 10 meses en ser firmada.  / Getty Images
La reglamentación de la norma tardó 10 meses en ser firmada. / Getty Images

Este lunes, el Gobierno firmó el decreto de reglamentación de la Ley 1918 de 2018, con la cual se modificó el Código Penal para inhabilitar a las personas condenadas de cometer delitos sexuales contra menores de edad y así impedir que estén a cargo de ambientes o servicios relacionados con niños, niñas y adolescentes.

Para contexto: Ley de inhabilidades por delitos sexuales contra niños, sin reglamentación

La implementación es liderada por Bienestar Familiar, sin embargo, involucra el trabajo integral con otros sectores como el Departamento de Prosperidad Social (DPS) y el Ministerio de Defensa. La norma expresa que se creará el Registro de Ofensores Sexuales, un listado en el que aparecerán quienes hayan tenido sentencias condenatorias por delitos sexuales en contra de menores de edad.

La herramienta será de uso obligatorio para toda entidad (pública o privada) cuyo personal tenga trato directo y habitual con niños, para que los empleadores verifiquen los antecedentes judiciales de sus aspirantes y, de esa manera, salvaguardar la integridad de los menores al no contratar a estas personas.

El Registro, que entrará en operación dentro de seis meses, estará en manos del Ministerio de Defensa, entidad encargada de administrar la base de datos personales “de quienes hayan sido declarados inhabilitados. También se implementará un mecanismo de consulta en línea que permite el acceso a información sobre esos antecedentes”, expresó Guillermo Botero, ministro de Defensa.

Así la cosas, la norma exige que el servidor público que omita la puesta en marcha de este mecanismo dentro de su proceso de selección será sancionado con 500 salarios mínimos legales vigentes.

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Los sectores en los que se aplicará la norma son: docencia, formación, servicios culturales, recreación y deporte, transporte escolar, servicios de hotelería y turismo, servicio público de Bienestar Familiar, Personal Médico, psicología, enfermería, odontología, servicios de limpieza de atención directa, cuidados personales, agentes de protección y seguridad, personal civil vinculado a cuerpos de salvamento y guías espirituales (como sacerdotes, pastores y catequistas), entre otros.

Aunque la ley fue sancionada el 12 de julio de 2018 por el entonces gobierno de Juan Manuel Santos, se tardó 10 meses en ser reglamentada. Incluso, vale recordar que el plazo para hacerlo era hasta enero de este año, sin embargo ese plazo también se venció.

Ahora con la firma del decreto y la futura puesta en marcha del mecanismo, el Registro de Ofensores  Sexuales contra menores entrará a hacer parte de la estrategia del Bienestar Familiar para luchar contra la violencia.Sobre ello, la directora del ICBF, Juliana Pungiluppi, enumeró los puntos fundamentales que hacen parte de la gran alianza para proteger a los niños, niñas y adolescentes de la violencia. 

"Hace parte de una gran alianza contra la violencia infantil q lidera la Primera Dama y ejecuta el ICBF. Contempla acciones muy concretas y robustas dentro de un enfoque integral que se va a presentar al país en junio. Contempla acciones de sensibilización y movilización para acabar con la normalización; de prevención para la protección de entornos protectores, principalmente los educativos, las familias y el digital; el fortalecimiento del modelo de las Defensorías de Familia para especializarlas, para que trabajen mas coordinadamente con la Policía de Infancia y Adolescencia en la anticipación de las violencias", dijo. 

Por -Redacción Política

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