Los beneficios que recibirá por salir a votar en las elecciones

Medio día de descanso, rebajas en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, descuentos en las matrículas de universidades públicas, entre otros, son los estímulos que tendrán los sufragantes, si presentan su certificado electoral.

-Redacción Política
17 de junio de 2018 - 05:16 p. m.
La Ley 403 de 1997 decreta que quien participó en las elecciones tiene derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado. / Archivo El Espectador
La Ley 403 de 1997 decreta que quien participó en las elecciones tiene derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado. / Archivo El Espectador

Por ejercer el derecho al voto el próximo domingo, los ciudadanos colombianos recibirán una serie de beneficios, sin importar si marcan su “equis” en el tarjetón a favor de un candidato de derecha, izquierda o centro.

Solo por salir a votar, los colombianos recibirán a cambio una serie de beneficios que podrán hacer efectivos en los meses siguientes a las elecciones. Estos estímulos, reglamentados por la Ley 403 de 1997, buscan combatir los alarmantes niveles de abstención que llevan años registrándose en el país.

Entre ellos, se contemplan rebajas en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, descuentos en las matrículas de universidades públicas, deducciones en el valor de la expedición del pasaporte, entre otros. Uno de ellos, quizá el más apetecido por muchos votantes, es el medio día de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilizó cumpliendo su función como elector y decidiendo el futuro de Colombia.

La Ley indica que el descanso para el caso de los jurados de votación es de un día, que debe ser tomado dentro de los 45 días siguientes a la elección, Para los votantes es de mediodía, el cual debe ser disfrutado dentro de los 30 días siguientes a la elección

 

Estos son algunos de los estímulos que determina la Registraduría: 

- Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.

- Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.

- Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.

- Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.

- Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.

- Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial, en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.

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Por -Redacción Política

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