Tumban sanción contra exalcalde Carlos Caicedo, pero proceso sigue abierto

La Procuraduría sostuvo que la decisión no puede ser interpretada como absolutoria, pues el proceso entra ahora en una etapa de calificación y valoración para definir si hay pruebas para formular cargos o si por el contrario se debe archivar el proceso. 

Redacción Política - politicaelespectador@gmail.com
02 de marzo de 2020 - 11:14 p. m.
Pese a su sanción, en octubre Caicedo fue elegido gobernador, debido a que el proceso estaba en segunda instancia. Fue inhabilitado por irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción de cuatro pozos profundos.  / Cortesía
Pese a su sanción, en octubre Caicedo fue elegido gobernador, debido a que el proceso estaba en segunda instancia. Fue inhabilitado por irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción de cuatro pozos profundos. / Cortesía

Por supuestas irregularidades en la adjudicación del contrato para construir cuatro pozos profundos para suministrar agua potable a Santa Marta, por $1.085 millones, en abril de 2019 la Procuraduría destituyó e inhabilitó por 12 años al exalcalde Carlos Caicedo. Sin embargo, pasado casi un año, la Sala Disciplinaria de ese organismo tumbó la sanción, aunque advirtió que el proceso sigue en una etapa de calificación y valoración. 

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La Sala encontró que en el auto de cargos y el fallo de primera instancia se imputó la vulneración de reglas que no eran aplicables al contrato celebrado. El lío se dio luego de la declaratoria de calamidad pública en la ciudad por la sequía que afrontaba, por lo que el mandatario suscribió de forma directa el contrato. Es decir, el exmandatario -hoy gobernador del Magdalena- fue sancionado con normas que no aplicaban a la circunstancia.

“Las medidas especiales de contratación tienen tratamiento similar a la urgencia manifiesta y constituye una justificada excepción a los procedimientos reglados de selección objetiva, si se tiene en cuenta que su aplicación se encuentra sujeta a la existencia de situaciones evidentes de calamidad pública o desastre, que son circunstancias que por su propia naturaleza hacen imposible acudir al trámite de escogencia reglada del contratista”, explicó la Sala Disciplinaria. 

La decisión cobija con nulidad el pliego de cargos y el fallo contra el exalcalde, que afectaba también al exgerente de Proyectos de Infraestructura de Santa Marta, Efraín de Jesús Vargas.  

Sin embargo, la determinación no puede ser interpretada como un fallo absolutorio, pues el proceso entra ahora en una etapa de calificación y valoración para definir si hay pruebas para formular cargos o si por el contrario se debe archivar el proceso. 

¿La razón? El contrato de los pozos se suscribió con una firma que, sostuvo en su momento la Procuraduría, no tenía la idoneidad ni la experiencia requerida para cumplir con las características técnicas que exigía esa obra.  

“Como consecuencia el contratista incumplió el contrato, ya que uno de los pozos no podrá entrar en funcionamiento por graves deficiencias en su construcción”, dijo el organismo. 

Por Redacción Política - politicaelespectador@gmail.com

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