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Una reforma inteligente de la propiedad rural


Alejandro Reyes Posada

09 de julio de 2024 - 12:05 a. m.

Mi propuesta es hacer transparentes los derechos de propiedad antes de intervenir el mercado de tierras, para revelar el mapa de situaciones informales o irregulares, haciendo el ordenamiento social de la propiedad por barrido territorial exhaustivo, predio a predio, empezando con los 170 municipios PDET en 16 territorios, como ordena el decreto ley 902 de 2017. Apenas se detecte una irregularidad, se abre el proceso agrario sobre el predio, lo cual reduce su precio de mercado al valor real de la expectativa del derecho que se aspira a tener o consolidar, que es una fracción del precio de la propiedad plenamente consolidada. Los procesos agrarios que se abran podrían terminar con conciliaciones que incluyan la compra de los derechos precarios que tengan los poseedores, acuerdos que pueden ser validados por los jueces agrarios para proceder a la compra, adjudicación y formalización final de la nueva propiedad. En derecho agrario, sería un equivalente del principio de oportunidad del derecho penal.

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La segunda parte de la estrategia sería entonces comprar esos derechos precarios informales de preferencia a comprar propiedades consolidadas, que siempre operan con precios de monopolio rentístico, muy superiores a los de un mercado transparente. Eso se logra al comprar derechos informales, posesiones, falsa tradición, tierras en disputa por clarificación del dominio, posesiones de baldíos apropiados, etc., con una tarifa de descuentos de precio fuertes según grados de informalidad o ilegalidad. La condición de cualquier compra es la aptitud productiva de las tierras y su localización donde existe demanda por tierras.

Al iniciar un proceso agrario, el precio de mercado se reduce y se convierte en un precio de rescate, que de todas maneras es mejor que un derecho desvalorizado por la intervención estatal. Al hacer explícito el proceso de adquisiciones informales, se puede ir ordenando la propiedad (formalización, recuperación de baldíos, deslinde y clarificación, extinción de tierras ociosas, etc.). Habría que reglamentar por decreto esta forma de intervención-adquisición, en desarrollo del decreto 902 y dentro de los parámetros de la ley 160/94.

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La propuesta, entonces, se resume así: se valoran las escalas de informalidad o ilegalidad en la posesión de la tierra por barrido territorial, para hacer transparente el mercado de tierras intervenido por el Estado, con apoyo de los jueces agrarios, pues se establece qué grado de consolidación tiene cada derecho, y el Estado opera como comprador de los derechos informales que le interese para acumular el Fondo de Tierras, y, sin esperar los cinco años que tardan los procesos agrarios, disponer de ellas por compra, que permite la distribución rápida y la formalización, que también se hacen por barrido territorial, como servicio público del Estado. Creo que la propuesta tendría el mérito adicional de bajar los precios de la tierra, que están sobrevaluados por el alto grado del monopolio, y que hacen costosos los emprendimientos empresariales en la agricultura.

La propuesta requiere una mayor inversión en escalar la capacidad operativa de las agencias de tierras y desarrollo rural, dotándolas de plantas de funcionarios y no contratistas, salvo para labores de apoyo, para ordenar los derechos de propiedad por barrido territorial e intervenir como comprador de tierras en un mercado transparente, cuyos derechos han sido clarificados y evaluados, eliminando las rentas de la tierra y bajando los precios de la tierra en Colombia. Solo así se puede distribuir la tierra sin que la compra sea una gigantesca transferencia de dineros públicos para pagar las rentas de la tierra a los ganaderos de Fedegan.

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