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Jugando con fuego

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Andrés Hoyos
07 de junio de 2016 - 08:28 p. m.
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La Constitución es un tema demasiado importante para dejarlo solo en manos de magistrados.

La noción del “gobierno de los jueces” cobró importancia en Colombia a fines de los años 70 cuando quedó claro que la Corte Suprema de la época estaba decidida a impedir que se hicieran reformas de fondo a la vieja carta del 86, muy en particular a la administración de justicia. Esta fue una de las razones que dieron lugar a la Constituyente de 1991, aunque ciertamente no la única.

Ya vigente la nueva Constitución —reformada desde entonces algo así como 40 veces, dado el inestable perfil político que adquirió al nacer—, en ocasiones se ha vuelto a hablar del gobierno de los jueces: cuando la Corte Constitucional toma decisiones populistas imposibles de fondear, cuando las tutelas enloquecen a medio mundo, cuando hay fallos que colegislan en materia económica y así. Todo ello es debatible, pero hace parte de los defectos normales del funcionamiento dinámico de una de las tres ramas del poder público en una democracia.

Otro cantar es si, para declarar inexequible una reforma constitucional, la Corte invoca una supuesta “sustitución de la Constitución”. Se trata de un concepto peligroso que solo procede en casos extremos en los que un cambio conduzca a un régimen que deje de ser democrático. Porque solo la institucionalización de algún abuso mayúsculo, solo una ruptura grave de la separación de poderes amerita invocar la sustitución de la Constitución. De resto, la democracia tiene muchas formas y, a priori, Colombia podría acogerse a cualquiera de ellas sin sustituir su Constitución por otra antidemocrática. A mi modo de ver, de todo lo que ha sucedido en estos 25 años, solo implantar la reelección indefinida del presidente implicaba de veras el riesgo descrito.

Queda visto que pedirle a un político o a un magistrado que reconozca los límites de su mandato es un empeño casi imposible. Basados en el prestigio de la ponencia de Humberto Sierra Porto, que impidió la segunda reelección de Uribe, algunos magistrados entraron en crisis de frivolidad: esto no se toca porque sustituye la Constitución y esto tampoco porque también, usurpando por el camino competencias ajenas.

El tema pasa de castaño oscuro cuando el argumento de la sustitución se usa, al igual que en los 70, para impedir que se reforme la administración de justicia. Fue lo que hicieron los honorables magistrados la semana pasada. Afirmar que un cambio en la forma de gestionar la rama pone en peligro su independencia raya en el delirio. Ahora bien, pese a lo grave e improcedente de la declaratoria de inconstitucionalidad de la Sala Administrativa de la Judicatura, el Rubicón del no retorno será cruzado definitivamente si la Corte tumba el tribunal de aforados. Téngase en cuenta que durante décadas magistrados y fiscales generales hicieron las de Pretelt y las de Montealegre porque solo eran vigilados por la Comisión de Acusaciones de la Cámara, ente absolutamente inoperante desde los tiempos de su tatarabuela a comienzos del siglo XIX. Sería inmoral, pues, que magistrados y fiscales generales siguieran vigilados por esta dichosa Comisión de Absoluciones. De ahí que si la Corte Constitucional revive este mecanismo con un fallo, se hace el harakiri. Podríamos vernos abocados entonces a la detestable perspectiva de convocar a una nueva Asamblea Constituyente, con todos los riesgos que ello implica. Ojalá no se llegue allá.

andreshoyos@elmalpensante.com, @andrewholes

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