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¿Cómo implementan el Tratado de Marrakech? y… ¡Liberan a Carlos Correa!

Carolina Botero Cabrera
18 de enero de 2025 - 05:05 a. m.
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El 2013, la Asamblea General de la ONU aprobó el Tratado de Marrakech, negociado durante varios años en la OMPI. Este es el primer tratado en la legislación internacional que aborda con una perspectiva de derechos de las personas usuarias la protección de los derechos de autor. Su función es corregir problemas que han generado el exceso de proteccionismo del derecho autoral que afectan a personas con algunas discapacidades.

Lo que evidenció la negociación de este tratado es que la forma como se ha diseñado el derecho de autor es dejando la decisión sobre excepciones necesarias al sistema a la legislación nacional, que suele ignorarlas –especialmente en el sur global–.

En este caso se hizo evidente que las personas con dificultades para acceder al texto impreso (especialmente las personas ciegas y con baja visión, pero también otras como quienes han perdido la movilidad de sus brazos) enfrentan numerosas barreras que les impiden disfrutar del mismo nivel de acceso a la información que las demás. Solo un pequeño porcentaje de los libros se producen en formatos accesibles. Aunque ha habido avances en la edición, las personas que requieren de estos formatos dependen de que los titulares autoricen las transformaciones y eso no siempre es fácil, a veces porque los titulares no tienen la capacidad y otras porque no hay incentivos comerciales para hacerlo.

El Tratado de Marrakech establece que las personas con dificultades para acceder al texto impreso, y quienes les dan apoyo –entre ellas, las bibliotecas–, pueden hacer y compartir copias en formato accesible, incluso a través de las fronteras de los países.

Esto es lo que explica IFLA –la asociación internacional de bibliotecas– en su último Informe de Seguimiento al Tratado Marrakech, en 2025. El informe es esencialmente un cuadro comparativo que recoge unos indicadores por países para saber si y cómo están aprovechando las disposiciones del Tratado para eliminar las barreras innecesarias del derecho de autor al acceso a la información para estas personas.

Más de 100 países han ratificado el tratado (Colombia lo hizo en 2021, aunque aún no aparece registrado así en la OMPI y por tanto el informe de IFLA no lo registra), pero el verdadero reto está en la implementación que aún está pendiente en muchos países, como el nuestro.

El Tratado puede aplicarse de diferentes maneras, y la forma como se haga dificulta o facilita el acceso para las personas con dificultades para acceder al texto impreso. Por eso, el Informe de IFLA da una mirada a cómo los países están aplicando el Tratado de la forma más abierta posible y cuáles imponen limitaciones.

El informe detalla, para cada país, aspectos claves desde la óptica de las bibliotecas como:

  • Estado de ratificación y reformas nacionales: Indica si el país ha ratificado el tratado y si ha adoptado legislación nacional para su implementación.
  • Aplicación de derechos sin remuneración: Especifica si las bibliotecas pueden utilizar las disposiciones del tratado sin pagar remuneración por libros y audiolibros.
  • Disponibilidad comercial: Señala si las bibliotecas deben verificar la disponibilidad comercial de una obra antes de utilizar las excepciones del tratado.
  • Obligaciones de registro y mantenimiento de registros: Detalla si las bibliotecas deben registrarse o cumplir con requisitos adicionales de documentación para beneficiarse de las excepciones.
  • Cobertura de otras discapacidades: Indica si las excepciones se extienden a personas con dislexia, sordera u otras discapacidades.

El informe incluye enlaces a las legislaciones nacionales y destaca las diferencias en la implementación del tratado entre los países. Esta información es esencial para bibliotecas, organizaciones y autoridades que buscan comprender y aprovechar las disposiciones del Tratado de Marrakech en sus respectivas jurisdicciones.

Este documento es muy pertinente para Colombia. Puede ser una herramienta que agilice el proceso supremamente lento que hemos tenido en la adopción del tratado. Si bien fuimos de los primeros en firmar (2015), pasaron seis años para que se ratificara (2021) y ya van a ser cuatro años sin que tengamos un borrador de cómo se implementará. Esperemos que la propuesta aproveche las posibilidades del tratado y, en el próximo informe IFLA, Colombia se destaque por hacerlo bien.

Nota: Carlos Correa es el director de la ONG venezolana Espacio Público, es un defensor de derechos humanos de larga trayectoria y reconocimiento. Fue detenido por el gobierno venezolano el 7 de enero y liberado nueve días después, en la madrugada del 16. Las noticias de su liberación me alegran el corazón.

 

Antonio(45414)18 de enero de 2025 - 02:17 p. m.
Interesante el tratado, jamás me había detenido a pensar en algo tan importante. Gracias.
Dora(9m21a)18 de enero de 2025 - 09:35 a. m.
👌Carlos Correa libre!!!
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